NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (11/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 23
23 NORMAS LEGALES Lunes 11 de setiembre de 2023 El Peruano / en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, con Resolución N° 611-2011-RASS del 16.06.2011, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de Santiago de Surco, norma que consolida los servicios no exclusivos prestados por la Municipalidad, estableciendo los requisitos y costos de dichos servicios, que fuera modi fi cado posteriormente mediante la Resolución N° 140-2012-RASS del 16.02.2012; la Resolución N° 730-2015-MSS del 16.07.2015, la Resolución N° 940-2015-MSS del 11.09.2015, la Resolución N° 422-2017-MSS del 25.04.2017, la Resolución N° 517-2017-MSS del 22.05.2017, la Resolución N° 1138-2017-MSS del 17.11.2017, la Resolución N° 1159-2017-MSS del 17.11.2017, la Resolución N° 1215-2017-RASS del 13.12.2017, la Resolución N° 582-2018-RASS del 14.06.2018, la Resolución N° 1084-2018-RASS del 27.11.2018, la Resolución N° 949-2019-RASS del 19.09.2019, la Resolución N° 830-2020-RASS del 02.12.2020, la Resolución Nº 297-2021-RASS del 19.04.2021, la Resolución N° 487-2021-RASS de fecha 10.06.2021, la Resolución N° 514-2022-RASS de fecha 16.05.2022, la Resolución N° 98-2023-RASS de fecha 22.03.2023, la Resolución N° 104-2023-RASS de fecha 26.03.2023; y la Resolución N° 144-2023-RASS de fecha 14.06.2023; Que, mediante el Informe N° 426-2023-SGECTD- GDS-MSS de fecha 26.06.2023, la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, solicita la modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos, a fi n de hacer viable: a) El alquiler de stand de eventos relacionados a la promoción de la educación, cultura, turismo y deporte; a efectos de promover las ferias artesanales, comerciales, exposiciones conmemorativas en el marco de lo establecido en el Plan Operativo Institucional. b) El uso de la pista del circuito BMX; al ser el distrito de Santiago de Surco uno de los pocos municipios en el país que cuenta con un extenso circuito para alta competencia para la práctica de esa disciplina, además que el referido circuito se encuentra recién inaugurado. c) El uso del Skatepark Surco, al ser imprescindible su inclusión en TUSNE para su uso de persona naturales. d) Filmaciones en espacios deportivos, recreativos, y culturales administrados por la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, siempre y cuando se desarrollen de acuerdo a la política institucional. Que, por Informe Nº 202-2023-SGCC-GAF-MSS de fecha 01.08.2023, la Subgerencia de Contabilidad y Costos, es de opinión favorable sobre la modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos –TUSNE, correspondiente a los servicios de: i) Alquiler de Stand en Eventos Relacionados a la Promoción de la Educación, Cultura, Turismo y Deporte, ii) Circuito BMX, iii) Skatepark Surco y, iv) Filmaciones en Espacios Deportivos, Recreativos y Culturales que brinda la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte; fi nalmente, la Subgerencia de Contabilidad y Costos, valida y considera conforme las tarifas de mercado propuestas por el área usuaria;Que mediante el Memorándum N° 4487-2023-GAF- MSS de fecha 02.08.2023, la Gerencia de Administración y Finanzas, solicita la modi fi cación del TUSNE de la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, en virtud a los informes emitidos por la propia Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte; y, de la Subgerencia de Contabilidad y Costos; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 623-2023-GAJ-MSS del 14.08.2023, señala que el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado mediante Resolución N° 611-2011-RASS del 16.06.2011 y sus modi fi catorias, es un documento recopilador que consolida todos los servicios que no son prestados en exclusividad por la Municipalidad; en ese sentido, es de opinión que, es procedente la modi fi cación y actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, respecto a los servicios de Alquiler de Stand en Eventos Relacionados a la Promoción de la Educación, Cultura, Turismo y Deporte, Circuito BMX, Skatepark Surco y Filmaciones en Espacios Deportivos, Recreativos y Culturales; Que, la Gerencia Municipal, mediante el Memorándum N° 1643-2023-GM-MSS del 16.08.2023, mani fi esta su conformidad con la modi fi cación del TUSNE de la Municipalidad de Santiago de Surco, motivo por el cual solicita la emisión de la correspondiente Resolución de Alcaldía; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación al Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Santiago de Surco, - TUSNE, aprobado con Resolución N° 611-2011-RASS y modi fi catorias, incorporando los servicios y tarifas de: i) Servicios de Alquiler de Stand en Eventos Relacionados a la Promoción de la Educación, Cultura, Turismo y Deporte; ii) Circuito BMX; iii) Skatepark Surco y iv) Filmaciones en Espacios Deportivos, Recreativos y Culturales que, brinda la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, conforme se detallan en el anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del Resolución y el Anexo Nº 01 en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe), en la misma fecha de la publicación o fi cial, para su difusión. Artículo Tercero.- La presente Resolución tendrá vigencia al día siguiente de su publicación, conforme lo detallado en el artículo precedente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Gerencia de Desarrollo Social, y a la Subgerencia de Educación, Cultura, Turismo y Deporte, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2212562-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES