TEXTO PAGINA: 92
92 NORMAS LEGALES Viernes 9 de agosto de 2024 El Peruano / Artículo 3°.- Facultar al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 4°.- Encargar a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la O fi cina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao). POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2312908-1 Modifican los “Procedimientos de ratificación de las ordenanzas distritales que dispongan la creación, modificación o que regulen tasas de carácter tributario en la Provincia Constitucional del Callao”, aprobados mediante Ordenanza N° 012-2023/MPC ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2024/MPC Callao, 5 de agosto de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen N° 030-2024-MPC-SR-COADAL de fecha 24 de julio de 2024 de la Comisión de Administración y Asuntos Legales; y sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 012-2023/ MPC de fecha 09 de junio de 2023, se aprobaron los procedimientos de rati fi cación para las Ordenanzas Distritales que dispongan la creación, modi fi cación o que regulen tasas de carácter tributario en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao; Que, la Subgerencia de Rentas, a través del Informe N° 446-2024-MPC-GAT-SGRT de fecha 03 de junio de 2024, presenta un proyecto de ordenanza que propone modi fi car el procedimiento actual de rati fi cación de ordenanzas en materia tributaria de las municipalidades distritales; Que, mediante Informe N° 127-2024-MPC-GAT de fecha 27 de junio, la Gerencia de Administración Tributaria precisa que el proyecto de ordenanza tiene como objetivo modi fi car los artículos quinto, sexto, décimo cuarto, décimo quinto, décimo sexto, así como la disposición complementaria e incorporar, como disposición fi nal, la función de la O fi cina de Contabilidad en lo que corresponde a la evaluación y/o formulación de los costos y planes de servicio de las ordenanzas en materia tributaria. Asimismo, hace suyo el informe de la Subgerencia de Rentas y emite opinión favorable, solicitando se continue con el trámite correspondiente; Que, a través del Memorando N° 353-2024-MPC/ OGPMPI de fecha 02 de julio, la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones establece que la propuesta de Ordenanza Municipal no irroga gasto en el presupuesto institucional, y hace suyo el Informe N° 193-2024-MPC/OGPMPI- OPM de fecha 02 de julio, mediante el cual la O fi cina de Planeamiento y Modernización establece que la propuesta de alinea al OEI. 05 “Fortalecer la Gestión Institucional” del Plan Estratégico Institucional - PEI de la Municipalidad Provincial del Callao, con lo cual contribuye al objetivo de la entidad; asimismo, recomienda remitir los actuados a la O fi cina General de Administración y Finanzas para su opinión; Que, la Oficina de Contabilidad, mediante el Informe N° 643-2024-MPC/OGAF-OC de fecha 10 de julio de 2024, considera viable la propuesta de modificación de la Ordenanza Municipal N° 012- 2023/MPC; en ese sentido, a través del Memorando N° 1670-2024-MPC-OGAF de fecha 12 de julio de 2024, la Oficina General de Administración y Finanzas hace suyo el informe de la Oficina de Contabilidad, emitiendo opinión favorable; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 231-2024-MPC/OGAJ de fecha 17 de julio de 2024, emite opinión legal favorable con respecto a la emisión de la Ordenanza Municipal que modi fi ca los “Procedimientos de rati fi cación de las ordenanzas distritales que dispongan la creación, modi fi cación o que regulen tasas de carácter tributario en la Provincia Constitucional del Callao”, aprobados a través de la Ordenanza Municipal N° 012-2023/MPC; Que, a través del Dictamen N° 030-2024-MPC-SR- COADAL de fecha 24 de julio de 2024, la Comisión de Administración y Asuntos Legales recomienda al Concejo Municipal Provincial del Callao se apruebe la Ordenanza en mención, disponiendo se eleve al Pleno del Concejo para su pronunciamiento; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, el Concejo Municipal, por unanimidad, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LOS “PROCEDIMIENTOS DE RATIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS DISTRITALES QUE DISPONGAN LA CREACIÓN, MODIFICACIÓN O QUE REGULEN TASAS DE CARÁCTER TRIBUTARIO EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO”, APROBADOS MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2023/MPC Artículo 1°.- Modi fi car los artículos Quinto, Sexto, Décimo Cuarto, Décimo Quinto y Décimo Sexto de los “Procedimientos de rati fi cación de las ordenanzas distritales que dispongan la creación, modi fi cación o que regulen tasas de carácter tributario en la Provincia Constitucional del Callao”, aprobados mediante Ordenanza Municipal N° 012-2023/MPC, los mismos que quedarán redactados de la siguiente manera: “A rtículo Quinto.- Fecha de presentación de las Ordenanzas Municipales Tipo de Ordenanza Plazo de Presentación Ordenanzas que establezcan Arbitrios Municipales, aplicables a partir del ejercicio siguiente (nuevo régimen, prórroga o aplicación de IPC)Hasta el 15 de octubre de cada año. En los años de comicios electorales municipales, deberán presentar su solicitud de ratificación en un plazo que no exceda de los 60 días calendarios previos a la fecha prevista para la elección, según Ley N° 29679.