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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (12/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2024 El Peruano / MUCHO MAMANI, Ministro de Energía y Minas, e n la “ Conferencia Mundial del Cobre 2024”, que se realizará del 15 al 17 de abril de 2024; Que, mediante el Informe N° 0 117-2024/MINEM- DGPSM-DPM, la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera del Ministerio de Energía y Minas señala que la “Conferencia Mundial del Cobre 2024” es un evento que brinda una plataforma para el intercambio de información, el establecimiento de contactos, el análisis de las tendencias y desafíos en este sector crucial para la economía mundial; además, es una excelente oportunidad para difundir nuestro potencial minero; Que, asimismo, en el evento se abordarán temas como: i) Perspectivas de oferta y demanda del mercado del cobre; ii) Tendencias de precios y factores que afectan la volatilidad del mercado; iii) Desarrollos tecnológicos y su impacto en la producción y el consumo de cobre; iv) Sostenibilidad y responsabilidad social en la minería del cobre. v) Innovaciones en procesos de extracción, refi nación y fabricación de productos de cobre; y, vi) Análisis de riesgos y oportunidades para inversores y empresas mineras; Que, a través del Informe N° 1 34-2024-MINEM/ OGPP-OPPIC, la O fi cina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto d el Ministerio de Energía y Minas, re fi ere que la participación del Ministro de Energía y Minas en la “Conferencia Mundial del Cobre 2024” se encuentra alineada a los objetivos estratégicos institucionales y sectoriales del Ministerio de Energía y Minas; Que, m ediante el Informe N° 107-2024/MINEM-OGPP- OPRE, l a Ofi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto señala que se cuenta con disponibilidad presupuestal para los gastos que irrogue el viaje del Ministro de Energía y Minas en la “Conferencia Mundial del Cobre 2024”, que se realizará del 15 al 17 de abril de 2024 en la ciudad Santiago, República de Chile; Que, c on el Informe N° 114-2024/MINEM-OGA/ OFIN, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración señala que l os gastos que genere el viaje del señor ROMULO MUCHO MAMANI, Ministro de Energía y Minas, para participar en la “Conferencia Mundial del Cobre 2024”, que se realizará d el 15 al 17 de abril de 2024 en la ciudad Santiago, República de Chile, serán asumidos con cargo al Presupuesto del Pliego 016: MINEM, Unidad Ejecutora N° 001: MINEM Central, c on la fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, a través del Informe N° 384-2024-MINEM/OGAJ, emite opinión legal favorable a la participación del señor ROMULO MUCHO MAMANI, Ministro de Energía y Minas en la “Conferencia Mundial del Cobre 2024”; Que, la participación del señor ROMULO MUCHO MAMANI, Ministro de Energía y Minas, en la “Conferencia Mundial del Cobre 2024” se sustenta en el interés institucional; toda vez que, se busca promover las inversiones destinadas a la prospección y a la exploración del cobre; por lo que, corresponde autorizar el viaje en comisión de servicios del 14 al 17 de abril de 2024, a fi n de garantizar su participación en el citado evento; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el n umeral 10.1 d el artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus normas reglamentarias; Que, asimismo, resulta necesario encargar el Despacho de Energía y Minas, en tanto dure la ausencia del Titular;De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la L ey N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor R OMULO MUCHO MAMANI, Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 14 al 1 7 de abril de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema son cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y ApellidosPasajes aéreos US$Viáticos por 3 días + 1 día de instalación y traslado (US$ 370 por día)Totales US$ ROMULO MUCHO MAMANI1,095.23 1,480.00 2,575.23 Artículo 3.- Encargar el Despacho de Energía y Minas al señor RAÚL RICARDO PÉREZ REYES ESPEJO, Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, a partir del 14 de abril de 2024, y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros ROMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas 2278679-3 Otorgan Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 111-2024-PCM Lima, 11 de abril de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Ley Nº 29031, Ley que instituye los Días de los Defensores de la Democracia y crea condecoración, se instituye el 22 de abril y el 12 de setiembre de cada año como Días de los Defensores de la Democracia, en homenaje a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, a los Comandos integrantes del Operativo Militar Chavín de Huántar, a los miembros del Grupo Especial de Inteligencia (GEIN) de la Dirección contra el Terrorismo (DIRCOTE) de