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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (11/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de octubre de 2023 El Peruano / 3700001755, 3700001757, 3700001762, 3900000556, y 3900000558, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la Resolución Directoral N° 201-2023-LLP/DE; Que, a través de la Resolución Directoral N° 000241- 2023-MTPE/3/24.1, se aprueba, con e fi cacia anticipada al 23 de agosto del 2023, la modi fi cación, excepcional, del plazo de las actividades Nros. 10 al 22 del Anexo N° 01: Cronograma de la convocatoria para el fi nanciamiento de AII en el marco de la Ley N° 31728, aprobado mediante Resolución Directoral N° 126-2023-LP/DE, y modi fi cado por la Resolución Directoral N° 144-2023-LP/DE; respecto a las actividades de intervención inmediata de la Tabla N° 01, aprobada por la Resolución Directoral N° 201-2023-LLP/DE; Que, mediante el O fi cio N° 0001138-2023- MTPE/3/24.1, la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, solicita al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la emisión de la resolución ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 2 120 139,00 (Dos Millones Ciento Veinte Mil Ciento Treinta y Nueve y 00/100 Soles), para el pago del Aporte Total del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, en favor de organismos ejecutores públicos con quienes se han suscrito veintidós (22) convenios con el objeto de fi nanciar la ejecución de actividades de intervención inmediata elegibles (AII-51), en los distritos priorizados por el Programa, en el marco de la Ley N° 31728, con lo cual se estima generar 942 empleos temporales; para cuyo efecto, adjunta los informes técnicos de las unidades funcionales competentes que sustentan dicha transferencia fi nanciera; Que, mediante Memorándum N° 001158-2023- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 001289-2023-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que acompañan a la propuesta, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 000914-2023-MTPE/4/8 opina que es legalmente viable la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de veintidós (22) convenios suscritos con el fi n de ejecutar actividades de Intervención Inmediata elegibles (AII-51), en los distritos priorizados por el Programa, en el marco de la Ley N° 31728, por el importe total de S/ 2 120 139,00 (Dos Millones Ciento Veinte Mil Ciento Treinta y Nueve y 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que la presente resolución y su Anexo se publiquen en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el diario o fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2223619-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a la empresa CERTIFICADORA SAN MARTIN EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - CESMARTIN EIRL., ampliación de una línea de inspección tipo Menor en su Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo autorizado, para operar en local ubicado en el departamento de Puno RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0582-2023-MTC/17.03 Lima, 19 de setiembre de 2023.VISTO:La solicitud registrada con la Hoja de Ruta Nº T-473761-2023, presentada por la empresa CERTIFICADORA SAN MARTIN EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – CESMARTIN EIRL., mediante el cual solicita la Ampliación de una (01) línea de Inspección tipo Menor en su centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo autorizado mediante Resolución Directoral Nº 392-2021-MTC/17.03; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado que tiene competencia exclusiva para normar y el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en el ámbito nacional (…)”; Que, el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, en adelante el Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya fi nalidad constituye certi fi car el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como veri fi car que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte, el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, el literal a) del inciso 5.1 del artículo 5 del Reglamento señala que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar las autorizaciones de funcionamiento a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV; Que, el Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante El TUPA del MTC, el mismo que regula el procedimiento administrativo “DCV-023: Modi fi cación de la Autorización de Funcionamiento como Centro de Inspecciones Técnicas Vehiculares por cambio de tipo de una o más líneas de inspección técnica vehicular y/o ampliación de las mismas”, que señala los requisitos para la obtención de la modi fi cación de la Autorización de funcionamiento como CITV, concordante con el artículo 43-A del Reglamento, establece que, para la modi fi cación de la autorización de funcionamiento como Centro de Inspecciones Técnicas Vehiculares por ampliación de