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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (11/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de octubre de 2023 El Peruano / Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de la SMV; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Lorena de Guadalupe Masías Quiroga, Superintendente del Mercado de Valores, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 24 al 29 de octubre de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos: US$ 2 415.00 Viáticos (2+1): US$ 1 620.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2223860-1 EDUCACIÓN Designan Secretaria General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 542-2023-MINEDU Lima, 10 de octubre de 2023CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario(a) General del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora ANA GRIMANESA REÁTEGUI NAPURÍ en el cargo de Secretaria General del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRIAM PONCE VERTIZ Ministra de Educación 2223795-1 ENERGÍA Y MINAS Otorgan a favor de la Empresa de Generación Eléctrica QUERCUS S.A.C., la concesión temporal de transmisión para desarrollar estudios de factibilidad del proyecto “Línea de Transmisión 500 kV S.E. Quercus - S.E. La Niña”, ubicado en los departamentos de Lambayeque y Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 349-2023-MINEM/DM Lima, 6 de setiembre de 2023 VISTOS: El Expediente Nº 24408123 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de transmisión de energía eléctrica del proyecto “Línea de Transmisión 500 kV S.E. Quercus – S.E. La Niña”, presentada por la Empresa de Generación Eléctrica QUERCUS S.A.C.; el Informe Nº 695-2023-MINEM/DGE-DCE y el Memorando Nº 2206-2023-MINEM/DGE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando Nº 00529-2023/MINEM-VME, del Viceministerio de Electricidad; el Informe Nº 0908-2023-MINEM/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento con Registro Nº 3510176, de fecha 6 de junio de 2023, la Empresa de Generación Eléctrica QUERCUS S.A.C. solicitó el otorgamiento de una concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de transmisión de energía eléctrica del proyecto “Línea de Transmisión 500 kV S.E. Quercus – S.E. La Niña”, al amparo de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; y el artículo 30 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios de factibilidad mencionados en el considerando que antecede, se desarrollarán en el distrito de Olmos, provincia y departamento de Lambayeque; y, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura; en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (WGS84) que fi guran en el Expediente Nº 24408123; Que, en el Informe Nº 695-2023-MINEM/DGE- DCE, la Dirección General de Electricidad veri fi có que la Empresa de Generación Eléctrica QUERCUS S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y en el código Nº CE02-2 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, y sus modi fi catorias; por lo que corresponde otorgar la concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de transmisión de energía eléctrica del proyecto “Línea de Transmisión 500 kV S.E. Quercus – S.E. La Niña”; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 0908-2023-MINEM/OGAJ, considera viable la aprobación del otorgamiento de la concesión temporal para realizar estudios de factibilidad relacionados con la actividad de transmisión de energía eléctrica del proyecto