Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (08/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Lunes 8 de abril de 2024 El Peruano / de Ucayali – señor Manuel Jesús Antonio Huamán, del 13 al 23 de noviembre de 2023, con la fi nalidad de participar en el Foro de Economía Innovadora de Corea y Perú, a llevarse a cabo en Gwang Ju - Seúl – República de Corea del Sur, los días 15 al 21 de noviembre de 2023. Artículo Segundo.- ESTABLECER que la participación del Consejero Regional - señor Manuel Jesús Antonio Huamán, a la invitación indicada en el Artículo Primero, no irroga gastos al Gobierno Regional de Ucayali, sobre hospedaje, alimentación y traslado en Gwang Ju- Seúl – República de Korea del Sur. Artículo Tercero.- ESTABLECER que KPIED – Asociación para el Desarrollo de la Industria Fotónica de Korea (Korea Association Photonics Industry Developmkent), cubrirá el 70% del pasaje aéreo internacional la ruta Lima Perú – Seúl Korea del Sur – Lima Perú; y el 30% del costo del pasaje será cubierto por el Gobierno Regional de Ucayali. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que el Consejero Regional – señor Manuel Jesús Antonio Huamán, a su retorno cumpla con informar por escrito al Consejo Regional sobre las actividades realizadas. Artículo Quinto.- REMITASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Sexto.- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, para su conocimiento y fi nes. Artículo Séptimo.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”; así mismo, publicarse en un Diario de mayor circulación de la Capital de la Región, y a la O fi cina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.MANUEL JESUS ANTONIO HUAMAN PresidenteConsejo Regional 2227974-1 Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Archivo Regional del Gobierno Regional de Ucayali RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 473-2023-GRU-GR Pucallpa, 3 de octubre de 2023VISTO; El INFORME Nº 199-2023-GRU-GRPP-SGDI, INFORME TECNICO Nº 012-2023-GRU-GRPP-SGDI/ PPR, OFICIO Nº 139-2023-GRU-GGR-ARU, INFORME LEGAL Nº 059-2023-GRU-GGR-ORAJ/TTC y el TUSNE que consta de 2 procedimientos; CONSIDERANDO: Que, conforme con el Artìculo 191º de la Constitucion Polìtica del Perù, concondante con el Artìculo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales, son personas jurìdicas de derecho pùblico, con autonomia polìtica,econòmica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, Que, el numeral 1.1 del Artículo 1º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, de conformidad con el numeral 43.4 del Artículo 43º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS,señala que, “ Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el Artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal ”; Que, con la fi nalidad acotada precedentemente, la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, ha regulado los procedimientos a través de los cuales se delimita y autoriza de manera especí fi ca el desarrollo de actividades por Ley expresa y con carácter subsidiario, pueden realizar las Entidades del Sector Público; Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 088- 2001-PCM, establece que, el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; asimismo establece que la resolución acotada debe ser publicada en la misma oportunidad en que se publica el TUPA de la Entidad; Que, mediante OFICIO Nº 139-2023-GRU-GGR- ARU de fecha 04 de julio de 2023 el Director del Archivo Regional de Ucayali presenta la propuesta del TUSNE. Que, mediante INFORME Nº 199-2023-GRU-GRPP- SGDI de fecha 16 de agosto de 2023, el Subgerente de Desarrollo Institucional solicita la aprobación mediante Resolución Ejecutiva Regional; en mérito al INFORME TECNICO Nº 012-2023-GRU-GRPP-SGDI/PPR de fecha 15 de agosto de 2023, en el cual concluye: De la revisión y evaluación efectuada a la propuesta del TUSNE a cargo del Archivo Regional de Ucayali, cumple con las disposiciones legales; Que, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, mediante INFORME LEGAL Nº 059-2023-GRU-GGR-ORAJ/TTC de fecha 28 de agosto de 2023, concluye: La propuesta del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE del Archivo Regional de Ucayali, ha sido revisada y evaluada por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional en el marco de su competencia; y conforme a lo dispuesto en el Artículo 43º numeral 43.4 del TUO de la Ley Nº 27444; corresponde APROBAR al Titular de la entidad, mediante una Resolución Ejecutiva Regional . Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Administración, Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y Subgerencia de Desarrollo Institucional; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Archivo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, que consta de dos (2) procedimientos; que forma parte como Anexo de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en su portal institucional. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución al Archivo Regional. Regístrese y comuníquese.MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 2222155-1