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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (02/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Martes 2 de abril de 2024 El Peruano / Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-03-2024/DTIE, referido a los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográ fi cas, correspondientes al mes de marzo de 2024, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográ fi cas, correspondientes al mes de marzo de 2024, que a la fecha cuentan con la información requerida, tal como se detalla a continuación: ---------------------------------------------------------------------------- ÍNDICE MARZO 2024 CÓDIGO ---------------------------------------------------------------------------- 30 671,28 34 653,42 39 568,63 47 742,39 49 432,41 53 1149,75 ---------------------------------------------------------------------------- Regístrese y comuníquese.PETER ABAD ALTAMIRANO Jefe (e) 2275279-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen como representante alterno de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada al Director Nacional de Investigación Criminal – DIRNIC PNP, y dictan otras disposiciones COMISIÓN DISTRITAL DE IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000001-2024-P-CDI-CSNJPE-PJ Lima, 26 de marzo del 2024ANTECEDENTES: I. Mediante Resolución Administrativa Nº 000001-2023-P-CDI-CSNJPE-PJ, de fecha 02 de agosto de 2023, entre otros, se reconforma la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada –en adelante CSN–, para el periodo 2023-2024. II. El O fi cio Nº D000359-2023-IN-VOI, cursado por el Viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior, en donde solicita que se considere como miembro alterno del Ministerio del Interior al Director Nacional de Investigación Criminal (DIRNIC PNP). III. El O fi cio Nº 073-2023/JUDECAP, cursado por el presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, en donde pone en conocimiento a los nuevos representantes. FUNDAMENTOS: 1. Sobre la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la CSN: en mérito a lo establecido en los artículos 33 y 34 del Reglamento de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-JUS, se conformó la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la CSN, a través de la Resolución Administrativa Nº 000001-2023-P-CDI-CSNJPE-PJ, integrada por los representantes del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Ministerio del Interior. 2. Sobre el representante alterno del Ministerio del Interior: en el artículo tercero de la resolución administrativa citada precedentemente, se estableció que el representante alterno designado por el Ministerio del Interior conformará la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la CSN, solo en ausencia del representante titular designado, siendo el Director(a) contra Delitos de Crimen Organizado. Al respecto, se ha recibido el O fi cio Nº D000359-2023-IN-VOI, en donde el Viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior solicita que se considere como miembro alterno del Ministerio del Interior ante la Comisión, al Director Nacional de Investigación Criminal (DIRNIC PNP). 3. En este contexto, corresponde a este despacho establecer como representante alterno de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la CSN al Director Nacional de Investigación Criminal (DIRNIC PNP), quien conformará la referida comisión, solo en ausencia del representante titular designado. 4. Sobre los representantes del Colegio de Abogados: en los artículos cuarto y quinto de la resolución administrativa citada precedentemente, se o fi cializó la inclusión del doctor Alfredo Álvarez Díaz, presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, como representante titular de la mencionada institución en la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la CSN y se estableció que el representante alterno doctor Nelson Palacios Mattos, tesorero de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, participará en la referida comisión, en caso de ausencia del representante titular designado. Al respecto, se ha recibido el O fi cio Nº 073-2023/JUDECAP, en donde el presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú ha designado a los nuevos representantes ante la referida comisión. 5. En este contexto, habiendo designado como representante titular a la abogada Yanina Alcca Ramírez, vicepresidenta de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú – Decana del Ilustre Colegio de Abogados de Huaura, y como representante alterno al abogado José Luis Silvestre Cortez, Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Lima Este; corresponde ofi cializar la inclusión de los mismos en la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la CSN. 6. La Presidencia es el órgano de dirección de la CSN y representa al Poder Judicial en el territorio nacional, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa Nº 318-2018-CE-PJ, asimismo, como presidente de la Comisión Distrital de Implementación tiene la obligación de garantizar el cumplimiento de las funciones y atribuciones establecidas en los artículos 39 y 40 del Reglamento de la Comisión Especial de Implementación del Código