TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Sábado 13 de abril de 2024 El Peruano / Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y su Reglamento; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (tarifa única de uso de aeropuerto – TUUA); sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE se aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios de MARIA DEL ROSARIO URIA TORO, servidora del INACAL, para que participe en los eventos denominados “Foro de ISO para Directores de América y el Caribe”, y la “Asamblea General de COPANT 2024”; además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM; Que, los gastos por concepto de viáticos son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos en categoría económica incluido TUUA son cubiertos por la Organización Internacional de Normalización (ISO, por sus siglas en inglés); Con las visaciones del Instituto Nacional de Calidad, del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modi fi catoria; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de MARIA DEL ROSARIO URIA TORO, servidora del Instituto Nacional de Calidad, del 25 de abril de 2024 al 1 de mayo de 2024, para que participe en los eventos denominados “Foro de ISO para Directores de América y el Caribe”, y la “Asamblea General de COPANT 2024” que se realizarán en la ciudad de Maceió, República Federativa de Brasil. Artículo 2.- Los gastos correspondientes por viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad, de acuerdo al siguiente detalle:Nombres y ApellidosViáticos por 6 días + 1 día de instalación (US$ 370,00 por día) US$Total US$ MARIA DEL ROSARIO URIA TORO2 590,00 2 590,00 Artículo 3.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos serán asumidos por la Organización Internacional de Normalización (ISO, por sus siglas en inglés). Artículo 4.- Dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, la servidora autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial debe presentar un informe detallado de las acciones realizadas conforme a la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2279134-1 RELACIONES EXTERIORES Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Rumania, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Macedonia del Norte RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 077-2024-RE Lima, 12 de abril de 2024 VISTOS: La Hoja de Trámite (GAC) N° 1317 del Despacho Viceministerial, de 27 de marzo de 2024; y el Memorándum N° PRO004172024 de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 26 de marzo de 2024; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 084-2023- RE, de 31 de mayo de 2023, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Rumania, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Félix Ricardo Americo Antonio Denegri Boza; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0417- 2023-RE, se fi jó el 15 de julio de 2023 como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Rumania; Que, mediante Nota Verbal N° 45-34657/23-3, de 11 de diciembre de 2023, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Macedonia del Norte, comunicó que su Gobierno ha otorgado el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Félix Ricardo Americo Antonio Denegri Boza, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Macedonia del Norte, con residencia en Bucarest, Rumania; Que, en el numeral 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú se establece la facultad del señor Presidente