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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (28/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Martes 28 de noviembre de 2023 El Peruano / DEPARTAMENTO DE PIURA”, con Código de Inversión N° 25900039. Que contiene: -Resolución de Alcaldía N° 0138-2023-MDY/A, de fecha 10 de julio del 2023, la que resuelve: Artículo Primero: APROBAR expediente técnico del Proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO U OTRAS FORMAS DE DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LA LOCALIDAD DE LA LAGUNA DE CENTRO POBLADO LA LAGUNA DISTRITO DE YAMANGO DE LA PROVICIA DE MORROPÓN DEL DEPARTAMENTO DE PIURA”, con Código de Inversión N° 25900039, por el monto de S/ 4´309,277.39 (Cuatro Millones trescientos Nueve mil Doscientos Setenta y Siete con 39/100 soles). -Memoria Descriptiva, del Expediente Técnico denominado: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO U OTRAS FORMAS DE DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LA LOCALIDAD DE LA LAGUNA DE CENTRO POBLADO LA LAGUNA DISTRITO DE YAMANGO DE LA PROVICIA DE MORROPÓN DEL DEPARTAMENTO DE PIURA”, con Código de Inversión N° 25900039, por el monto de S/ 4´309,277.39 (Cuatro Millones trescientos Nueve mil Doscientos Setenta y Siete con 39/100 soles). -CD, con información del Proyecto denominado: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO U OTRAS FORMAS DE DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LA LOCALIDAD DE LA LAGUNA DE CENTRO POBLADO LA LAGUNA DISTRITO DE YAMANGO DE LA PROVICIA DE MORROPÓN DEL DEPARTAMENTO DE PIURA”, con Código de Inversión N° 25900039, por el monto de S/ 4´309,277.39 (Cuatro Millones trescientos Nueve mil Doscientos Setenta y Siete con 39/100 soles). -Mediante Informe N° 322-2023/GRP-410110, remitido por el Jefe de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones al Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del GORE Piura, para remitir el Informe N° 126-2023/LAAA, suscrito por el Profesional de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones; Que, con Informe N° 0222-2023/GRP-410000, de fecha 07 de noviembre de 2023, el Gerente de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite opinión favorable respecto de la modi fi cación presupuestal presentada por el Jefe de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones en relación a la transferencia fi nanciera para fi nanciar la ejecución de una inversión para la Municipalidad Distrital de Yamango. Que, mediante al Informe Técnico N° 129-2023/ LAAA de fecha 09 de Noviembre de 2023, emite opinión favorable respecto de la modi fi cación presupuestal presentada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en relación a la transferencia fi nanciera para fi nanciar la ejecución de una inversión para la Municipalidad Distrital de Yamango. Que, con Informe N° 0338-2023/GRP-410110, de fecha 10 de Noviembre de 2023, el Jefe de la O fi cia de Programación Multianual, alcanza información favorable a favor de la transferencias fi nanciera documento dirigido al Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Que, con Informe N° 0237-2023/GRP-410000, de fecha 13 de Noviembre de 2023, la Gerente de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, alcanza información favorable a favor de la transferencias fi nanciera documento dirigido al Gerencia General Regional. Que, la Hoja de Registro y Control N° 35255, de fecha 14 de noviembre de 2023, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Yamango ingresa el O fi cio N° 430-2023/ MDY-A, en el que anexa el Acuerdo de Consejo N° 36-2023/MDY-CM, aprobando la suscripción del convenio para la transferencia fi nanciera del Proyecto de Inversión denominado: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO U OTRAS FORMAS DE DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LA LOCALIDAD DE LA LAGUNA DE CENTRO POBLADO LA LAGUNA DISTRITO DE YAMANGO DE LA PROVICIA DE MORROPÓN DEL DEPARTAMENTO DE PIURA”, con Código de Inversión N° 25900039, por el monto de S/ 4´309,277.39 (Cuatro Millones trescientos Nueve mil Doscientos Setenta y Siete con 39/100 soles).Que, a través del Informe N° 2830-2023/GRP-460000, de fecha 16 de Noviembre de 2023, el Jefe de Asesoría Jurídica, emite lo siguiente: III. CONCLUSIONES: Por las consideraciones expuestas, esta O fi cina Regional de Asesoría Jurídica opina que: 3.1.-En el presente año fi scal 2023, el artículo 16, literal h), de la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, modi fi cado por la Décima Quinta Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº 31912, ha autorizado que entre los niveles de gobierno subnacional, (entre el nivel de gobierno regional y el nivel de gobierno local), realicen transferencias fi nancieras para fi nanciar o co fi nanciar las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. 3.2.-Conforme al numeral 16.2 de la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1, por ejemplo, para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, se realizan, en el caso de los Gobiernos Regionales, mediante acuerdo de Consejo Regional. Para tal efecto, la norma requiere sólo el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. 3.3.- Contando con la opinión favorable respecto a la transferencia presupuestal por el monto de S/ 4,309,278.00 (Cuatro Millones trescientos nueve mil doscientos setenta y ocho con 00/100 soles), durante el presente periodo fi scal a favor de la Municipalidad Distrital de Yamango para el fi nanciamiento de la Ejecución del PIP denominado: “Creación de la Alameda Turística y Recreativa del Distrito de Ignacio Escudero, provincia de Sullana departamento Piura”, con Código de Inversión N° 25900039, emitida por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en el Informe N° 242-2023/GRP-410000 de fecha 14 de noviembre de 2023, el convenio requerido, y opinión favorable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (Informe N° 237-2023/GRP-410110 de fecha 13 de noviembre de 2023) en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, esta O fi cina Regional de Asesoría Jurídica opina, que el trámite de la presente solicitud, se encuentra enmarcado dentro de las denominadas transferencias fi nancieras autorizadas por la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, modi fi cada por Ley N° 31912, cuyo plazo máximo de autorización es hasta el 30 de noviembre del año 2023, por lo que previa suscripción del Convenio debe ser remitida al Consejo Regional del Gobierno Regional Piura para que, en ejercicio de sus atribuciones, considere emitir el Acuerdo de Consejo correspondiente. Que, mediante el Memorando N° 2830-2023-GRP- 460000, de fecha 17 de noviembre del 2023, el Gerente General Regional remite expediente sobre transferencia en mención para su respectivo trámite. Que, se adjunta el proyecto de Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Yamango para el Financiamiento de la Ejecución de Proyecto de Inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE). Que, el artículo 16°.2) de la acotada Ley de Presupuesto, precisa lo siguiente: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, (…) en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. (…) el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario ofi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital.”; Que, el Convenio debe tener a la Municipalidad como unidad ejecutora de inversiones, correspondiendo