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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (28/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Martes 28 de noviembre de 2023 El Peruano / ITEMUNIDAD EJECUTORACUI PROYECTO ANULACION CREDITO 1004-1141: REGION PIURA- PROYECTO ESP. CHIRA PIURA2000351OPERACIÓN Y MANTENIMIENTOS/ 3´820,654.00 2001: SEDE PIURA2541094“CREACIÓN DE LA ALAMEDA TURÍSTICA Y RECREATIVA DEL DISTRITO DE IGNACIO ESCUDERO, PROVINCIA DE SULLANA DEPARTAMENTO PIURA”S/ 3´820,654.00 Que, mediante al Informe Técnico N° 133-2023/LAAA de fecha 13 de Noviembre de 2023, emite opinión favorable respecto de la modi fi cación presupuestal presentada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en relación a la transferencia fi nanciera para fi nanciar la ejecución de una inversión para la Municipalidad Distrital de Ignacio Escudero; Que, con Informe N° 0342-2023/GRP-410110, de fecha 13 de Noviembre de 2023, el Gerente de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, alcanza información favorable a favor de la transferencias fi nanciera documento dirigido al Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Que, con Informe N° 0242-2023/GRP-410000, de fecha 14 de Noviembre de 2023, la Gerente de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, alcanza información favorable a favor de la transferencias fi nanciera documento dirigido al Gerencia General Regional; Que, la Hoja de Registro y Control N° 35487, de fecha 17 de noviembre de 2023, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Ignacio Escudero ingresa el Ofi cio N° 624-2023/MDIE-A, en el que anexa el Acuerdo de Consejo N° 40-2023/MDIE, aprobando la suscripción del convenio ´para la transferencia fi nanciera del Proyecto de Inversión denominado: “CREACIÓN DE LA ALAMEDA TURÍSTICA Y RECREATIVA DEL DISTRITO DE IGNACIO ESCUDERO, PROVINCIA DE SULLANA DEPARTAMENTO PIURA”, con Código de Inversión N° 2541094, por el monto de S/ 3´868,303.01 (Tres Millones ochocientos sesenta y ocho mil Trescientos tres con 01/100 soles); Que, a través del Informe N° 2863-2023/GRP-460000, de fecha 20 de setiembre de 2023, el Jefe de Asesoría Jurídica, emite lo siguiente: III. CONCLUSIONES: Por las consideraciones expuestas, esta O fi cina Regional de Asesoría Jurídica opina que: 3.1.-En el presente año fi scal 2023, el artículo 16, literal h), de la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, modi fi cado por la Décima Quinta Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº 31912, ha autorizado que entre los niveles de gobierno subnacional, (entre el nivel de gobierno regional y el nivel de gobierno local), realicen transferencias fi nancieras para fi nanciar o co fi nanciar las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. 3.2.-Conforme al numeral 16.2 de la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1, por ejemplo, para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, se realizan, en el caso de los Gobiernos Regionales, mediante acuerdo de Consejo Regional. Para tal efecto, la norma requiere sólo el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. 3.3.- Contando con la opinión favorable respecto a la transferencia presupuestal por el monto de S/ 3’820,654.00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES), durante el presente periodo fi scal a favor de la Municipalidad Distrital de Ignacio Escudero para el fi nanciamiento de la Ejecución del PIP denominado: “Creación de la Alameda Turística y Recreativa del Distrito de Ignacio Escudero, provincia de Sullana departamento Piura”, con Código de Inversión N° 2541094, emitida por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en el Informe N° 242-2023/GRP-410000 de fecha 14 de noviembre de 2023, el convenio requerido, y opinión favorable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (Informe N° 342-2023/GRP-410110 de fecha 13 de noviembre de 2023) en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, esta Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica opina, que el trámite de la presente solicitud, se encuentra enmarcado dentro de las denominadas transferencias fi nancieras autorizadas por la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, modi fi cada por Ley N° 31912, cuyo plazo máximo de autorización es hasta el 30 de noviembre del año 2023, por lo que previa suscripción del Convenio debe ser remitida al Consejo Regional del Gobierno Regional Piura para que, en ejercicio de sus atribuciones, considere emitir el Acuerdo de Consejo correspondiente; Que, mediante el Memorando N° 1162-2023-GRP- 40000, de fecha 21 de noviembre del 2023, el Gerente General Regional remite expediente sobre transferencia en mención para su respectivo trámite; Que, se adjunta el proyecto de Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Ignacio Escudero para el Financiamiento de la Ejecución de Proyecto de Inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE); Que, el artículo 16°.2) de la acotada Ley de Presupuesto, precisa lo siguiente: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, (…) en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. (…) el acuerdo del Consejo Regional se publican en el Diario O fi cial El Peruano, y el Acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital”; Que, el Convenio debe tener a la Municipalidad como unidad ejecutora de inversiones, correspondiendo al Gobierno Regional Piura a través de la instancia que se designe, la veri fi cación, seguimiento, y evaluación de la ejecución física de los Proyectos de Inversión Pública hasta su liquidación técnica y fi nanciera, objetivo que es acorde con las políticas en infraestructura, saneamiento y sectoriales regionales de desarrollo integral sostenible e inclusión social; Que, mediante Dictamen N° 024-2023/GRP-CR- CPPyAT, de fecha 22 de noviembre de 2023, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, respecto al trámite de aprobación de “Transferencia Financiera del Gobierno Regional Piura a favor de la Municipalidad Distrital de Ignacio Escudero, por la cantidad de S/ 3’820,654.00 (Tres Millones Ochocientos Veinte mil Seiscientos Cincuenta y Cuatro con 00/100 soles); Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad de los presentes, en Sesión Extraordinaria N° 30-2023-CR, celebrada el día 27 de noviembre de 2023, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, y sus modi fi catorias; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modi fi catorias; y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura aprobado por Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR, y sus modi fi catorias; ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Gobernador Regional de Piura la Transferencia Financiera, dentro del marco legal vigente, a favor de la Municipalidad Distrital