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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (07/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Jueves 7 de setiembre de 2023 El Peruano / Artículo Quinto.- El CCONNA Distrito de Pucusana, está conformado por la Asamblea General y el Equipo Coordinador: • La Asamblea General, está constituida por los representantes elegidos de las diferentes organizaciones, grupos y/o asociaciones de niñas, niños y adolescentes existentes en el distrito, los mismos que sesionarán de acuerdo a su Reglamento aprobado. • El Equipo Coordinador, será elegido entre los representantes titulares de las organizaciones participantes, en Asamblea General y estará integrado por: 1. Coordinador/a General. 2. Sub Coordinador.3. Secretario/a de actas.4. Secretario/a de organización. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, a través de la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente - DEMUNA, brindar asistencia técnica y operativa al CCONNA para el cumplimiento de sus funciones. Artículo Séptimo.- Facultar al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el Reglamento del CCONNA. Artículo Octavo.- Disponer una vez aprobado el Reglamento del CCONNA, así como convocada y realizada la primera elección y designados sus representantes, empezará a desarrollar sus funciones ofi cialmente el CCONNA. Artículo Noveno.- Dejar sin efecto la Ordenanza Municipal N° 267-2019/MDP, Ordenanza que aprueban la creación del Consejo Consultivo de Niñas y Niños del distrito de Pucusana. Articulo Décimo.- Encomendar a la Secretaria General la difusión y la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.munipucusana.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUAN JOSE CUYA ESPINOZA Alcalde 2212610-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Autorizan la celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2023 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 15-2023-MDLP La Perla, 24 de agosto de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de agosto de 2023 y el Dictamen Nº 07-2023-MDLP/COSS emitido por la Comisión Ordinaria de Servicios Sociales con fecha 17 de agosto de 2023;CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú establece que el Estado y la Comunidad protegen a la familia, promueve el matrimonio, reconociéndoles como Institutos Naturales y Fundamentales de la sociedad; Que, el Código Civil en su Artículo 233º establece que la regulación jurídica de la familia, tiene por fi nalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política del Perú; Que, el Artículo 234º del Código Civil señala que el matrimonio es la unión voluntaria concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de la norma sustantiva a fi n de hacer vida común; Que, el Artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efectos los Acuerdos; Que, el inciso 16 del Artículo 20ºde la Ley Nº 27972 establece que es facultad del Alcalde celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil; Que, existen en el Distrito de La Perla, numerosas parejas que viven en unión de hecho y que desean formalizar su estado civil, contrayendo matrimonio civil; Que, mediante Informe Nº 0049-2023-SGRC-SG- MDLP emitido por la Sub Gerencia de Registro Civil con fecha 24 de julio de 2023; Informe Nº 62-2023-SG-MDLP emitido por Secretaría General con fecha 31 de julio de 2023; Informe Nº 081-2023-SGPPM-GPPM/MDLP emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización con fecha 03 de agosto de 2023; Informe Nº 163-2023-GPPM/MDLP emitido por la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización con fecha 03 de agosto de 2023; Informe Nº 703-2023-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica con fecha 10 de agosto de 2023; Memorándum Nº 912-2023/GM-MDLP emitido por Gerencia Municipal con fecha 11 de agosto de 2023, las áreas competentes señalan la conformidad y procedencia para la aprobación del “Proyecto de Ordenanza que aprueba la Celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2023 de la Municipalidad Distrital de La Perla”; Que, mediante el Dictamen Nº 007–2023-MDLP/ COSS, la Comisión Ordinaria de Servicios Sociales, consideró por UNANIMIDAD recomendar al Concejo Municipal la aprobación del “Proyecto de Ordenanza que aprueba la celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2023 de la Municipalidad Distrital de La Perla”, amparado en los documentos señalados en el considerando anterior; Que, estando a las consideraciones expuestas y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta y con el voto por UNANIMIDAD, el Concejo Municipal ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2023 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2023, el mismo que se llevará a cabo el día 11 de noviembre del presente año, en el Mirador de La Perla, exonerando a los contrayentes del pago de derechos de apertura de expediente matrimonial, así como del acto de celebración, de la constancia de matrimonio y dispensa del plazo de publicación de edicto matrimonial.