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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Viernes 29 de setiembre de 2023 El Peruano / presentada por la empresa CONSORCIO ELECTRICO DE VILLACURI S.A.C. -C.V.C. ENERGIA-, la Resolución Gerencial Regional Nº 019-2023-GRDE.MOQ de fecha 11.06.2023, el Informe Nº 169-2023-GRM/GRDE/DREM/DEN-RHCC, de 18 de setiembre del 2023, el Informe Legal Nº 218-2023-SNVT-OAJ/DREM.M-GRM de fecha 19 de setiembre del 2023; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 191º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Art. 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el literal a) del Art. 59º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prevé que en cuanto a funciones en materia de energía, minas e hidrocarburos los Gobiernos Regionales deben “Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, fi scalizar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de energía, minas e hidrocarburos de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales”; Que, mediante documento CEV Nº 257-2022/LEG. LEG de fecha 24 de marzo del 2022, el Expediente Nº 2022-0623 con fecha de registro 24 de marzo de 2022, la empresa CONSORCIO ELÉCTRICO DE VILLACURÍ S.A.C (C.V.C. ENERGIA) solicita el otorgamiento de la Concesión De fi nitiva de Distribución del Proyecto de Distribución Eléctrica 22.9 KV Proyecto Pasto Grande, ubicado en la provincia de Ilo, y provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; Que, mediante Resolución Gerencial Regional Nº 019-2023-GRDE.MOQ, de fecha 11 de junio del 2023, ingresada a la Dirección Regional de Energia y Minas Moquegua mediante Expediente Nº 2023-1614, el 18 de julio del 2023, retrotrae el procedimiento hasta el nuevo pronunciamiento sobre la solicitud de concesión de fi nitiva de Distribución Eléctrica Proyecto Pasto Grande, incidente promovido por parte de CVS ENERGIA derecho que le asiste, al presentar su Recurso de Apelación, contra la Resolución Directoral Nº 034-2023-DREM.M-GRM; Que, de conformidad con el artículo 28 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la solicitud de concesión que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 25, debe resolverse en un plazo máximo de sesenta días hábiles a partir de la fecha de su presentación, sin considerar la presentación de los incidentes que se promuevan, los cuales suspenderán el plazo hasta que queden resueltos; asimismo, el referido artículo establece que la concesión de fi nitiva será otorgada por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas o por el Gobierno Regional cuando corresponda, esto es la Dirección Regional de Energia y Minas Moquegua Añadido nuestro; Que, el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece los requisitos para el otorgamiento de una concesión de fi nitiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Que, el segundo párrafo del artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, dispone que “(…) La Resolución Ministerial de otorgamiento de la concesión (Gobierno Regional), aprobará el respectivo Contrato de Concesión, y autorizará al Director General de Electricidad o a quien haga sus veces, para intervenir en la celebración del mismo a nombre del Estado. La Resolución conjuntamente con el contrato, será noti fi cada al peticionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición para que la acepte y suscriba el Contrato de Concesión conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley (…)”; Que, según los Informes de Vistos, la Dirección de Energia de la Dirección Regional de Energia y Minas Moquegua y la O fi cina de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han veri fi cado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, asimismo el Texto Único de Procedimiento del Gobierno Regional de Moquegua Ordenanza Regional Nº 006-2022-GR/GRM PE781217999 “Concesión De fi nitiva de Distribución de Energia Eléctrica”; por lo que consideran procedente otorgar la Concesión De fi nitiva de Distribución Eléctrica 22.9 KV en el Proyecto Pasto Grande; De conformidad con las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, el TUO de la Ley Nº 27444 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado con Decreto Supremo Nº 009-93-EM; el ROF de la Dirección Regional de Energia y Minas Ordenanza Regional Nº 01-2013-CR/GRM, el TUPA del Gobierno Regional de Moquegua O.R. Nº 006-2022-CR/GRM; Informe Nº 169-2023-GRM/GRDE/DREM/DEN-RHCCC; y en uso de las atribuciones conferidas por La Resolución Ejecutiva Regional Nº 10-2023-GR/MOQ de fecha 03 de enero del 2023, y demás normas complementarias: SE RESUELVE:Artículo Primero.- Otorgar a favor de la Empresa CONSORCIO ELECTRICO DE VILLACURI S.A.C. (C.V.C. ENERGIA) la “CONCESIÓN DEFINITIVA DE DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA” para el proyecto de distribución eléctrica 22.9 KV – Proyecto Pasto Grande, ubicado en la provincia de Ilo, y provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, en los términos y condiciones de la presente Resolución Directoral Regional y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Aprobar el Contrato de “CONCESIÓN DEFINITIVA DE DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA” para el proyecto de distribución eléctrica 22.9 KV Proyecto Pasto Grande, ubicado en la provincia de Ilo, y provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, a suscribirse entre la Dirección Regional de Energia y Minas Moquegua y la Empresa CONSORCIO ELECTRICO DE VILLACURI S.A.C. (C.V.C. ENERGIA) para el proyecto de distribución eléctrica 22.9 KV Proyecto Pasto Grande, ubicado en la provincia de Ilo, y provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, autorizándose al Director Regional de Energia y Minas a suscribir, en representación del Estado. Artículo Tercero.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral Regional en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión De fi nitiva de Distribución de Energia Eléctrica relacionado el proyecto de distribución eléctrica 22.9 KV Proyecto Pasto Grande-, ubicado en la provincia de Ilo, y provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, referido en el artículo 2 de la presente Resolución Directoral Regional, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Regional por una sola vez en el diario o fi cial “El Peruano”, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la empresa CONSORCIO ELECTRICO DE VILLACURI S.A.C. (C.V.C. ENERGIA) para el proyecto de distribución eléctrica 22.9 KV – Proyecto Pasto Grande, ubicado en la provincia de Ilo, y provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JESUS ANTONIO DURAN ESTUCO Director Regional de Energía y Minas 2219848-1