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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (26/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Domingo 26 de noviembre de 2023 El Peruano / los citados docentes, por el monto de TRECE MIL CON 00/100 SOLES (S/.13,000.00), para cada docente con Recursos Directamente Recaudados del Programa de Doctorado en Ciencias de la Salud de la Facultad de Ciencias de la Salud de la UNA Puno; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido sus opiniones técnicas contenidas en: el INFORME Nº 1932-2023-UP-OPP-UNA-PUNO (23-08-2023) de la Unidad de Presupuesto, se in fi ere que, de ser autorizado el requerimiento solicitado según documentos adjuntos, su fi nanciamiento se debe efectuar con cargo a los fondos de la Unidad de Posgrado de la Facultad de Ciencias de la Salud – Programa de Doctorado en Ciencias de la Salud, conforme se menciona en la Resolución de Decanato Nº 316-2023-D-FCDS-UNA-P, en la Meta Presupuestal 43: Formación Académica a Nivel de Posgrado, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios. Asimismo, la Ofi cina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGAL Nº 744-2023-OAJ-UNA-PUNO (04-09-2023), de cuyas conclusiones se tiene que es procedente autorizar el viaje al exterior, materia de la presente, conforme al requerimiento formulado para el efecto; precisando que el presente acto administrativo deberá ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA- PUNO (RAU. Nº 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y, De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Ordinaria de fecha 14 de setiembre del presente año; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje a la ciudad de Bilbao - ESPAÑA, concediéndoles Licencia por Capacitación con goce de haber a partir del 06 al 10 de noviembre del 2023, a favor de los docentes de la Escuela Profesional de Nutrición Humana, Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, que se nomina a continuación, para participar de una VISITA ACADÉMICA a la Universidad de Deusto Bilbao España; disponiéndose para el efecto, el otorgamiento de Bolsa de Viaje por el importe de TRECE MIL CON 00/100 SOLES (S/.13,000.00), para cada docente con Recursos Directamente Recaudados por el Programa de Doctorado en Ciencias de la Salud de la FCDS-UNA, Meta Presupuestal 43: Formación Académica a Nivel de Posgrado, Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios; y, de conformidad con los fundamentos descritos en la parte considerativa del presente acto administrativo y RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº 316-2023-D-FCDS-UNA-P; conforme al siguiente detalle: • Dra. BENITA MARITZA CHOQUE QUISPE • D.Sc. RUBÉN CESAR FLORES CCOSI Artículo Segundo.- El Vicerrectorado Académico, la respectiva Facultad, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la entidad, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PAULINO MACHACA ARI Rector LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA Secretaria General 2226149-1MINISTERIO PÚBLICO Encargan a fiscales el Despacho de la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos; la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales y la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3270-2023-MP-FN Lima, 24 de noviembre de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO:Mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N. os 1036-2015-MP-FN, 1074-2015-MP-FN, 2681-2018-MP-FN, 1947-2019-MP-FN y 834-2021-MP-FN, de fechas 26 y 27 de marzo de 2015, 23 de julio de 2018, 25 de julio de 2019 y 08 de junio de 2021, respectivamente, se dispuso, entre otros, designar al abogado, Rafael Ernesto Vela Barba, Fiscal Superior Titular Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio (Sede Lima), en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, como Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y como Coordinador del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP- FN, de fecha 26 de diciembre de 2016. A través de la Resolución de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público Nº 0602-2023-ANC- MP/C3, de fecha 24 de noviembre de 2023, se resolvió declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por el abogado Rafael Ernesto Vela Barba; en consecuencia, confirmar la Resolución Nº 007-2023-ANC-CPD, de fecha 05 de octubre de 2023, expedida por la Comisión de Procedimientos Disciplinarios de la ANC-MP, que declaró fundada las quejas seguidas en su contra en su actuación como Fiscal Superior Coordinador del Equipo Especial de Delitos de Lavado de Activos; imponiéndole la sanción disciplinaria de suspensión sin goce de haber y separación temporal en el ejercicio del cargo por un periodo de ocho (08) meses y quince (15) días. En ese sentido, considerando que la suspensión dispuesta por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público al magistrado Rafael Ernesto Vela Barba, quien se encuentra a cargo del Despacho Fiscal y Coordinaciones mencionados en el primer párrafo, es una decisión en última instancia; y, con la finalidad de que los mismos no queden desatendidos, corresponde expedir el acto resolutivo que disponga concluir su designación como Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y como Coordinador del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN, de fecha 26 de diciembre de 2016, y otorgar la encargatura, a partir del 25 de noviembre de 2023. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado, Rafael Ernesto Vela Barba, Fiscal Superior Titular Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio (Sede Lima), designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, como Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y como Coordinador del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5050-2016-MP-FN, de fecha