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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (11/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de octubre de 2023 El Peruano / PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de magistrados de las Cortes Superiores de Justicia de La Libertad y Lima, para participar en capacitación a realizarse en Puerto Rico Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000148-2023-P-CE-PJ Lima, 10 de octubre del 2023VISTO:El O fi cio Nº 001292-2023-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, por el cual remite el cálculo de gasto por seguro de viaje del señor Víctor Alberto Martín burgos Mariños; y de la señora Josefa Vicenta Izaga Pellegrin, juez y jueza de las Cortes Superiores de Justicia de La Libertad y Lima, para que participen en la capacitación presencial que se llevará a cabo en la ciudad de San Juan, Puerto Rico. CONSIDERANDO:Primero. Que la Presidencia del Poder Judicial mediante Resolución Corrida N.º 000303-2023-P-PJ designó al señor Víctor Alberto Martín Burgos Mariños, Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y a la señora Josefa Vicenta Izaga Pellegrini, Jueza Especializada de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que participen de manera presencial en el Módulo I: Fundamentos del Sistema Penal Acusatorio para Juzgadores, que se realizará del 11 al 20 de octubre del presente año, en la ciudad de San Juan, Puerto Rico. Segundo. Que, asimismo, en la citada resolución se dispuso que el Poder Judicial sufragará los gastos que no cubra la institución auspiciadora; y estando a la información de la Gerencia General del Poder Judicial, es menester expedir el acto de administración correspondiente. Tercero. Que, el objetivo de la citada capacitación es brindar a los jueces conocimientos en el ámbito penal, un entendimiento exhaustivo del sistema acusatorio, a través de las clases teóricas y talleres prácticos; así como visitas a Cortes Estatales y Federales, a fi n de observar los procedimientos y discutir las mejores prácticas. Cuarto. Que resulta de interés para este Poder del Estado participar en certámenes en el que jueces y juezas puedan adquirir conocimientos; así como intercambiar experiencias e información, lo que contribuirá a mejorar el servicio de administración de justicia. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Memorando N° 000883-2023-GAF-GG-PJ de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial; en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa 003-2009-CE-PJ; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Víctor Alberto Martín Burgos Mariños, Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y de la señora Josefa Vicenta Izaga Pellegrini, Jueza Especializada de la Corte Superior de Justicia de Lima, del 10 al 21 de octubre del año en curso, para que participen de manera presencial en el Módulo I: Fundamentos del Sistema Penal Acusatorio para Juzgadores, que se llevará a cabo en la ciudad de San Juan, Puerto Rico; concediéndoseles licencia con goce de haber del 11 al 20 de los corrientes. Artículo Segundo.- Los gastos del seguro de viaje estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al detalle: - Víctor Alberto Martín Burgos Mariños : US$ 72.00 dólares americanos. - Josefa Vicenta Izaga Pellegrín : US$ 72.00 dólares americanos. Artículo Tercero.- Los mencionados magistrados deberán presentar un informe a este despacho, de forma individual, en un plazo no mayor de diez días posteriores a la conclusión del referido certamen, que deberá contener: i) Copia del certi fi cado o documento que acredite la participación o aprobación según corresponda; ii) Material bibliográ fi co en físico o digital, para remitirlo al Centro de Investigaciones Judiciales; iii) En caso sea pertinente presentará la ponencia realizada en la actividad de capacitación, para su difusión a través del Centro de Investigaciones Judiciales; iv) Propuestas y recomendaciones generadas a partir de la capacitación recibida; y v) Realizar réplicas y difundir, de ser necesario, a través del Centro de Investigaciones Judiciales y la Unidad Administrativa de cada Corte Superior. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidente y Presidenta de las Cortes Superiores de Justicia de La Libertad y Lima, juez y jueza designados, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2223788-1 Aprueban la actualización de diversos formularios, conforme a la propuesta de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000416-2023-CE-PJ Lima, 10 de octubre del 2023VISTOS: El Informe Nº 000072-2023-ONAJUP-CE-PJ, cursado por el Jefe de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y el O fi cio Nº 287-2023-P-CPAJPCVYJC- CS-PJ, de la Presidenta de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Corrida Nº 000224-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que el Programa de Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, el Programa Nacional para la Implementación de la Ley Nº 30364, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal y cualquier otra dependencia del Poder Judicial que haya impulsado la aprobación y/o vigencia de formularios o formatos judiciales para la presentación de solicitudes o demandas, especialmente aquellos que no requieren de la fi rma de abogado, procuren la introducción de los datos de la variable étnica en estos instrumentos y,