Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (13/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 13 de abril de 2024 El Peruano / extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe Nº 040-2024/COE-TPC, del 19 de marzo de 2024, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de homicidio cali fi cado, en agravio de Giancarlo Salvatore Juárez Pérez; Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre el Perú y Chile suscrito el 5 de noviembre de 1932 y vigente desde el 15 de julio de 1936; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano CRISTHIAN ALEXANDER SALDARRIAGA CASTRO para ser extraditado de la República de Chile y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de homicidio califi cado, en agravio de Giancarlo Salvatore Juárez Pérez. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2279240-15 PRODUCE Autorizan viaje de servidora del Instituto Nacional de Calidad a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000124-2024-PRODUCE Lima,12 de abril de 2024VISTOS: El O fi cio N° 084-2024-INACAL/PE del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; el Memorando N° 00000387-2024-PRODUCE/DVMYPE-I; y el Informe N° 00000359-2024-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Carta 2024-08-08 de la Organización Internacional de Normalización (ISO, por sus siglas en inglés) y las Cartas Nos SE-C-23-24 y SE-C-51-24 de la Comisión Panamericana de Normas Técnicas (en adelante COPANT) se invita al Instituto Nacional de Calidad (en adelante INACAL) a participar en los eventos denominados “Foro de ISO para Directores de América y el Caribe”, y la “Asamblea General de COPANT 2024” que se realizarán en la ciudad de Maceió, República Federativa de Brasil, del 26 de abril al 1 de mayo de 2024; Que, a través del O fi cio N° 084-2024-INACAL/PE el INACAL solicita la autorización de viaje de MARIA DEL ROSARIO URIA TORO, servidora del INACAL, para que participe en los citados eventos; Que, de acuerdo a lo señalado en el considerando precedente el citado viaje se encuentra técnica, presupuestal y legalmente sustentado en los Informes Nos 005-2024-INACAL/DN, 0014-2024-INACAL/OCOOP, 040-2024-INACAL/OPP, 0008-2024-INACAL/OA-CNT y 043-2024-INACAL/OAJ, el Memorando N° 159-2024-INACAL/OA, las Notas Nos 116-2024-INACAL/OA-RRHH, 0031-2024-INACAL/OCOOP y 0070-2024-INACAL/OA-CNT y la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000695, emitidos por la Dirección de Normalización, la O fi cina de Cooperación Internacional, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Equipo Funcional de Contabilidad y el Equipo Funcional de Recursos Humanos, todos del INACAL; Que, el Informe Técnico Sustentatorio de la O fi cina de Cooperación Internacional del INACAL, señala que la participación del INACAL en los citados eventos, constituyen una oportunidad única para que los miembros de la COPANT y miembros plenos de la ISO, debatan de manera activa, cuestiones estratégicas relativas a sus organizaciones, relaciones mutuas, cooperación, prioridades y las estrategias al 2030. También proporciona un marco ideal para compartir información y experiencias, identi fi car retos comunes y explorar oportunidades de cooperación en áreas especí fi cas, y para fortalecer capacidades en el nivel estratégico en el ámbito de la normalización internacional; propiciando la oferta de servicios vinculados con la infraestructura de la calidad, impulsando el cumplimiento de estándares nacionales, regionales e internacionales, e impulsar acciones para que la producción y comercialización de bienes y/o servicios cumplan con estándares de calidad para facilitar las transacciones a nivel nacional e internacional; adicionalmente se informa que la participación al citado evento irroga gastos por concepto de viáticos; Que, mediante el Memorando N° 00000387-2024-PRODUCE/DVMYPE-I el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, emitió conformidad a la solicitud de autorización de viaje; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autoriza conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 2 y 3 de la precitada Ley, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27619 y conforme a las disposiciones contenidas en su Reglamento; asimismo establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante