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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (08/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Lunes 8 de abril de 2024 El Peruano / Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modi fi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de setiembre de 2023, se aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR como prioridad regional la “Política Pública Regional Multisectorial de Lucha Contra la Anemia y la Desnutrición Crónica Infantil”, en el marco de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social y la Política Nacional Multisectorial para las niñas, niños y adolescentes, cuya fi nalidad es garantizar la calidad de vida de los niños y niñas de la Primera Infancia, mediante la mejora de los servicios vinculados al Desarrollo Infantil Temprano, con énfasis en el abordaje de la anemia y la desnutrición crónica infantil. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la responsabilidad de promover la elaboración del Plan Regional Multisectorial de Lucha contra la Anemia y la Desnutrición Crónica Infantil, en un plazo no mayor a 60 días calendario, el mismo que deberá ser actualizado y replanteado por cada Gobierno Regional en base a la realidad del período en que se encuentre. Artículo Tercero.- DELEGAR a la Dirección Regional de Salud de Ucayali, bajo coordinación permanente e irrestricta con la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la responsabilidad de liderar las gestiones requeridas con: a) Las Gerencias Regionales miembros del Consejo Directivo del Sistema Regional de Atención Integral de la Primera Infancia – SIREAIPI, para la elaboración consensuada de la ruta de intervención para la lucha multisectorial contra la anemia y la desnutrición crónica infantil. b) Los Miembros del Comité Regional del SIREAIPI, para la elaboración de los planes y estrategias de abordaje multisectorial contra la anemia y la desnutrición crónica infantil. c) Los Alcaldes Provinciales y Distritales como Presidentes de sus respectivas Instancias de Articulación Local – IAL y demás miembros de la Red de Municipios y Comunidades Saludables, para la elaboración de planes locales de abordaje a la anemia y desnutrición crónica infantil desde los determinantes sociales con enfoque territorial que las subyacen. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que las acciones de seguimiento, monitoreo y evaluación de los planes y estrategias de lucha multisectorial contra la anemia y la desnutrición crónica infantil lo efectuará la Gerencia Regional de Desarrollo Social, como Secretaría Técnica del Comité Regional del Sistema Regional de Atención Integral a la Primera Infancia – SIREAIPI. La herramienta de gestión o fi cial para estos fi nes es la plataforma informática del Sistema de Monitoreo Regional - SISMORE. Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a Ley. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano; debiendo publicarse además en el diario local de mayor circulación y a la O fi cina de Tecnología de la Información, su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Pucallpa, a los veintiocho días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés. MANUEL JESUS ANTONIO HUAMAN Presidente Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los 6 días del mes de octubre del año 2023 MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 2224136-1 Conforman la Red Regional de Gerentes de Desarrollo Social en la Región Ucayali ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2023-GRU-CR POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. 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