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34 NORMAS LEGALES Martes 28 de noviembre de 2023 El Peruano / Espacio de Gobernanza que Fomenta la Gestión Integral de esta Cadena de Valor en el Territorio del Departamento de Cajamarca; Que, el Pleno del Consejo Regional de Cajamarca, en mérito a sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cajamarca aprobado por la Ordenanza Regional N° 07-2016-GR.CAJ-CR; con el voto unánime y con dispensa de trámite de lectura y aprobación de Acta, ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL POR LA QUE SE RECONOCE A LA MESA MULTIACTOR DE LA CADENA DE VALOR DEL MAIZ MORADO EN LA REGIÓN CAJAMARCA, COMO UN ESPACIO DE GOBERNANZA QUE FOMENTA LA GESTIÓN INTEGRAL DE ESTA CADENA DE VALOR EN EL TERRITORIO DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA Artículo Primero.- RECONOCER , a la Mesa Multiactor de la cadena de valor del maíz morado en la Región Cajamarca, como una espacio de gobernanza de la cadena, constituido con el objeto de coordinar, gestionar, evaluar, proponer, priorizar y promover políticas y acciones vinculadas a la gestión integral de esta cadena de valor en el territorio del departamento de Cajamarca. Artículo Segundo.- RECONOCER , a la primera junta directiva de la Mesa Multiactor de la Cadena del Maíz Morado elegida el día 17 de octubre del año 2022 en Asamblea General de los actores vinculados, para el período 01 de noviembre del 2022 al 31 de octubre del 2024, la misma que quedó conformada de la siguiente manera. - Presidente: Segundo Ocas Gonzáles, identi fi cado con DNI N° 42358394, de la Asociación de Productores e industriales Matara. - Secretaría Técnica: Martha Corina Paredes Rojas, identi fi cada con DNI N° 80454587 del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público - IEST San Marcos. - Vocales: Vocal 1 : Alicia Elizabeth Medina Hoyos, identi fi cada con DNI N° 27152426, del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA. Estación Experimental Baños del Inca. Vocal 2 : Jimmy Alberto de la Fuente Nalvarte, identi fi cado con DNI N° 08777966, de la Empresa Agro Comercio Jimaly S.A.C. Vocal 3 : Felizardo Juan Aranda Salazar, identi fi cado con DNI N° 27846746, de la Agencia Agraria Cajamarca. Las sub siguientes juntas directivas serán elegidas y reconocidas por mandato de sus Estatutos y Reglamento Interno. Artículo Tercero.- RECOMENDAR , a la Mesa Multiactor la formulación y aprobación de su Plan de Trabajo en concordancia con el Plan de Acción de la Cadena (PAC) fi jado en las EDIR de las cadenas productivas priorizadas de la Región Cajamarca, elaborar y aprobar sus Estatutos, Reglamento Interno, entre otros instrumentos de gestión de Organización. Artículo C uarto.- DISPONER , que, a través de Secretaría General, se noti fi que la presente Ordenanza Regional a los integrantes de la Mesa Multiactor de la Cadena del Maíz Morado, así como a los Órganos competentes del Gobierno Regional Cajamarca, para los fi nes de Ley. Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y en el Portal de Transparencia del Gobierno Regional Cajamarca. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno de Cajamarca para su promulgación En Cajamarca, a los once días del mes de julio del año dos mil veintitrés.RICARDO ULISES QUISPE SALAZARConsejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en Cajamarca, en la sede del Gobierno Regional.ROGER GUEVARA RODRÍGUEZ Gobernador Regional 2238299-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Autorizan al Gobernador Regional de Piura la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital Ignacio Escudero-provincia de Sullana-departamento de Piura CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2063-2023/GRP-CR Piura, 24 de noviembre del 2023VISTO:El Memorando N° 1162-2023-GRP-400000 21 noviembre de 2023, Informe N° 2863-2023/GRP-460000 de fecha 20 de noviembre de 2023, Informe N° 242-2023/GRP-410000 de fecha 15 de noviembre 2023, Informe N° 322-2023/GRP-410110 de fecha 31 de octubre 2023, Ofi cio N° 608-2023-MDIE/A de fecha 03 de noviembre 2023; en Sesión Extraordinaria N° 30 de Consejo Regional de Piura, realizada en la ciudad de Piura el día 24 de noviembre del 2023; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 191º del Capítulo XIV, del Título IV de la Constitución Política del Perú, modi ficado por la Ley Nº 27680-Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV y del Título IV, concordante con el Artículo 31º de la Ley de Bases de la Descentralización-Ley Nº 27783, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (…)”; Que, los Artículos 11° y 13º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales-Ley Nº 27867, disponen que el Consejo Regional “Es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (…)” y el Artículo N° 15 sobre las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, establece entre ellas: “a) Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…) k) Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional; Que, el artículo 16° de Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su literal a. Establece que son derechos de los Consejeros Regionales los siguientes: a. Proponer Proyectos de Ordenanzas y Acuerdos Regionales (...), asimismo, en el artículo 39° establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional, o declarar su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, en el presente año fi scal 2023, la Ley Nº 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023, ha autorizado entre los niveles de gobierno subnacional, entre el nivel de gobierno regional y nivel de gobierno local, se realicen transferencias