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21 NORMAS LEGALES Sábado 13 de abril de 2024 El Peruano / dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene como funciones, entre otras, el programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria; Que, el numeral 19.1. del artículo 19 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que, con la fi nalidad de garantizar la sostenibilidad fi scal, se dispone que para la creación de puestos bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 (CAS) en el Año Fiscal 2024, el costo de estos no puede superar los recursos previstos en el presupuesto institucional de los pliegos involucrados previsto en la Partida de Gasto 2.1.1 13.1 “Contrato Administrativo de Servicios”. Dicho costo se determina considerando el costo anualizado de las remuneraciones de los puestos CAS que cuenten con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y determinando el costo de los CAS a contratarse por el periodo de doce meses, independientemente del plazo de contratación; Que, el numeral 19.2 del artículo 19 de la Ley Nº 31953, establece que, de ser necesario, la Dirección General de Presupuesto Público, en coordinación con la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, establece lineamientos para la aplicación de lo dispuesto en dicho artículo; Que, asimismo, en el literal b) del numeral 19.3. del artículo 19 de la Ley Nº 31953, se dispone que lo establecido en el artículo 19 de la referida Ley no aplica, para aquellos puestos CAS a los que en la fase de Formulación Presupuestaria se asignaron recursos por un periodo menor a doce meses y cuyos supuestos se encuentran identi fi cados conforme a los lineamientos que emite el Ministerio de Economía y Finanzas; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y en el artículo 19 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar los Lineamientos para la creación de puestos CAS en el Año Fiscal 2024, según lo previsto en el numeral 19.2 y el literal b) del numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y los Lineamientos, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MONICA PATRICIA SIME ISLA Directora General (e)Dirección General de Presupuesto Público 2279231-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0476-2024-IN Lima, 11 de abril de 2024VISTOS, los O fi cios N°s. 401-2024-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI y 581-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 000689-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Reg. de salida: 304RS1622024 del 16 de febrero de 2024, el Secretario Permanente y del Consejo de Administración de la Escuela Iberoamericana de Policía - IBERPOL extiende invitación al Coronel de la Policía Nacional del Perú RAFAEL ANGEL SANCHEZ CHARCAPE, para que, en compañía de un (1) representante de la Policía Nacional del Perú participen en el “VIII Consejo de Administración de la Escuela Iberoamericana de Policía – Escuela IBERPOL”, a llevarse a cabo los días 17 y 18 de abril de 2024, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina; Que, con Informe N° 06-2024-COMOPPOL/ DIRASINT--DIVABI, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú sustenta la importancia y viabilidad de la participación del Coronel de la Policía Nacional del Perú RAFAEL ANGEL SANCHEZ CHARCAPE y del Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú REGULO ELIAS VALLE TORREJON, en la comisión descrita precedentemente; Que, a través de la Hoja de Estudio y Opinión N° 62-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente proseguir con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel de la Policía Nacional del Perú RAFAEL ANGEL SANCHEZ CHARCAPE y del Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú REGULO ELIAS VALLE TORREJON, del 16 al 19 de abril de 2024, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, indicando que la participación en la reunión mencionada precedentemente, resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto permitirá fortalecer la cooperación policial internacional y mejorar las capacidades operativas, para combatir de manera más efectiva en la lucha contra la criminalidad organizada transnacional; Que, en ese sentido, la participación del personal policial antes mencionado en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y vuelta) y viáticos por 1 día (16 de abril de 2024), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior; mientras que los gastos por concepto de alimentación y hospedaje para los días 17 y 18 de abril de 2024, son asumidos por la Policía Federal de Argentina, conforme se precisa en la Carta Reg. de salida: 304RS1622024 del 16 de febrero de 2024, en la Hoja de Estudio y Opinión N° 62-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI y en el O fi cio N° 581-2024-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes