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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (13/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Viernes 13 de octubre de 2023 El Peruano / ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano además de la publicidad en el Portal Institucional, acorde a la normativa sobre publicidad de las normas; Estando a lo dispuesto en los artículos 39 y 42 de la Ley N° 27972, y, de conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la precitada norma y a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 2537; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de la Ordenanza N° 2535, Ordenanza que aprueba la creación de los Comités de Autodefensa Vecinal en los distritos y centros poblados de la provincia de Lima, el mismo que consta de seis (6) capítulos, catorce (14) artículos y cuatro (4) Disposiciones Complementarias Finales, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, para que conforme a sus atribuciones y competencias ejecute las acciones que correspondan. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Ofi cina de Gobierno Digital, su publicación, incluyendo su Anexo, en el portal web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2223921-1 Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Autoridad del Proyecto Costa Verde DECRETO DE ALCALDÍA N° 019 Lima, 6 de octubre de 2023El ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;VISTOS: El Informe N° 036-2023-MML-APCV-GAL de la Gerencia de Asesoría Legal de la Autoridad del Proyecto Costa Verde; el O fi cio N° 292-2023-MML-APCV- GG (D.S N° 2023-153199) de la Gerencia General del Proyecto Costa Verde; el Informe N° D000313-2023-MML-OGPEM-OPEM de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización; el Informe N° D000630-2023-MML-OGAJ de la O fi cina General de Asuntos Jurídicos; el Memorando N° D001927-2023-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; asimismo, el artículo 6 de la referida ley señala que, la alcaldía es el órgano ejecutivo de Gobierno Local, siendo el Alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el numeral 1 del artículo 44 de la acotada Ley Orgánica de Municipalidades, establece entre otros, que los Decretos de Alcaldía son publicados en el Diario Ofi cial El Peruano en el caso de todas las municipalidades de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao; Que, el numeral 44.5 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, (en adelante TUO de la Ley N° 27444), y el artículo 19 de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (en adelante TUPA); aprobado mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, establecen que, una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; Que, la Ordenanza Nº 1471-MML, modi fi ca la Ordenanza N° 750-MML y aprueba los Procedimientos Administrativos de la Autoridad del Proyecto Costa Verde, que contiene el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la APCV así como los requisitos para los procedimientos administrativos de competencia de dicha Autoridad; Que, mediante Ley N° 31603 del 5 de noviembre de 2022, se modi fi có el artículo 207 del de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, estableciendo en quince (15) días el plazo para resolver los recursos de reconsideración; Que, la Gerencia de Asesoría Legal de la Autoridad del Proyecto Costa Verde, mediante Informe N° 36-2023-MML-APCV-GAL del 22 de agosto de 2023, entre otros, señala lo siguiente: (i) resulta pertinente iniciar las acciones conducentes para la eliminación del requisito “Resolución de Clasi fi cación Ambiental del EIA y copia de fi cha de evaluación” correspondiente al procedimiento para la obtención de la “Certi fi cación Previa de Adecuación de Iniciativa”, tomando en consideración de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; (ii) la exclusión del requisito TUPA de la “Resolución de Clasi fi cación Ambiental del EIA y copia de fi cha de evaluación”, no exime al administrado de la obtención del mismo, pues en el procedimiento de “Constancia de Compatibilidad de Proyecto De fi nitivo”, debe presentar el “Estudio de Impacto Ambiental a nivel de fi nitivo” que tiene como requisito la “Resolución de Clasi fi cación Ambiental del EIA y la copia de fi cha de evaluación”; (iii) de acuerdo al TUO de la Ley N° 27444 (modi fi cado por Ley N° 31603), el plazo para resolver las reconsideraciones es de quince días; (iv) se deben remitir los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente; Que, la Gerencia General de la APCV, a través de su o fi cio N° 292-2023-MML-APCV-GG, en señal de conformidad informa que mediante Acuerdo N° 1147, de la Sesión Ordinaria N° 354, del 23 de agosto de 2023, el Consejo Directivo de la Autoridad del Proyecto Costa Verde aprobó la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Autoridad del Proyecto Costa Verde; Que, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización, mediante Informe N° D000313-2023-MML-OGPEM-OPEM del 13 de septiembre de 2023, indica entre otros, lo siguiente: (i) la propuesta de modi fi cación del TUPA de la Autoridad del Proyecto Costa Verde comprende: Eliminar el requisito denominado “Resolución de Clasi fi cación ambiental del Estudio de Impacto Ambiental – EIA y copia de la Ficha de evaluación” del procedimiento 1; y, adecuar el plazo legal para resolver el recurso de reconsideración que ha pasado de 30 a 15 días; (ii) el proyecto de modi fi cación del TUPA analizado se encuentra alineado al proceso misional signado con código M.02.02 “Gestión de Infraestructura” del mapa de procesos, aprobado mediante Resolución de Gerencia