Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de noviembre de 2023 El Peruano / de gas natural y servicio de transporte sea proveído directamente por el Concesionario; Que, con Resolución N° 054-2016-OS/CD y modi fi catorias, se aprobó la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final” (en adelante “Norma de Condiciones Tarifarias”), la cual contiene las condiciones generales de aplicación para las tarifas del servicio de gas natural al consumidor fi nal, en el marco de las disposiciones del Reglamento de Distribución; Que, con Resolución N° 047-2022-OS/CD se fi jaron las Tarifas de Distribución de gas natural por red de ductos de la Concesión de Ica para el periodo 2022-2026, aprobándose entre otros conceptos señalados en el Reglamento de Distribución, la Demanda Anual Proyectada aplicable a la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica para el señalado periodo; Que, de conformidad con el literal j) del artículo 12 de la Norma de Condiciones Tarifarias, el Concesionario propone a Osinergmin el PMG y el CMT para el correspondiente Periodo de Aplicación; ello según la metodología descrita en el Anexo N° 01 de la Norma de Condiciones Tarifarias. Al respecto, mediante la Carta N° GTR- 0082-2023, recibida el 15 de noviembre de 2023 según Expediente SIGED N° 202300288154, Contugas remitió a Osinergmin, su propuesta de los valores del PMG y CMT correspondientes al periodo de diciembre 2023 a febrero 2024; Que, de acuerdo con los literales i) y k) del artículo 12 de la Norma de Condiciones Tarifarias, con base en los costos a ser reconocidos por el suministro de gas natural (CRG) y por el transporte de gas natural (CRT), los cuales son determinados con la Demanda Anual Proyectada aprobada, Osinergmin determina y aprueba el PMG y/o CMT para el Periodo de Aplicación de cada Concesión, con la información de los costos eficientes a ser reconocidos en el Periodo de Evaluación; Que, considerando que mediante Resolución N° 150- 2023-OS/CD se aprobó el PMG y el CMT para el periodo de septiembre 2023 a noviembre 2023 de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, en esta oportunidad corresponde determinar el PMG y el CMT para el Periodo de Aplicación comprendido de diciembre 2023 a febrero 2024; Que, se han emitido el Informe Técnico N° 781- 2023-GRT y el Informe Legal N° 348-2023-GRT, los cuales complementan la motivación de la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin aprobado con Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; en el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-EM y en la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final”, aprobada por Resolución N° 054-2016-OS/CD, así como sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas, y; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 34-2023, de fecha 28 de noviembre de 2023. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Precio Medio del Gas y Costo Medio de Transporte Aprobar el Precio Medio del Gas (PMG) y el Costo Medio de Transporte (CMT) de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, aplicables a partir del 1 de diciembre de 2023 hasta el 29 de febrero de 2024, conforme al siguiente detalle: Cuadro N° 1 PMG (USD/m3) Consumidores Residenciales y Eléctricos MenoresConsumidores IndependientesConsumidores Eléctricos y Otros Consumidores 0,06008183 0,13512747 0,07503908 Cuadro N° 2 CMT (USD/m3) Transporte FISE 0,05110307 0,00180522 Artículo 2.- Incorporación de Informes de sustento Incorporar el Informe Técnico N° 781-2023-GRT y el Informe Legal N° 348-2023-GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, y su consignación, junto con el Informe Técnico N° 781-2023-GRT y el Informe Legal N° 348-2023-GRT en el portal institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2023.aspx OMAR FRANCO CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2239730-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Autorizan transferencia financiera a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fiscalización del servicio público de transporte terrestre de personas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 271-2023-ATU/PE Lima, 28 de noviembre de 2023VISTOS: El Informe N° D-002619-2023-ATU/DFS-SF de la Subdirección de Fiscalización; el Memorando N° D-003057-2023-ATU/DFS de la Dirección de Fiscalización y Sanción; el Informe N° D-001551-2023-ATU/GG-OA-UT de la Unidad de Tesorería; el Memorando N° D-001393-2023ATU/GG-OA de la O fi cina de Administración; el Informe N° D-000197-2023-ATU/GG-OPP-UP de la Unidad de Presupuesto; el Memorando N° D-000665-2023-ATU/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y, el Informe N° D-000558-2023-ATU/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como