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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (09/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Viernes 9 de agosto de 2024 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAROYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General 1 El recurso de apelación de doña Tania Mayva Portocarrero Porras obra en el Expediente Nº JNE.2024002276. 2 El inciso b) del numeral 17.3. del artículo 17 del Reglamento de Audiencias Públicas, aprobado por Resolución Nº 0131-2023-JNE, del 17 de agosto de 2023, prescribe que, tratándose de audiencias públicas referidas a expedientes cuya naturaleza es distinta a los procesos electorales o consultas populares, el uso de la palabra debe ser solicitado por escrito dentro del tercer día hábil de notificada la citación a audiencia pública. 3 El segundo párrafo de este artículo fue modificado por la Ley Nº 31433, publicada el 6 marzo de 2022. Antes de su modificación, el texto señalaba: “El concejo municipal se reúne en sesión ordinaria no menos de dos, ni más de cuatro veces al mes, para tratar los asuntos de trámite regular. ” 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano . 2313801-1 MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1453-2024-MP-FN Lima, 27 de junio de 2024VISTOS: Los o fi cios N°s. 003827 y 004460-2024-MP-FN-PJFS- DFLE, de fechas 15 de mayo y 10 de junio de 2024, respectivamente, y; CONSIDERANDO: Mediante escrito de fecha 14 de mayo de 2024, recepcionado el 15 de mayo de 2024, por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, el abogado Mercedes Adrianzen Palacios, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designado en el despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita; presenta su renuncia al cargo, por motivo estrictamente personal e informa como su último día de labores, el 17 de mayo de 2024. Asimismo, tal renuncia cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, la abogada Maribel Antonia Roque Jiménez, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designada en el despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita. A través de los o fi cios de visto, el abogado Orestes Walter Milla López, presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, eleva la renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la respectiva conformidad, considerando como último día de labores el 17 de mayo de 2024. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo N° 005- 90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia del referido fi scal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo n° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia formulada por el abogado Mercedes Adrianzen Palacios, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este y a su designación en el despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 18 de mayo de 2024, su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 1978-2019-MP-FN y 1591-2020-MP-FN, de fechas 26 de julio de 2019 y 31 de diciembre de 2020, respectivamente. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Mercedes Adrianzen Palacios que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N°972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2313809-1 Nombran fiscal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1771-2024-MP-FN Lima, 8 de agosto de 2024 VISTO: El o fi cio Nº 006241-2024-MP-FN-FSNCEDCF, de fecha 2 de julio de 2024, y; CONSIDERANDO: De acuerdo al numeral 3 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto