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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (26/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Domingo 26 de noviembre de 2023 El Peruano / efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri ficación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fiscal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi ficado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Gustavo Adolfo Silva Huaman, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1760-2021-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2021. Artículo Segundo .- Nombrar al abogado Gustavo Adolfo Silva Huaman, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el 5º Despacho Provincial de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, con reserva de su plaza de origen. Artículo Tercero .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, conforme a lo establecido en la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021; así como en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Lima Norte, Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional, Gerencia General, O ficina de Registro y Evaluación de Fiscales, O ficina General de Potencial Humano y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2238729-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el 1º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3275-2023-MP-FN Lima, 24 de noviembre de 2023VISTO Y CONSIDERANDO: El o ficio Nº 12070-2023-MP-FN-PJFSLIMA, cursado por la abogada Lourdes Bernardita Téllez Pérez De Vargas, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, mediante el cual eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el 1º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi ficado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza especí fica sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi ficada mediante Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150º y 154º de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri ficación de los requisitos de ley, nombrar y designar al personal fiscal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrá vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi ficado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Gaby Tatiana Jimenez Troncos, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el 1º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, O ficina de Registro y Evaluación de Fiscales, O ficina General de Potencial Humano y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2238730-1