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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Sábado 23 de setiembre de 2023 El Peruano / de la presente ordenanza, gozarán de los siguientes bene fi cios: a. RESPECTO DEL IMPUESTO PREDIAL Los contribuyentes que tengan predios de uso casa habitación con un área construida menor o igual a 300 m2, así como predios que además del uso casa habitación cuenten con uno o más anexos destinados a comercio y/o servicios en general con un área menor o igual a 25m2 y mantengan deudas vencidas o por vencer por impuesto predial generadas hasta el año 2023, cualquiera que sea su estado de cobranza, tendrán derecho a la condonación del 100% de intereses moratorios, por el pago total o parcial de la deuda, a excepción de los derechos de emisión y reajuste del Impuesto Predial (IPM), de acuerdo al inciso b) del Artículo 15º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF del TUO de la Ley de Tributación Municipal, siempre que cumplan con cancelar previamente el íntegro del impuesto predial 2023. Los contribuyentes que tengan uno o más predios que no cumplan con las características señaladas en el párrafo anterior podrán acceder a la condonación del 10% de intereses moratorios, por el pago total o parcial de la deuda, a excepción de los derechos de emisión y reajuste del Impuesto Predial (IPM), de acuerdo al inciso b) del Artículo 15º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF del TUO de la Ley de Tributación Municipal, siempre que cumplan con cancelar previamente el íntegro del impuesto predial 2023. b. RESPECTO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALESb.1. Incentivos para predios de uso casa habitación con un área construida menor o igual a 300m2 Condonación del 100% de intereses, moras y derechos de emisión generados hasta el año 2023, para los predios de uso casa habitación con un área construida de hasta 300m2. Adicionalmente, se otorgará un descuento en el monto insoluto de los arbitrios municipales, de acuerdo a las escalas que se muestran en el siguiente cuadro: CONCEPTO USO: CASA HABITACIÓN CON UN ÁREA CONSTRUIDA MENOR O IGUAL A 300 M2AÑO DE DEUDADESCUENTO EN EL MONTO INSOLUTO POR ARBITRIOS MUNICIPALES ARBITRIOS MUNICIPALESHASTA EL AÑO 201595% 2016 85% 2017 85% 2018 65% 2019 35% 2020 25% 2021 20% 2022 15% Para el acogimiento de los descuentos en el insoluto de los arbitrios establecidos en el cuadro precedente, el contribuyente deberá realizar previamente el pago total anual del impuesto predial del año 2023. También podrán acogerse a los descuentos antes señalados aquellos deudores tributarios que hubieran cancelado con anterioridad, no se hubiera generado, o no le correspondiera el pago total anual del impuesto predial del año 2023. b.2. Incentivos para predios que además del uso casa habitación cuenten con uno o más anexos destinados a comercio y/o servicios en general con un área menor o igual a 25m2 Condonación del 100% de intereses, moras y derechos de emisión generados hasta el año 2023, por el pago total o parcial de la deuda para los predios que además del uso casa habitación cuenten con uno o más anexos destinados a comercio y/o servicios en general con un área menor o igual a 25m2. Adicionalmente, se otorgará un descuento en el monto insoluto de los arbitrios municipales, de acuerdo a las escalas que se muestran en el siguiente cuadro:CONCEPTO USO PARCIAL: COMERCIO Y/O SERVICIOS EN GENERAL CON UN ÁREA MENOR O IGUAL A 25M2 AÑO DE DEUDADESCUENTO EN EL MONTO INSOLUTO POR ARBITRIOS MUNICIPALES ARBITRIOS MUNICIPALESHASTA EL AÑO 2015 90% 2016 80% 2017 80% 2018 60% 2019 30% 2020 20% 2021 15% 2022 10% Para el acogimiento de los descuentos en el insoluto de los arbitrios establecidos en el cuadro precedente, el contribuyente deberá realizar previamente el pago total anual del impuesto predial del año 2023. También podrán acogerse a los descuentos antes señalados aquellos deudores tributarios que hubieran cancelado con anterioridad, no se hubiera generado, o no le correspondiera el pago total anual del impuesto predial del año 2023. b.3. Incentivos para predios de uso cochera, azotea, tendal y depósito Condonación del 100% de intereses, moras y derechos de emisión generados hasta el año 2023, a los predios de uso cochera, azotea, tendal y depósito para propietarios de un único predio de uso casa habitación. Adicionalmente, se otorgará un descuento en el monto insoluto de los arbitrios municipales, de acuerdo a las escalas que se muestran en el siguiente cuadro: CONCEPTO USO: COCHERA, AZOTEA, TENDAL Y DEPÓSITOAÑO DE DEUDADESCUENTO EN EL MONTO INSOLUTO POR ARBITRIOS MUNICIPALES ARBITRIOS MUNICIPALESHASTA EL AÑO 2015 90% 2016 80% 2017 80% 2018 60% 2019 30% 2020 20% 2021 15%2022 10% Para el acogimiento de los descuentos en el insoluto de los arbitrios establecidos en el cuadro precedente, el contribuyente deberá realizar previamente el pago total anual del impuesto predial del año 2023. También podrán acogerse a los descuentos antes señalados aquellos deudores tributarios que hubieran cancelado con anterioridad, no se hubiera generado, o no le correspondiera el pago total anual del impuesto predial del año 2023. b.4.Incentivos para predios con usos distintos a los señalados en los puntos b.1, b2 y b.3 Condonación del 10% de intereses, moras y derechos de emisión generados hasta el año 2023, por el pago total o parcial de la deuda brindándole al contribuyente, la oportunidad de elegir el periodo del tributo a cancelar. Para el acogimiento de los descuentos en el insoluto de los arbitrios establecidos en el cuadro precedente, el contribuyente deberá realizar previamente el pago total anual del impuesto predial del año 2023. c. Respecto de las Multas Tributarias Condonación del 100% de la Multa Tributaria generada hasta el año 2022, por infracciones estipuladas en el artículo 176º del Texto Único Ordenado del Código