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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (20/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Viernes 20 de octubre de 2023 El Peruano / VISTOS: El Memorándum N° 471-2023-SUNAFIL/GG, de fecha 17 de octubre de 2023, de la Gerencia General; el Informe N° 672-2023-SUNAFIL/GG/ORH, de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 759-2023-SUNAFIL/GG-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, documentos de fecha 18 de octubre de 2023, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el artículo 12 y el literal f) del artículo 13 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR, dispone que la Superintendencia es el órgano de Alta Dirección que ejerce la conducción general de los órganos y unidades orgánicas de la entidad y está a cargo del Superintendente que es la máxima autoridad ejecutiva de la SUNAFIL y el titular del Pliego Presupuestal, y tiene por función designar y remover a los directivos y/o servidores de con fi anza de la SUNAFIL; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP PROVISIONAL) de la SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial N° 288-2022-TR, reordenado por Resolución de Gerencia General N° 191-2022-SUNAFIL y actualizado por Resolución Jefatural N° 000414-2023-SUNAFIL/GG/ORH, el puesto de Asesor II de Gerencia General de la SUNAFIL tiene la clasi fi cación de empleado de con fi anza; Que, a través del Memorándum N° 471-2023-SUNAFIL/ GG, la Gerencia General propone a la Superintendencia la designación de la señora Melisa Giovana Muguerza Lescano, en el puesto de Asesor II de Gerencia General de la SUNAFIL, por lo que, solicita autorizar la propuesta formulada y, de ser el caso, remitir a la O fi cina de Recursos Humanos con la fi nalidad que dicha unidad orgánica efectúe la evaluación del per fi l y la hoja de vida de la citada profesional, continuando con el trámite respectivo; Que, a través del Informe N° 672-2023-SUNAFIL/GG/ ORH, la O fi cina de Recursos Humanos emite opinión técnica favorable para designar a la señora Melisa Giovana Muguerza Lescano en el puesto de Asesor II de Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, puesto considerado de con fi anza, habiendo veri fi cado el cumplimiento de los requisitos previstos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la SUNAFIL, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 080-2022-SUNAFIL-GG; Que, con el Informe N° 759-2023-SUNAFIL/GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica expresa opinión legal sobre la acción de personal señalada precedentemente, en función a la opinión técnica emitida por la O fi cina de Recursos Humanos en el marco de sus funciones; lo cual hace viable la emisión de la presente resolución; Con el visado del Gerente General, de la Jefa de la Ofi cina de Recursos Humanos, y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y por la Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora MELISA GIOVANA MUGUERZA LESCANO en el puesto de Asesor II de Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, puesto considerado de confi anza. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución a la persona mencionada en el artículo precedente, así como a la O fi cina de Recursos Humanos, para su conocimiento. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL (www.gob.pe/suna fi l). Regístrese, comuníquese y publíquese.FREDDY JOSE MARIA SOLANO GONZALEZ Superintendente 2226948-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Establecen la obligatoriedad de la presentación electrónica, a través del SID-SUNARP, de partes y solicitudes notariales que contengan actos a inscribirse en los registros jurídicos a cargo de la SUNARP RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 169-2023-SUNARP/SN Lima, 19 de octubre de 2023VISTOS; el Informe Técnico N°0099-2023-SUNARP/ DTR del 18 de octubre de 2023, de la Dirección Técnica Registral; el Informe N°964-2023-SUNARP/OAJ del 18 de octubre de 2023, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Memorándum N°1475-2023-SUNARP/OTI del 18 de octubre de 2023, de la O fi cina de Tecnologías de la Información; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-Sunarp es un organismo técnico especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de plani fi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simpli fi cación, integración y modernización de los Registros; Que, mediante Ley N°27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio de los ciudadanos; Que, mediante Reglamento de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales, se establece un marco normativo en el país que permite a las personas naturales o jurídicas efectuar distintos negocios jurídicos, manifestando su voluntad a través de la fi rma digital, otorgándole la misma validez y e fi cacia jurídica que la fi rma manuscrita u otra análoga, siempre que ésta sea generada dentro de la Infraestructura O fi cial de Firma Electrónica (IOFE); Que, atendiendo a dicho marco normativo se implementa el servicio denominado Sistema de Intermediación Digital (SID-SUNARP) el cual consiste en una plataforma digital gratuita que, entre otros, permite a los despachos notariales del país la generación, presentación, tramitación e inscripción de un título conformado por documentos electrónicos con fi rma