NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/09/2023)
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90 NORMAS LEGALES Sábado 23 de setiembre de 2023 El Peruano / publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Chorrillos (www.munichorrillos.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese, pubíquese y cúmplase.FERNANDO E. VELASCO HUAMAN Alcalde 2216637-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza Municipal que otorga descuentos por el pago adelantado de arbitrios municipales 2023 y establece otros beneficios tributarios ORDENANZA MUNICIPAL N° 677/MDC Comas, 21 de setiembre de 2023EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de setiembre de 2023, el Informe Nº58-2023-GAT/MDC de fecha 13 de setiembre de 2023, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N°049-2023-JMT-OGPP/MDC de fecha 14 de setiembre de 2023, emitido por el técnico de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N°145- 2023-OGPP/MDC de fecha 14 de setiembre de 2023, de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N°934-2023-OGAJ/MDC de fecha 18 de setiembre de 2023, emitido por la O fi cina de General de Asesoría Jurídica y el Proveído N°1650-2023-GM/MC de fecha 18 de setiembre de 2023 de la Gerencia Municipal, la Carta N°14-2023-CEAFPPT de fecha 19 de setiembre de 2023, del Presidente de la Comisión de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y Tributación Municipal respecto a la Sesión de Comisión concluyendo con el Dictamen N°18-2023-CEAFPPT/MDC de fecha 20 de setiembre de 2023, concernientes al proyecto de “ORDENANZA MUNICIPAL QUE OTORGA DESCUENTOS POR EL PAGO ADELANTADO DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2023 Y ESTABLECE OTROS BENEFICIOS TRIBUTARIOS”; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prevé que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos los locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”; Que, la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N°133-2013-EF, dispone que: Solo por Ley o por Decreto Legislativo, en caso de delegación, se puede (…) b) Conceder exoneraciones y otros bene fi cios tributarios; (…). Los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley (…); Que, el artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado con Decreto Supremo N°156-2004-EF, señala que: Conforme a lo dispuesto por el numeral 4 del artículo 195 y por el artículo 74 de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modi fi can y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fi ja la Ley (…); Que, mediante Informe N°58-2023-GAT/MDC de fecha 13 de septiembre del presente año, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que la propuesta de la Administración Tributaria consiste en otorgar un descuento de 15% en el pago adelantado de los arbitrios de setiembre a diciembre de 2023 para el uso de casa habitación y 10% para otros usos distintos condicionado al pago de impuesto predial 2023 y la exoneración del pago de intereses moratorios a la fecha, tanto en impuesto predial como en arbitrios del ejercicio 2023. Las cuotas de arbitrios no pagadas de enero a agosto estarían sujetas a un descuento de 10% para casa habitación y 5% para otros usos. Asimismo, la citada propuesta está orientada también a condonar el pago de intereses moratorios a deudas de ejercicios anteriores condicionado al pago de los tributos determinados para el presente ejercicio; Que, la Gerencia de Administración Tributaria, a través del informe señalado anteriormente, señala también que, para las deudas de quienes a la fecha no se encuentran activos en el registro de contribuyentes por haber transferido su predio en años anteriores y respecto a las cuales las acciones de cobranza resultan onerosas por la falta de vigencia fáctica del domicilio fi scal, es propuesta de esta Administración Tributaria la condonación de intereses moratorios a la cancelación de la totalidad de la deuda en vigencia de la presente propuesta; Que, mediante Informe N°145-2023-OGPP/MDC de fecha 14 de setiembre de 2023, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto hace suyo el Informe N°049- 2023-JMT-OGPP/MDC del técnico de su Gerencia, en el que señala que por Ordenanza Municipal N°646/MDC, publicada el 24 de diciembre de 2022, se aprobó el Marco Normativo del Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines públicos y serenazgo para el ejercicio 2023 en la jurisdicción del distrito de Comas, concluyendo que dicho proyecto de ordenanza bene fi ciaría a un gran número de contribuyentes que se acojan a ella, en tanto dure su vigencia; asimismo, permitiría a la Entidad cumplir con el Compromiso 2 señalado en el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) en la Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2024; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N°934-2023-OGAJ/MDC de fecha 18 de setiembre de 2023, considera que teniendo en cuenta las opiniones técnicas que fundamentan el proyecto de ordenanza que otorga descuentos por el pago adelantado de arbitrios municipales 2023 y establece otros bene fi cios tributarios, opina que resulta procedente su aprobación, debiendo elevarse al Concejo Municipal para su debate y aprobación; Que, el artículo 9, numeral 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que corresponde al Concejo Municipal; aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Estando al Dictamen N°018-2023-CEAFPPTM/MDC de fecha 20 de setiembre de 2023, de la Comisión de Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y Tributación Municipal de la Municipalidad Distrital de Comas, que recomienda aprobar el proyecto de “ORDENANZA MUNICIPAL QUE OTORGA DESCUENTOS POR EL PAGO ADELANTADO DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2023 Y ESTABLECE OTROS BENEFICIOS TRIBUTARIOS”, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9 y artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores y con la