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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (20/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Viernes 20 de octubre de 2023 El Peruano / MINISTERIO PÚBLICO Nombran fiscales en el Distrito Fiscal de Huánuco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2727-2023-MP-FN Lima, 18 de octubre de 2023VISTA: La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023. CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de vista, se resolvió entre otros, crear la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco, con sede en la ciudad de Huánuco, con competencia en los Distritos Fiscales de Pasco y Huánuco, la misma que estará conformada por un (01) Fiscal Provincial, dos (02) Fiscales Adjuntos Provinciales y un (01) Fiscal Adjunto Provincial con carácter transitorio. En aras de contar con fi scalías especializadas en la investigación en materia de derechos humanos e interculturalidad, y en respuesta al requerimiento de una demanda adicional para fortalecer el nuevo subsistema especializado en Derechos Humanos e Interculturalidad efectuada por el Ministerio Público mediante o fi cio N.º 57-2023-MP-FN, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” el 4 de junio de 2023, el Decreto Supremo N.º 109-2023-EF, mediante el cual se autorizó la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023, a favor del Ministerio Público, para fi nanciar gastos asociados a la creación de despachos fi scales de derechos humanos e interculturalidad, permitiéndose así la creación de plazas fi scales conforme a lo señalado en la resolución de vista. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Con o fi cio Nº 3412-2023-MP-FN-CFSN-FPS-DHI, el abogado Wilfredo Francisco Avellaneda Esaine, en ese entonces, encargado de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, eleva las propuestas respectivas para ocupar las plazas señaladas en el primer párrafo de la parte considerativa. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, se hace oportuno, en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al personal fi scal que ocupe provisionalmente los cargos de Fiscal Provincial, Fiscales Adjuntos Provinciales y Fiscal Adjunto Provincial Transitorio mencionados en el primer párrafo de la parte considerativa, teniendo en cuenta para ello las propuestas contenidas en el documento señalado en el párrafo precedente, nombramientos y designaciones que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluida la designación de la abogada Elizabeth Quispe Palma, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Huánuco, Distrito Fiscal de Huánuco, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1575-2014-MP-FN, de fecha 30 de abril de 2014. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada Elizabeth Quispe Palma, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, designándola en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco, con sede en la ciudad de Huánuco, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero .- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Huánuco, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco, con sede en la ciudad de Huánuco, a los siguientes abogados: - Nerea Yanina Aragon Castañeda, con reserva de su plaza de origen. - Elmer Rivera Godoy, con reserva de su plaza de origen. Artículo Cuarto .- Nombrar al abogado David Angel Oscanoa Lagos, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Huánuco, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco, con sede en la ciudad de Huánuco, con reserva de su plaza de origen. Artículo Quinto .- Disponer que los nombramientos y designaciones señalados los artículos segundo, tercero y cuarto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Sexto .- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Huánuco y Pasco, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2226826-1