NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 94
94 NORMAS LEGALES Sábado 23 de setiembre de 2023 El Peruano / – SNCP”, cuya fi nalidad es estandarizar y homogenizar los datos a fi n que permitan intercambiar y almacenar la información catastral de los predios y su vinculación con el Registro de Predios. Aprobándose también, la Directiva N° 02-2009-SNCP/ST, denominada “Declaración de Zona Catastrada”, cuya fi nalidad es establecer el procedimiento para la declaración de Zona Catastrada de un ámbito geográ fi co en el territorio nacional de acuerdo a la jurisdicción de la Entidad Generadora de Catastro; Que, el literal e) del artículo 4° de la Directiva N° 02-2009-SNCP/ST, de fi ne a la Zona Catastrada como el ámbito geográ fi co dentro del territorio nacional, cuyo levantamiento y cartografía catastral ha concluido. Dicha información se encuentra en formato digital e impreso, a fi n de ingresar a la Base de Datos del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial – SNCP de acuerdo a las normas vigentes del Sistema Catastral. Asimismo, en su artículo 5° se precisa las consideraciones generales, el procedimiento, los plazos y la responsabilidad de las partes Intervinientes (Entidades Generadoras de Catastro y Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial – SNCP), para su correcta aplicación y cumplimiento de la Directiva; Que, aunado a ello, el artículo 7° de la directiva antes mencionada estipula que la Secretaría Técnica del SNCP, dentro de los 60 días hábiles desde la recepción de la Resolución de Alcaldía o Acuerdo de Concejo, comunicará su conformidad u observación y la Entidad Generadora del Catastro (municipalidad) dentro de los 45 días hábiles, deberá subsanar las observaciones y remitirá la información a Secretaría Técnica del SCNP para su revisión y conformidad; Que, a través del Informe Técnico N.º 147-2023- MDJM/GDU/SCUC/KCR se señala que, habiéndose validado la Información Alfanumérica, Cartográ fi ca y Espacial, correspondientes a 12,942 Unidades Catastrales del Sector Catastral 03, se desarrolló el análisis y procesamiento de la Base Cartográ fi ca, se validó los layers de Código de Vías, nombre de vías de campo, nombre de vías generado por levantamiento catastral, número de lote urbano, número de manzana urbana, número de manzana urbana de campo referencial. Además, se realizó la edición y limpieza topológica digital, identi fi có las construcciones y tragaluces de cada lote catastral han sido separadas por niveles en diferentes layer, entre otras actividades que desarrollo COFOPRI dentro del marco del Convenio de Colaboración Interinstitucional. Por lo que se realizó la Asignación del Código Único Catastral – CUC, asignándose los rangos CUCs a 988 Lotes, 12,492 Unidades Catastrales como sigue: RANGOS C.U.C. ASIGNADOS PARA EL SECTOR CATASTRAL 03 SECTORLOTES CATASTRALESUUCC REGISTRADASCUC ASIGNADOS PREDIOS OBSERVADOS RANGO MATRIZ LOTES UCCC LOTES UUCC INICIAL FINAL 03 988 12,492 988 12,492 0 0 44787623 44788609 Nota: Según el O fi cio N°D000192-2021-COFOPRI-ST-SNCP de fecha 26.05.2021 se asignó el CUC N°447876210000 al Lote Catastral 001, Manzana Catastral 031. Que, culminado el proceso de Asignación CUCs, se obtiene el Plano Catastral a nivel de Lote Catastral, así como el Formato de remisión de los CUCs asignados a los Predios Catastrales. Por lo que, habiéndose realizado la Exposición Pública del Plano Catastral y el Reporte de los Titulares Catastrales del sector 03 del Distrito de Jesús María en la Página Web de la Municipalidad, así como en Redes Sociales y publicadas en el Palacio Municipal Av. Francisco Javier Mariátegui N°850, así como el Local Municipal Ubicado en la Avenida Cuba N°749, y habiendo atendido a los Titulares Catastrales en sus consultas, No hubo observaciones durante este periodo de publicación, ni posterior a ella; correspondiendo emitir la Resolución de Alcaldía, Declarando Zona Catastrada al Sector Catastral 03 y posteriormente su publicación en el Diario “El Peruano”, en concordancia con la Ley N° 28294, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2006-JUS de la Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su Vinculación con el Registro de Predios y la Directiva N° 01-2009-SNCP/ST y Directiva N° 02-2009-SNCP/ST, aprobadas con Resolución N° 01-2009-SNCP/CNC; Que, con Informe N° 012-2023-MDJM-GDU, de fecha 05 de Julio del 2023, la Gerencia de Desarrollo Urbano, señala que debe declararse como Zona Catastrada al Sector Catastral 03 del Distrito de Jesús María – Provincia de Lima, por cuanto su Levantamiento y Cartografía Catastral han concluido y se debe remitir en Formato Digital a Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial – SNCP; Que, el numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que es atribución del alcalde dictar decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas. Asimismo, el artículo 43 de la norma acotada indica que las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; Contando con el pronunciamiento de la Subgerencia de Control Urbano y Catastro, la Gerencia de Desarrollo Urbano, la opinión legal procedente de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y Registro Civil, en uso de las facultades conferidas por el inciso 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR COMO ZONA CATASTRADA AL SECTOR CATASTRAL 03 DEL DISTRITO DE JESUS MARIA – PROVINCIA DE LIMA, por cuanto su Levantamiento y Cartografía Catastral han concluido tal como sigue: RANGOS C.U.C. ASIGNADOS PARA EL SECTOR CATASTRAL 03 SECTORLOTES CATASTRALESUUCC REGISTRADASCUC ASIGNADOSPREDIOS OBSERVADOSRANGO MATRIZ LOTES UCCC LOTES UUCC INICIAL FINAL 03 988 12,492 988 12,492 0 0 44787623 44788609 Nota: Según el O fi cio N° D000192-2021-COFOPRI-ST-SNCP de fecha 26.05.2021 se asignó el CUC N°447876210000 al Lote Catastral 001, Manzana Catastral 031. Artículo Segundo.- APROBAR el Plano Catastral, el Reporte de Titulares Catastrales, la Cartografía Catastral y la Base de Datos Catastral. Artículo Tercero.- REMITIR en formato digital a la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial – SNCP, conjuntamente con el Plano, Reporte, Cartografía y Base de Datos Catastral.Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Subgerencia de Control Urbano y Catastro el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y encárguese a la Gerencia de Informática su publicación en el Portal Institucional www.munijesusmaria.