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24 NORMAS LEGALES Sábado 20 de abril de 2024 El Peruano / provincia y departamento de Lima; así como a través de mesa de partes virtual https://sgd.minjus.gob.pe/sgd-virtual/public/ciudadano/ciudadanoMain.xhtml; o, mediante los correos electrónicos: jgibbons@minjus.gob.pe y lminan@minjus.gob.pe. Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones presentadas durante el periodo de publicación. Artículo 5.- Disponer que la O fi cina General de Tecnologías de Información y la O fi cina General de Imagen y Comunicaciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos procedan, en el ámbito de sus competencias, a efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2281367-1 PRODUCE Autorizan viaje de servidores a Indonesia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000135-2024-PRODUCE Lima, 18 de abril de 2024VISTOS: La Carta de fecha 19 de febrero de 2024 de la organización del evento denominado “57º Reunión del Grupo de Trabajo de Pequeñas y Medianas Empresas (SMEWG) de APEC y actividades relacionadas”; el Informe Nº 00000059-2024-PRODUCE/DIF de la Dirección de Instrumentos Financieros de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Informe Nº 00000002-2024-PRODUCE/DGITDF de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización; los Memorandos Nos 00000362-2024-PRODUCE/ DVMYPE-I y 00000419-2024-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, los Memorandos Nos 00000308-2024-PRODUCE/ OGRH y 00000434-2024-PRODUCE/OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; los Memorandos Nos 00000348-2024-PRODUCE/OGPPM, 00000368-2024-PRODUCE/OGPPM y 00000397- 2024-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando Nº 00000179-2024-PRODUCE/OGA de la O fi cina General de Administración; y el Informe Nº 00000407-2024-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Carta de fecha 19 de febrero de 2024 se invita al Ministerio de la Producción a participar en el evento denominado la “57º Reunión del Grupo de Trabajo de Pequeñas y Medianas Empresas (SMEWG) de APEC y actividades relacionadas”, que se realizará en la ciudad de Bali, República de Indonesia, del 23 al 25 de abril de 2024; Que, por el Informe Nº 00000059-2024-PRODUCE/ DIF de la Dirección de Instrumentos Financieros de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; y el Informe Nº 00000002-2024-PRODUCE/DGITDF de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización, se sustenta técnicamente la participación del Ministerio de la Producción, a través de los servidores NILO KENJI ALEX AVILA y JAVIER ARMANDO CHAPPELL QUINTANA, en el evento denominado la “57º Reunión del Grupo de Trabajo de Pequeñas y Medianas Empresas (SMEWG) de APEC y actividades relacionadas”, siendo el objetivo del mismo, mejorar la capacidad de las economías de APEC para ayudar a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) a adquirir más conocimientos digitales, mejorando así la inclusión fi nanciera; así como para actualizar a las MIPYME sobre las plataformas y herramientas digitales disponibles, ofrecerá orientación para mejorar la alfabetización digital y brindará asistencia para utilizar estos recursos para la inclusión fi nanciera; asimismo, se señala que la participación al citado evento irroga gastos; Que, a través de los Memorandos Nos 00000362-2024-PRODUCE/DVMYPE-I y 00000419-2024-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria solicitó continuar con la autorización de viaje de los citados servidores; Que, con los Memorandos Nos 00000308-2024-PRODUCE/OGRH y 00000434-2024-PRODUCE/OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos remite los Informes Nos 00000042-2024-PRODUCE/STOI y 00000048-2024-PRODUCE/STOI de la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores, a través de los cuales se concluye que los citados servidores, no tiene impedimento para viajar al exterior; Que, mediante los Memorandos Nos 00000348-2024-PRODUCE/OGPPM, 00000368-2024-PRODUCE/OGPPM y 00000397-2024-PRODUCE/OGPPM la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo los Informes Nos 00000111-2024-PRODUCE/OCTAI y 00000122-2024-PRODUCE/OCTAI de su O fi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales, a través de los cuales mani fi esta su conformidad a la participación de los citados servidores; además, señala que el citado evento se alinea con la “Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional al 2030”; Que, por el Memorando Nº 00000179-2024-PRODUCE/ OGA, la O fi cina General de Administración remite los Informes Nos 00000134-2024-PRODUCE/OA y 00000137-2024-PRODUCE/OA de su Ofi cina de Abastecimiento, y los Informes Nos 00000050-2024-PRODUCE/Oc y 00000051-2024-PRODUCE/Oc de su O fi cina de Contabilidad, por los cuales se sustentan el costo de pasajes en categoría económica y de viáticos de los citados servidores; contando con la aprobación de certi fi cación de crédito presupuestal otorgada por la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica; y, se autorizan conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27619, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y conforme a las disposiciones contenidas en su Reglamento; asimismo establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo