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26 NORMAS LEGALES Sábado 20 de abril de 2024 El Peruano / la Idoneidad en el Acceso y Ejercicio de la Función Pública de Funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; Con la visación de Secretaría General, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que Establece Disposiciones para Garantizar la Idoneidad en el Acceso y Ejercicio de la Función Pública de Funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; el Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); y, el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE:Artículo 1.- Concluir, la designación temporal de la servidora Erika Susana Romero Estela, en el puesto de Secretaria General del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), efectuado mediante la Resolución Ejecutiva Nº 00030-2024-ITP/DE de fecha 03 de marzo de 2024, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Natalia Kelly Urbano Ramírez, en el cargo de con fi anza de Secretaria General del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP). Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos noti fi que la presente Resolución a la servidora Erika Susana Romero Estela y a la señora Natalia Kelly Urbano Ramírez. Artículo 4.- Disponer que la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, inserte en los legajos personales respectivos la presente Resolución. Artículo 5.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) (https://www.gob.pe/itp), el mismo día en que se publique en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO DANTE MAURER FOSSA Director Ejecutivo 2281466-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 063-2024-TR Lima, 19 de abril de 2024 VISTOS: Los O fi cios N° 000334-2024-MTPE/3/24.1 y N° 000360-2024-MTPE/3/24.1, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”; el O fi cio N° 000255-2024-SERVIR-PE de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; la Hoja de Elevación N° 000070-2024-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Recursos Humanos y el Informe N° 000268-2024-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por SERVIR y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los per fi les de puestos; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de Plani fi cación de Políticas de Recursos Humanos, que permite organizar la gestión interna de recursos humanos, en congruencia con los objetivos estratégicos de la entidad. Asimismo, permite defi nir las políticas, directivas y lineamientos propios de la entidad con una visión integral, en temas relacionados con recursos humanos; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2022-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, cuya denominación es modi fi cada por la de Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” y posteriormente por la de Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, a través del Decreto Supremo N° 009-2023-TR, norma que establece como objetivo del citado programa, generar empleo temporal en la población en edad de trabajar a partir de 18 años, en situación de desempleo, subempleo, en condición de pobreza, pobreza extrema, o que enfrente especiales di fi cultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económicas y/o en situaciones de emergencias o desastres, personas con discapacidad, y las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el Acuerdo del Consejo Directivo por el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, que establece las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones, entre ellas, la elaboración, aprobación y administración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional); Que, el literal b) del numeral 5.1 de la citada Directiva defi ne el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 6.3.1.8. de la Directiva en mención, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, debe ser aprobado por resolución ministerial, previo informe de opinión técnica favorable emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, debiendo disponerse su publicación en el diario o fi cial El Peruano; Que, de la misma manera, el numeral 6.3.1.9. de la anteriormente citada Directiva señala que la entidad publica en su Portal Institucional, el CAP Provisional aprobado y el dispositivo legal mediante el que se formaliza la aprobación en la misma fecha en que se publica la citada norma en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Informe N° 000082-2024- MTPE/3/24.1.36, la Unidad Funcional de Recursos