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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (13/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Viernes 13 de octubre de 2023 El Peruano / encontrándose prohibido el estacionamiento de vehículos en la zona luego de concluida la actividad. h) Las áreas de espacio público a utilizar deberán dejarse en las mismas condiciones y/o mejorarlas a las condiciones encontradas. CAPÍTULO III DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 6º.- DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR El procedimiento sancionador se efectuará de acuerdo a lo regulado en el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo.Artículo 7º.- DE LA SANCIÓN Y MEDIDAS COMPLEMENTARIAS Las personas naturales o jurídicas que incumplan las normas contenidas en la presente Ordenanza, constituyen la vulneración al marco legal municipal, siendo pasible de la sanción pecuniaria de multa, previstas en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, y la aplicación de medidas complementarias que correspondan. Artículo 8º.- INCORPORACIÓN DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Incorpórese al Cuadro de Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo (CUIS) las siguientes conductas pasibles de sanción: INFRACCIONES Y SANCIONES AL CONDUCTOR Y/O TITULAR DEL PREDIO Y/O ESTABLECIMIENTO CÓDIGO INFRACCIÓNProcedimiento PrevioESCALAMONTO DE MULTA (% UIT)MEDIDA COMPLEMENTARIA 00001Por realizar y/o permitir el abastecimiento (carga y descarga) de mercadería, Gas Licuado de Petróleo a granel y/o envasado, tanques estacionarios de gas, combustibles líquidos o gaseosos para uso vehicular fuera del horario establecido.DESCARGOMuy Grave100%Clausura Temporal por 05 días. 00002Por permitir el establecimiento comercial la acumulación de vehículos de transporte para el abastecimiento (carga y descarga), obstaculizando el libre tránsito peatonal y vehicular.DESCARGO Moderada 30%Clausura Temporal por 05 días. 00003Por no trasladar directamente la mercadería al establecimiento comercial o viceversa, dejándolo depositado en la vía pública obstruyendo el libre tránsito vehicular y/o peatonal.DESCARGO Moderada 30%Clausura Temporal por 05 días. 00004Por omitir dar aviso a la Municipalidad sobre abastecimiento (carga y descarga) de emergenciaDESCARGO Leve 20%Retención de mercadería. 00005Por no efectuar la limpieza de la acera y calzada sobre la cual se efectuó las actividades referidas a carga y descarga, cuando se trata de obras civiles en propiedad privada.DESCARGO Moderada 30%Reposición al estado temporal, de la acera y calzada 00006Por permitir el establecimiento comercial, el estacionamiento de vehículos de carga y descarga luego de concluida la actividad generando desorden en la zona.DESCARGO Leve 20%Clausura Temporal por 02 días 00007Por obstruir con su mercadería el paso de los peatones y/o la visibilidad de los conductores.DESCARGO Grave 50%Retención de mercadería. 00008Por obstruir o impedir el libre acceso a la propiedad privada.DESCARGO Moderada 30%Retención de mercadería. 00009 Por ausentarse del vehículo, los conductores. DESCARGO Leve 20%Internamiento del vehículo. 00010Por no contar con los elementos de protección personal los operarios de carga y descarga de productos y/o mercaderías molestas, nocivas o peligrosas, así como las que entrañen especialidades en su manejo o estivas, conforme a las disposiciones especí ficas que regulan la materia.DESCARGO Moderada 30%Clausura Temporal por 02 días. Artículo 9º.- ENCARGAR, a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información la publicación en el Portal Institucional de la entidad: https://www.gob.pe/munivillamariadeltriunfo/; y a la Unidad de Comunicación e Imagen Institucional, su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplaseELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 2221328-1