NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 108
TEXTO PAGINA: 61
61 NORMAS LEGALES Viernes 29 de setiembre de 2023 El Peruano / Departamento de Protección Vegetal del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología agraria y alimentaria (INIA) Madrid-España, realizará actividades de investigación en el área de fi topatología, hongos fi topatógenos y control biológico de enfermedades vegetales, por lo que persigue un fi n institucional, resultando de interés institucional autorizar su viaje en comisión de servicios a Madrid-Republica de España, desde el 23 de octubre al 10 de noviembre del presente año; Que, mediante Memorándum Nº 425-2023-UNDC/CO/ AOM-P de fecha 13/09/2023, la PCO deriva los actuados del referido expediente evaluado en su oportunidad a Secretaría General para la emisión de acto resolutivo correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y su modi fi catoria, y en la Resolución Viceministerial Nº 069-2022-MINEDU, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete y demás normas concordantes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en Comisión de Servicios de la Dra. Betsabe Leon Ttacca, Docente Ordinaria e Investigadora de la Universidad Nacional de Cañete, para que participe en la pasantía de investigación en el Departamento de Protección Vegetal del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) Madrid-España, a realizarse del 23 de octubre al 10 de noviembre de 2023. Artículo Segundo.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos, y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo primero de la presente Resolución Presidencial, son cubiertos con cargo al presupuesto institucional 2023 del Pliego 547: Universidad Nacional de Cañete, de acuerdo al siguiente detalle: NOMBRES Y APELLIDOS PASAJE AÉREOVIÁTICOS TOTAL BETSABE LEON TTACCA S/ 5,550.00 S/ 4,255.00 S/ 9,805.00 Artículo Tercero.- FACULTAR, a la Dirección General de Administración, para que realice los trámites necesarios para el cumplimiento de la presente Resolución, teniendo en cuenta la normativa vigente. Artículo Cuarto.- EXORTAR, a la Dra. Betsabe Leon Ttacca, que a los quince (15) días calendario siguientes a su retorno del viaje, presente un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Asimismo, presentar su rendición de cuentas en el mismo plazo establecido conforme a Ley. Artículo Quinto.- DISPONER, la noti fi cación de la presente Resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional de Cañete, así como a la interesada para su conocimiento, cumplimiento y demás fi nes pertinentes. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información, la publicación en el portal Institucional de la Universidad Nacional de Cañete. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.ARNULFO ORTEGA MALLQUI Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE Secretario General de laUniversidad Nacional de Cañete 2219871-1Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN N° 1907-R-2023 Huancayo, 19 de junio 2023EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ; Visto, el informe técnico Nº 016-2023-UM/UNCP del 04 de mayo 2023, presentado por la jefatura de Modernización, sobre la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la UNCP. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil– SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fi n de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil; Que, el Artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1023, dispone que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de recursos humanos; Que, los literales b) e i) del Artículo 2° del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM (RGLSC), establecen que la Autoridad Nacional del Servicio Civil tiene por funciones dictar normas técnicas para el desarrollo e implementación del Sistema, así como aprobar los documentos e instrumentos de gestión, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia; Que, el Artículo 3° del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modi fi catorias, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el Subsistema de organización del trabajo y su distribución defi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones; así como, los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas. Los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Diseño de los puestos, y, b) Administración de puestos; Que, el Anexo N° 4 de la Directiva “Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad—CPE”, cuya aprobación fue formalizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE, contiene las reglas de la elaboración y aprobación del CAP Provisional por parte de las entidades de la administración pública; Que, mediante Resolución N° 2334-CU-2022, se resuelve aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional del Centro del Perú; Que, la jefatura de Modernización, informa que, en el marco de los numerales 6.1.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, formalizado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N°150-2021-SERVIR-PE, propone que el proyecto del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional del Centro del Perú se eleve al Rector, previa opinión favorable de la Unidad de Modernización en lo concerniente al ámbito de su competencia. Por todo lo revisado la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos cumple con todas las reglas generales y normas para acreditar la clasi fi cación dispuesta por la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público y los lineamientos de la Directiva N° 006-2021-PCM;