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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (12/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 12 de abril de 2024 El Peruano / la Policía Nacional del Perú, a los integrantes de los comités de autodefensa y ciudadanos que fallecieron, quedaron heridos o discapacitados como resultado de la lucha contra el terrorismo; así como a militares, policías, licenciados de las Fuerzas Armadas y ciudadanos que en la lucha contrasubversiva prestaron eminentes servicios a la Nación; Que, asimismo, el citado artículo precisa que constituyen Defensores Cali fi cados de la Democracia los mineros y personal auxiliar que participaron en la construcción de los túneles subterráneos que posibilitaron el Operativo Militar Chavín de Huántar; así como, los rehenes que contribuyeron con acciones de inteligencia al Operativo Militar Chavín de Huántar. Adicionalmente, señala que la norma se aplica también a los miembros de las Fuerzas Armadas, licenciados de las Fuerzas Armadas, miembros de la Policía Nacional del Perú y comités de autodefensa que participaron en operaciones de lucha contra el terrorismo, que pusieron en riesgo su propia integridad física aun cuando no resultaron heridos ni discapacitados; Que, según lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 29031, el Consejo de la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia” está conformado por el Presidente del Consejo de Ministros, quien lo preside; el Ministro de Relaciones Exteriores; el Ministro de Defensa; el Ministro del Interior; y, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, a través del artículo 4 de la Ley Nº 29031, se crea la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”, la que se concede mediante resolución suprema, en la que consta el nombre de los/as ciudadanos/as que han destacado en la lucha contra el terrorismo, quienes son designados de acuerdo a los requisitos y procedimientos que se determinen en el Estatuto, aprobado por el Consejo de la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 076- 2014-PCM se aprueba el Estatuto del Consejo de Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”, el cual establece las funciones del Consejo, requisitos y el procedimiento para la concesión de la Medalla; así como, los impedimentos, suspensión, pérdida y devolución de la Condecoración, entre otros; Que, el artículo 8 del Estatuto del Consejo de Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia” establece como una de las funciones del Consejo de la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”, evaluar y recomendar el otorgamiento de la Condecoración, según los requisitos previstos en el Estatuto; Que, el Ministerio de Defensa rati fi ca la propuesta formulada para el otorgamiento de la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia” a 46 candidatos, por su valiosa participación en los Comités de Autodefensa en la lucha contra el terrorismo, quienes pusieron en riesgo su propia integridad física aun cuando no resultaron heridos ni con discapacidad, manteniendo con ello el orden interno y la defensa nacional; Que, mediante Acta de Sesión del Consejo de la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”, del 08 de abril de 2024, el Consejo de la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”, luego de la evaluación y cali fi cación de la propuesta presentada por el Ministerio de Defensa, así como de los hechos expuestos y previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Estatuto del Consejo de Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”; ha acordado por unanimidad conceder la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia” a las personas señaladas en la citada Acta; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29031, Ley que instituye los Días de los Defensores de la Democracia y crea condecoración; el Estatuto del Consejo de Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 076-2014-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema, a las siguientes personas propuestas por el Ministerio de Defensa: N° APELLIDOS Y NOMBRES DNI CONDECORACIÓN 1 ALIAGA BRAVO TEOFILO 20972143 CABALLERO 2ALIAGA PAUCAR EFRAIN HERMENEGILDO21001677 CABALLERO 3 ASTUCURI QUIÑONES EVARISTO 20970580 CABALLERO 4 BARJA GAGO MARIA 19961106 CABALLERO5 CAHUAZA GUERRA PEDRO 01128909 CABALLERO 6 CANTORIN CLEMENTE MIGUEL 19959275 CABALLERO 7CONTRERAS VDA DE RODRIGUEZ ABILIA19959514 CABALLERO 8 CUBA CANTORIN MARIA 19959720 CABALLERO 9DE LA CRUZ ENRIQUEZ AUGUSTO LUIS21001678 CABALLERO 10 DE LA CRUZ INGA INOCENTE 20969094 CABALLERO 11DE LA CRUZ PAUCAR JORGE MACARIO20971262 CABALLERO 12 DE LA CRUZ QUINTANA ROLANDO 20417398 CABALLERO 13 DIAZ NINAHUANCA JULIAN 19838444 CABALLERO14 FLORES QUISPE NICOLAS 20971502 CABALLERO15 GRANADOS PARIACHI ALBINO LEON 20411071 CABALLERO 16GRANADOS QUINTANA HUGO HIPOLITO19840934 CABALLERO 17GUTIERREZ MAHUANCA MOISES TEODORO21000841 CABALLERO 18 HINOSTROZA CAPCHA FELIX 20410395 CABALLERO 19HINOSTROZA CAPCHA MAXIMO ALEJANDRO20411120 CABALLERO 20HINOSTROZA YUPANQUI EVERTH HUMBERTO44438777 CABALLERO 21 HUAYCAÑI ALVARADO ALEJANDRO 20438966 CABALLERO 22 HUAYCAÑI ALVARADO MARCELINO 20411719 CABALLERO 23 HUAYCAÑI DAVILA MARCELO 20412392 CABALLERO24 HUAYCAÑI PARIACHI JOSE BENITO 20438801 CABALLERO25 ISHUIZA TAPULLIMA DIOMEDES 01126527 CABALLERO 26 JACOBO ÑACO LIDIA 10608662 CABALLERO 27 JIMENEZ QUINTANA PAULINO 20410066 CABALLERO28 LANDEON YUPANQUI FELIPE 20411865 CABALLERO 29 LANDION HINOSTROZA GERMAN 20410223 CABALLERO 30 MALDONADO LANDEON RODOLFO 20965213 CABALLERO31 MARAVI CAMPOS ANTONIO OVIDIO 21003028 CABALLERO 32 MARTELL BRAVO REMICIO 20988496 CABALLERO 33 ÑAUPARI EGOAVIL EUSTAQUIO 20983846 CABALLERO34 ORTIZ CABRERA LEONCIO 20972352 CABALLERO 35PALOMINO NINAHUANCA ONORATO JUAN20439847 CABALLERO 36 PEÑA MARTEL JULIA MARCELA 19846526 CABALLERO 37 QUINTANA CAMEL EDUARDO 20406955 CABALLERO 38QUINTANA USCAMAYTA BETY BERTHA20417191 CABALLERO 39QUINTANA USCAMAYTA LILO AMADOR20405904 CABALLERO 40QUINTANA USCAMAYTA RUBEN ALFREDO20437554 CABALLERO 41RODRIGUEZ CONTRERAS WILBER KLEVER19960990 CABALLERO 42 SUAZO DE VENTURA ESPERANZA 19959239 CABALLERO 43SUAZO RODRIGUEZ DE CONTRERAS BENJAMINA19959144 CABALLERO