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38 NORMAS LEGALES Martes 28 de noviembre de 2023 El Peruano / Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital. 16.3 La entidad pública que trans fi ere, con excepción del acápite v del literal i) del numeral 16.1 del presente artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia conforme al presente artículo”; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, nos menciona lo siguiente: “La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el proceso presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, veri fi ca y presenta la información que se genere así como coordina y controla la información de la ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos y sus modi fi caciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios aprobados; Que, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público ha dispuesto que son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de pliegos o de entidades que no constituyen pliego presupuestario, es así como las trasferencias fi nancieras que se puedan efectuar durante la ejecución, se autorizan y se regulan en las leyes anuales del presupuesto del Sector Público; Que, de acuerdo con los “Lineamientos sobre modi fi caciones presupuestales para la ejecución del gasto en inversiones y en proyectos de las entidades públicas con cargo al presupuesto del sector público para el año fi scal 2023” de la Directiva N° 005-2022- EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria, así como sus anexos, modelos, fi cha y otras disposiciones” en el ítem 7 se dispone lo siguiente: 7.1. Las entidades que realicen modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, autorizadas en el marco de la normativa vigente, con la fi nalidad de efectuar transferencias fi nancieras y de partidas, deberán habilitar la genérica “Donaciones y Transferencias” de Gasto de Capital, siempre que las mencionadas transferencias estén destinadas para fi nanciar inversiones. Asimismo, para el caso de transferencias fi nancieras se puede usar la genérica “Otros Gastos”, de corresponder. 7.2. En el caso de modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para habilitar actividades de transferencias fi nancieras, la O fi cina de Presupuesto de la entidad deberá ́ cumplir y/o veri fi car lo siguiente: a) Registrar la información sobre los convenios y adendas que sustente la transferencia fi nanciera en el Módulo de información de convenios, siempre que la normativa vigente incluya como requisito la suscripción de un convenio previamente. El registro deberá de ser efectuado antes del envío de la solicitud según lo expuesto en el numeral 14 de los presentes Lineamientos, b) Indicar el monto de la transferencia, las inversiones o proyectos a fi nanciar y la entidad que recibirá los recursos, c) Para los casos en que la transferencia se efectúa para habilitar la misma inversión que es materia de anulación, el monto máximo a ser anulado por inversión será ́ igual a la programación de ejecución fi nanciera registrada en el Formato No 12-B, d) Veri fi car la emisión de Acuerdo de Consejo Regional o Acuerdo Municipal que autoriza la transferencia fi nanciera, según corresponda, en el caso de transferencias entre gobiernos subnacionales y de estos al Gobierno Nacional, e) Remitir el informe de opinión favorable emitida por la OPMI o la O fi cina de Presupuesto de la entidad, conforme a lo señalado en el inciso 5.1 del numeral 5 de los presentes Lineamientos, de corresponder, f) En todos los casos, la OPMI deberá ́ veri fi car que la Unidad Ejecutora de Inversiones a la cual se transferirá ́ los recursos cuente con las competencias correspondientes para su ejecución;Que, mediante la HRyC N° 34033-2023, que contiene el Ofi cio N° 0566-2023-MDM-A, de fecha 03 de noviembre de 2023, en la que el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Morropón, solicita Transferencia de Recursos Económicos para Ejecución de Proyecto el cual cuenta con los siguientes documentos: -Resolución de Alcaldía N° 0759-2023-MDM-A, de fecha 03 Noviembre del 2023, la que resuelve: Artículo Primero: APROBAR el fi nanciamiento del Proyecto de Inversión denominado: “CREACIÓN DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN PISTAS Y VEREDAS DEL CC.PP PIEDRA DEL TORO DEL DISTRITO DE MORROPÓN DE LA PROVINCIA DE MORROPÓN DEL DEPARTAMENTO DE PIURA”, CUI N° 2609627, con un costo total referencial de obra S/ 9´914,597.00 (Nueve Millones Novecientos Catorce Mil Quinientos Noventa y Siete Con 00/100 soles). Acuerdo de Consejo N° 0086-2023/MDM-CM, de fecha de 15 Noviembre del 2023, la cual resuelve: ARTÍCULO PRIMERO: SUSCRIBIR, el CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL MORROPON Y EL GOBIERNO REGIONAL DE PIURA, PARA EL FINANCIAMIENTO Y TRANSFERENCIA ECONOMICA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORROPON, PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO DENOMINADO: “CREACION DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN PISTAS Y VEREDAS DEL CC.PP PIEDRA DEL TORO DEL DISTRITO DE MORROPON DE LA ´PROVINCIA DE MORROPON DEL DEPARTAMENTO DE PIURA”, CUI N° 2609627, con un presupuesto referencial de obra S/ 9”914,597.00 (Nueve Millones Novecientos Catorce Mil Quinientos Noventa y Siete Con 00/100 soles).-Convenio entre la Municipalidad Distrital de Morropón y el Gobierno Regional de Piura, para el fi nanciamiento y transferencia económica a favor de la Municipalidad Distrital de Morropón, para la ejecución del Proyecto denominado: “CREACIÓN DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN PISTAS Y VEREDAS DEL CC.PP PIEDRA DEL TORO DEL DISTRITO DE MORROPON DE LA ´PROVINCIA DE MORROPÓN DEL DEPARTAMENTO DE PIURA”, CUI N° 2609627, con un presupuesto referencial de obra de S/9”914,597.00 (Nueve Millones Novecientos Catorce Mil Quinientos Noventa y Siete Con 00/100 soles).-CD, con información del Proyecto denominado: “CREACIÓN DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN PISTAS Y VEREDAS DEL CC.PP PIEDRA DEL TORO DEL DISTRITO DE MORROPÓN DE LA ´PROVINCIA DE MORROPÓN DEL DEPARTAMENTO DE PIURA”; Que, mediante Informe N° 235-2023/GRP-410000 de fecha 10 de noviembre de 2023, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicita a la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, opinión técnica respecto a propuesta de modi fi cación Presupuestaria para Transferencia Financiera a la Municipalidad Distrital de Morropón, para una inversión por un monto total de S/ 9´914,597.00 (Nueve Millones Novecientos Catorce Mil Quinientos Noventa y Siete con 00/100 soles); Que, con Informe N° 349-2023/GRP-410110 de fecha 15 de noviembre de 2023, la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, en mérito al Informe Técnico N° 138-2023/LAAA de fecha 14 de noviembre de 2023, emite opinión favorable respecto de la modi fi cación presupuestal presentada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en relación a la transferencia fi nanciera para fi nanciar la ejecución solicitada para la Municipalidad Distrital de Morropón; Que, mediante Informe N° 246-2023/GRP-410000 de fecha 15 de noviembre de 2023, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sustentado en las opiniones favorables descritas anteriormente y de acuerdo a la veri fi cación de la normativa vigente, otorga conformidad presupuestal respecto a la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Morropón por el monto total de S/ 9´914,597.00 (Nueve Millones Novecientos Catorce Mil Quinientos Noventa y Siete Con 00/100 soles); con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, para el co fi nanciamiento en la ejecución del PIP denominado “CREACION DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN PISTAS Y VEREDAS DEL CC.PP PIEDRA DEL TORO