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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (19/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Martes 19 de setiembre de 2023 El Peruano / de San Miguel del predio denominado “FRANJA DE TERRENO ENTRE EL CIRCUITO DE PLAYAS Y LA AV. COSTANERA Y AV. BERTOLOTTO” ubicado en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima”, que encierra dentro de sus linderos un área grá fi ca de 217,219.48 m2. y un perímetro de 8,246.78 metros lineales, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2° del Acuerdo de Concejo N° 088-2023/MDSM. Artículo 2°.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Catastro y Unidad de Logística y Control Patrimonial, la elaboración, revisión, suscripción de documentos técnicos necesarios, levantamiento de observaciones, entre otros, para dar cumplimento del artículo primero del presente. Artículo 3°.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario O fi cial el Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Artículo 4°.- PUBLICAR el respectivo Aviso de Saneamiento Físico Legal en el Diario O fi cial “El Peruano” y un diario de circulación nacional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde AVISO DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL La Municipalidad Distrital de San Miguel, pone en conocimiento el saneamiento físico legal que viene efectuando en el marco de los artículos 21, 22 y 23 del TUO de la Ley Nº 29151 y su Reglamento, a fi n que las personas que pudieran ser afectadas en su derecho real puedan formular oposición en el plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la presente publicación: Predio(s) / Inmueble (s)/ Área m2/ Ubicación Partida Registral Uso Acto(s) de saneamiento El predio denominado “FRANJA DE TERRENO ENTRE EL CIRCUITO DE PLAYAS Y LA AV. COSTANERA Y AV. BERTOLOTTO”, con un área de 217,219.48 m2., se encuentra ubicado en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de LimaRecreación y vía pública, otros usos.Primera inscripción de Dominio o Inmatriculación. San Miguel, 22 de agosto de 2023 2213466-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Santiago ORDENANZA MUNICIPAL N° 002-2022-MDS/A-REGIÓN-ICA Ica, lunes 24 de enero de 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANTIAGO VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de enero de 2022, Memorando N° 197-2020-MDS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 173-2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 125-2020 de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N° 070-2020 de la Gerencia de Administración y Finanzas y documentos conexos, sobre el proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba los Procedimientos Administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad Distrital de Santiago, y: CONSIDERANDO:Que el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con su sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función Normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley conforme al Artículo 200 inciso 4) de la Carta Fundamental; Que, el numeral 8) del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas Municipales; asimismo, el Artículo 40 de la misma norma prescribe la formalidad que debe revestir la potestad legislativa de las municipales distritales al emitir ordenanzas en materia tributaria, disponiendo que estas sean rati fi cadas por municipales provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia; Que, el numeral 40.1 del Artículo 40 del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dispone que los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse exclusivamente en el caso de los gobiernos locales mediante Ordenanza Municipal, procedimientos que deben estar compendiados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA Que, mediante Ordenanza Municipal N° 014-2016- ALC/MDS-ICA de fecha 07 de abril de 2016 se aprueba el texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA 2016 de la Municipalidad Distrital de Santiago, el cual consta de 153 procedimientos Administrativos; rati fi cada por la Ordenanza Municipal N° 024-2016-MPI de fecha 01 de diciembre de 2016; Que, en el marco de la delegación de facultades en el Poder Ejecutivo para legislar Ley N° 30506 publicada el 09 de octubre de 2016, se dictaron, entre otros, diversas normas con el objeto de facilitar las inversiones y mejorar el clima de negocios, así como acciones de simpli fi cación administrativa para las entidades públicas, como el Decreto Legislativo N° 1200, que diversos artículos de la Leyes N° 28976 y 29664, a través de implementar medidas orientadas a la efectiva simpli fi cación de los procedimientos administrativos para el otorgamiento de las licencias de Funcionamiento e Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones (ITAE), Decreto Legislativo N° 1246, que aprueba diversas medidas de simpli fi cación administrativa, el Decreto Legislativo N° 1310, que aprueba medidas adicionales de simpli fi cación administrativa, el Decreto Legislativo N° 1256 que aprueba la Ley de Prevención de Eliminación de Barreras Burocráticas normas que obligan a que los procedimientos y servicios se adecuen a fi n de brindarle un trámite más ágil al administrativo, contexto normativo al cual se adecua la Ley 29090 y modi fi catorias y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 029-2019- Vivienda, dispositivo que establece las variaciones en la denominación, requisitos y actividades de los procedimientos que comprenden la emisión de licencias de edi fi cación y habilitación urbana; entre otros dispositivos legales; Que, producto de la contratación de una Consultoría para modi fi car y adecuar el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la MDS, se ha recepcionado la Carta S/N (Exp. N° 3272) de fecha 21 de setiembre de 2020; que adjunta el Informe Técnico que contiene; el Proyecto TUPA de la MDS, el Formato A; Informe resumen para la aprobación o modi fi cación del TUPA, el Formato B; formato de sustentación legal y técnica de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y el Reporte de Costos