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4 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de octubre de 2023 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 31893 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY DE MEDIDAS ESTRATÉGICAS Y DISPOSICIONES ECONÓMICAS Y TRIBUTARIAS PARA EL FORTALECIMIENTO Y POSICIONAMIENTO DEL ECOSISTEMA DEL LIBRO Y DE LA LECTURA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto establecer medidas estratégicas y disposiciones económicas y tributarias para fortalecer y posicionar el ecosistema del libro y de la lectura en los ámbitos nacional e internacional. Artículo 2. Ámbito de aplicación2.1. La presente ley se aplica a todas las personas naturales y personas jurídicas involucradas en la creación, la producción y la circulación del libro y productos editoriales a fi nes, procesos que incluyen la autoría, compilación, ilustración, fotografía, artes visuales, edición o editorial, corrección de textos, diseño grá fi co, diagramación, impresión o imprenta, librero o librería, agente literario, traducción, importación, distribución, sociedad reprográ fi ca y otras sociedades de gestión colectiva; así como a la biblioteca, al espacio de lectura, al bibliotecario y mediador de lectura, y a la persona lectora. Es decir, se aplica al ecosistema del libro y de la lectura en su totalidad. 2.2. La mención de estos destinatarios no es taxativa y no excluye a otros partícipes de la dinámica de la actividad editorial. Artículo 3. Medidas integrales e indivisibles El Ministerio de Cultura establece medidas integrales e indivisibles para el ecosistema del libro y de la lectura que bene fi cien a todos sus agentes. CAPÍTULO II FORTALECIMIENTO NACIONAL E INTERNACIONAL DEL ECOSISTEMA DEL LIBRO Y DE LA LECTURA Artículo 4. Descentralización y nuevas tecnologías en el ecosistema del libro y de la lectura 4.1. El Ministerio de Cultura lleva a cabo las siguientes acciones: a. Crea y fortalece programas, estrategias o mecanismos de diversa índole para el fomento de la lectura con énfasis en poblaciones vulnerables y bajo los enfoques intercultural e interseccional, con el propósito de incrementar la participación cultural de la población en todo el territorio nacional, en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales, así como con los demás actores privados.b. Crea y fortalece programas, estrategias o mecanismos de diversa índole con el propósito de alcanzar el desarrollo de la producción y circulación bibliodiversa de libros en bene fi cio de los agentes de la cadena de valor de este bien cultural, en coordinación con los demás sectores estatales, los gobiernos regionales y gobiernos locales, así como con los actores privados. c. Reconoce las iniciativas de creación, implementación y mejoramiento de espacios de lectura o bibliotecas desde la sociedad civil y el sector privado, haciéndolos partícipes de los registros, programas, estrategias o mecanismos existentes y los que se desarrollen a futuro. d. En coordinación con la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, genera programas, estrategias o mecanismos para la implementación y adopción de nuevas tecnologías que permitan mayores desarrollos en los procesos de producción del libro y en el fomento de la lectura, de conformidad con la normativa vigente. Estas acciones se efectúan en coordinación con sectores y organismos involucrados del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y gobiernos locales, la Biblioteca Nacional del Perú y entidades públicas, y con la participación de actores del sector privado y organismos internacionales. e. Articula la implementación de programas, estrategias o mecanismos de fomento de la lectura con instituciones públicas y privadas en el marco de acciones de responsabilidad social. 4.2. Los gobiernos regionales y gobiernos locales llevan a cabo las siguientes acciones: a. Crean e implementan nuevas bibliotecas públicas, a cargo de su propio presupuesto, en coordinación con la Biblioteca Nacional del Perú, en concordancia con las directivas o lineamientos del ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas y sus normas orgánicas. Además, los gobiernos regionales y gobiernos locales coordinan con la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, en alianza con organizaciones públicas y privadas, la incorporación de las nuevas bibliotecas públicas a la red de centros de ciudadanía digital, en bene fi cio de los ciudadanos. b. Realizan, en coordinación con el Ministerio de Cultura, acciones destinadas a la implementación de estrategias articuladas mediante convenios u otros documentos de corte interinstitucional. c. Los gobiernos regionales crean bibliotecas regionales emblemáticas en coordinación con la Biblioteca Nacional del Perú y adecúan su estructura orgánica e instrumentos de gestión para incorporar una unidad orgánica de enlace con el Sistema Nacional de Bibliotecas, cuyo ente rector es la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo 5. Fomento del ecosistema del libro y de la lectura peruano en el ámbito internacional 5.1. El Estado promueve el conocimiento y la difusión a nivel internacional de autores peruanos y de sus obras como parte de la promoción de la imagen cultural del país, entre otros, a través de becas, fi nanciamiento u otros mecanismos para la participación en concursos o eventos internacionales.