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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (28/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Martes 28 de noviembre de 2023 El Peruano / darán derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- DISPONER a la Dirección General de Administración y la Unidad de Abastecimiento, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes. Artículo 6.- NOTIFÍQUESE a la Alta Dirección, Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, Unidad de Abastecimiento, Dirección del Instituto de Investigación, y dependencias correspondientes, para su conocimiento y demás fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ISABEL ESTEBAN ROBLADILLO Presidenta de la Comisión Organizadora ABIDAN TIPO YANAPA Secretario General 2236911-1 Autorizan viaje de responsable del proyecto de investigación de la Universidad Nacional de Barranca a Costa Rica, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 890-2023-UNAB Barranca, 17 de octubre de 2023VISTO:El Exp. N° 2019-2023 de la Presidencia, OFICIO N° 0143-2023-UNAB-VP. INVEST, OFICIO N° 263-2023- DII-UNAB y la CARTA N° 012-2023-UNAB; CONSIDERANDO:Que, el párrafo cuarto del artículo 18 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el artículo 4 del Estatuto de la UNAB; Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 050-2023-MINEDU, de fecha 12 de abril de 2023, se reconformo la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 103-2023-MINEDU, de fecha 21 de julio de 2023, se encarga al Dr. SERAPIO AGAPITO QUILLOS RUIZ Vicepresidente Académico, la Presidencia de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, el artículo 1° de la Ley N° 27619, “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, establece la regulación de la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado-FONAFE; coligiéndose de ello que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; asimismo, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 969-2022-UNAB, de fecha 21 de diciembre de 2022, se ratifi có los Proyectos de Investigación aceptados en la X CONVOCATORIA PARA ESTUDIOS DE INVESTIGACION CON FINANCIAMIENTO INTERNO 2022; Que, mediante OFICIO N° 0143-2023-UNAB-VP. INVEST, la Vicepresidencia de Investigación, solicita se autorice el viaje, solicitado por el Mg. CARLOS ENRIQUE CONDEMARÍN MONTEALEGRE, responsable del Proyecto de Investigación: DINÁMICA DE METACOMUNIDADES PRESENTES EN LA CUENCA DEL RÍO PATIVILCA USANDO METABARCODING, aprobado por Resolución de Comisión Organizadora Nº 969-2022-UNAB, para participar como asistente en el Curso “Introduction to Metabarcoding for Soil Microbiome Ecology Studies”, al haber sido seleccionado como bene fi ciario de una beca en mérito a las investigaciones que viene desarrollando a través de este proyecto de investigación, el cual se realizará del 13 al 16 de noviembre del presente en San José, Costa Rica; Asimismo, indica que la beca otorgada le cubrirá los gastos de hospedaje, alimentación, costos totales del curso y los tickets aéreos; Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de octubre de 2023, acordó por unanimidad AUTORIZAR el viaje en Comisión de Servicio con goce de haber, del 13 al 16 de noviembre de 2023 en San José, Costa Rica, asimismo la asignación de montos por seguro de viaje y estadía, al Mg. CARLOS ENRIQUE CONDEMARÍN MONTEALEGRE, con la fi nalidad de participar como asistente en el Curso “Introduction to Metabarcoding for Soil Microbiome Ecology Studies”; Conforme a las disposiciones establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley N° 30220-Ley Universitaria, Ley N° 29553-Ley que crea la UNAB, Estatuto de la UNAB, Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU Resolución Viceministerial N° 50-2023-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 53-2023-MINEDU y la Resolución Viceministerial N° 103-2023-MINEDU y en uso de las facultades conferidas por las normas vigentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje en Comisión de Servicio con goce de haber, 13 al 16 de noviembre del 2023 en San José, Costa Rica, al Mg. CARLOS ENRIQUE CONDEMARÍN MONTEALEGRE con la fi nalidad de participar como asistente en el Curso “Introduction to Metabarcoding for Soil Microbiome Ecology Studies”; por las consideraciones expuestas en la presente resolución y conforme al siguiente detalle: Clasi fi cador DetalleMonto (S/ ) 23.27.1398 Costo de inscripción 0.00 23.27.1199 Pago de comisión por transferencia 0.00 23.21.21 Costo de pasaje terrestre Barranca-Lima-Barranca 200.00 23.21.11Costo de pasaje aéreo Lima-San José (Costa Rica)- Lima0.00 23.27.1398 Seguro de viaje 300.00 23.21.22 Viáticos (alimentación, alojamiento y movilidad local) 300.00 TOTAL S/ 800.00 Artículo 2.- DISPONER que el docente citado en el artículo primero, rinda cuentas documentadas dentro de los quince (15) días calendarios de fi nalizado el viaje. Asimismo, a su retorno presentaran un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; y realizar el efecto multiplicador entre los docentes de la UNAB. Articulo 3.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. Articulo 4.- NOTIFICAR a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de