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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Viernes 29 de setiembre de 2023 El Peruano / 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, se establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Del o fi cio N° 1311-2023-MP-FN-PJFSAREQUIPA, cursado por el abogado Ciro Alejo Manzano, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, se desprende que la abogada Lucia Fiorella Villanueva Uria, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Condesuyos y destacada de apoyo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Pedregal, con sede en Pedregal, presenta de fi ciencias en el ejercicio de las investigaciones fi scales a su cargo debido a que mantiene un retraso en la atención de su carga laboral, lo cual no se encuentra de acuerdo con los objetivos estratégicos de la política institucional. Lo mencionado se condice con lo señalado en el o fi cio N° 430-2023-MP-FN-FPPCEP, suscrito por el abogado José Manuel Lazo Paz, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de El Pedregal, Distrito Fiscal de Arequipa, designado en éste último Despacho mencionado, y los documentos anexos al informe N° 13-2023-MP-FN-UEDFAREQ-AGI, elaborado por Giovanna Cecilia Ramos Mamani, Especialista Administrativo del Área de Indicadores de Arequipa; en ese sentido, solicita la conclusión de su nombramiento y designación. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, se hace oportuno, emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de dar por concluido el nombramiento y designación del personal fi scal mencionado que ocupa provisionalmente la plaza señalada en el primer párrafo de la parte considerativa de la presente Resolución. Asimismo, considerando que mediante el o fi cio citado en el párrafo precedente se formuló la propuesta de reemplazo respectivo y se remitió la documentación correspondiente; se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo de Fiscal Adjunto Provincial para la Fiscalía Provincial Mixta de Condesuyos y dada la necesidad de servicio destacarlo al Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Pedregal, con sede en Pedregal, nombramiento, designación y destaque que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N° 31718.SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Lucia Fiorella Villanueva Uria, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Condesuyos, así como su destaque para que preste apoyo al Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Pedregal, con sede en Pedregal, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 1451-2017-MP-FN y 1507-2023-MP-FN, de fechas 05 de mayo de 2017 y 26 de junio de 2023, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Maribel Sánchez Chuvi, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Condesuyos, y destacándola para que preste apoyo al Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Pedregal, con sede en Pedregal. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento, designación y destaque señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscalesvh, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a las abogados mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2219884-1 Designan Fiscal Provincial Titular Civil y Familia de Jauja, Distrito Fiscal de Junín, en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Jauja RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2452-2023-MP-FN Lima, 28 de setiembre de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:En mérito a la Ley N° 30944, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 08 de mayo de 2019, se dispuso, entre otros, la creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, así como la modi fi cación del artículo 51° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, disponiéndose en su numeral 51.1 que: “La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público es el órgano del Ministerio Público, que tiene a su cargo el control funcional de los fi scales de todos los niveles y del personal de función fi scal del Ministerio Público, salvo el caso de los fi scales supremos que es competencia exclusiva de la Junta Nacional de Justicia. Y, en su numeral 51.2 que: “El control funcional comprende la prevención, supervisión, inspección, investigación, instauración del procedimiento disciplinario e imposición de la sanción conforme a la Ley 30483, Ley de Carrera Fiscal”. Así también, en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la precitada Ley, se establece, entre otro, que en las normas donde se mencione a la Fiscalía Suprema