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47 NORMAS LEGALES Domingo 26 de noviembre de 2023 El Peruano / la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza especí fica sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi ficada mediante Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri ficación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fiscal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi ficado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Evelyn Milagros Risco Murillo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándola en el Pool de Fiscales de Lima Norte. Artículo Segundo .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Gerencia General, O ficina de Registro y Evaluación de Fiscales, O ficina General de Potencial Humano y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2238736-1 Dejan sin efecto nombramiento de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3280-2023-MP-FN Lima, 24 de noviembre de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO: Los o ficios N.os 5853 y 5972-2023-FSCN-FISLAA-MP- FN, cursados por el abogado Rafael Ernesto Vela Barba, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y el abogado Edgar Alfredo Rebaza Vargas, en ese entonces, encargado de la referida Coordinación Nacional, mediante los cuales se eleva el escrito de la abogada Jhenny Margot Castro Arrunategui, quien declina a su nombramiento como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos del Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2983-2023-MP-FN, de fecha 03 de noviembre de 2023, por motivos de salud. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi ficado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2983-2023-MP-FN, de fecha 03 de noviembre de 2023, que dispuso el nombramiento de la abogada Jhenny Margot Castro Arrunategui, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos del Callao; y, que dicho nombramiento y designación, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de dicha resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Gerencia General, O ficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2238737-1 Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándolo en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3281-2023-MP-FN Lima, 24 de noviembre de 2023VISTO Y CONSIDERANDO: El o ficio Nº 7969-2023-MP-FN-PJFSLIMANORTE, cursado por el abogado Marco Antonio Yaipén Zapata, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, mediante el cual se eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi ficado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en