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85 NORMAS LEGALES Viernes 9 de agosto de 2024 El Peruano / Mediante el o fi cio N° 004735-2024-MP-FN-PJFS- SANMARTIN, cursado por el abogado Jorge Eduardo Vergara Villanueva, presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, eleva las propuestas para ocupar la plaza de fi scal adjunta provincial provisional y, asimismo, remite información complementaria. En ese sentido y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación mediante el cual se nombró y designó a la abogada Ruth Isabel Arce Zavala al haber declinado; asimismo, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente queda pendiente de ocupar, previa veri fi cación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar y designar a la abogada Mercedes Eloina Torrejón Villacorta, como fi scal adjunta provincial del Distrito Fiscal de San Martín, para que ocupe provisionalmente el cargo en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Huallaga, precisándose que el nombramiento y designación tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación hasta el 30 de septiembre de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Cabe acotar que la abogada Mercedes Eloina Torrejón Villacorta, se encuentra laborando a plazo indeterminado dentro del régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA); por lo que, corresponde disponer la reserva de su plaza de origen. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1325-2024-MP-FN, de fecha 3 de junio de 2024, mediante el cual se nombró a la abogada Ruth Isabel Arce Zavala, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín y se le designó en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Huallaga. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Mercedes Eloina Torrejón Villacorta, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín, designándola en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Huallaga, con reserva de su plaza de origen. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de juramentación hasta el 30 de septiembre de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2313809-4 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1774-2024-MP-FN Lima, 8 de agosto de 2024VISTOS: Los o fi cios Nºs. 2417, 2720, 3056 y 3701-2024-FSCN- FISLAA-MP-FN, de fechas 29 de abril, 17 de mayo, 17 de junio y 31 de julio de 2024, respectivamente, y; CONSIDERANDO:De acuerdo al numeral 3 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal. El numeral 4 del artículo 65 de la citada Ley Orgánica establece que corresponde al Fiscal de la Nación designar, según corresponda, a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca. Así como, el artículo 32 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, re fi ere que la designación de los fi scales, en todos los niveles y especialidades, compete al Ministerio Público y se realiza en la plaza especí fi ca, para el órgano fi scal respectivo y sobre la base de la especialidad, experiencia, desempeño y antigüedad. Adicionalmente, el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. En mérito de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC nº 2770-210-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. Mediante los o fi cios Nºs. 2417 y 3056-2024-FSCN- FISLAA-MP-FN, cursados por el abogado Rafael Ernesto Vela Barba, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, y los ofi cios Nºs 2720 y 3701-2024-FSCN-FISLAA-MP-FN, suscritos por la abogada Liliana Magdalena Briceño Aguayo, en ese entonces, encargada de la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, se eleva las propuestas para ocupar la plaza de fi scal adjunto provincial, en el despacho de la Décima Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, y se destaque a la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y se remite documentación que subsana las referidas propuestas. En ese sentido y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente se encuentra pendiente de ocupar, previa veri fi cación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar y designar a la abogada Miryan Gisella Huapaya Lozano, como fi scal adjunta provincial para que ocupe provisionalmente el cargo en el despacho de la Décima Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, y destacándola a la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos; nombramiento, designación y destaque que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación hasta el 30 de septiembre de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718;