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6 NORMAS LEGALES Sábado 10 de agosto de 2024 El Peruano / (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 3.- Noti fi car la presente resolución a los ciudadanos y las ciudadanas a los que se hace referencia en el artículo 1. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA PEÑA CARDOZA Despacho Viceministerial de Interculturalidad 2313414-1 Dan por concluidos los efectos jurídicos de la R.D. N° 000101-2023-DGPA-VMPCIC/MC, que determinó la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Cerro Trinidad - Sector B, ubicado en el distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000116-2024-DGPA- VMPCIC/MC San Borja, 7 de agosto del 2024 Vistos, el informe N° 000746-2024/DSFL-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 10 de julio de 2024 de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el informe N° 000114-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC de fecha 11 de julio del 2024 de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral N° 000101-2023-DGPA-VMPCIC/MC de fecha 09 de junio del 2023 se determinó la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Cerro Trinidad - Sector B, ubicado en el distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, de acuerdo al Plano Perimétrico con código PP- 068-MC_DGPA-DSFL-2014 WGS84; Que, mediante Informe N° 000746-2024-DSFL-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 10 de julio de 2024 la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal remite el Informe N° 000289-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-VCV/MC de la misma fecha en la que se recomienda dejarse sin efecto lo resuelto en la Resolución Directoral N° 000101-2023-DGPA/MC que determinó la protección provisional del sitio arqueológico Cerro Trinidad – Sector B, considerando que el ámbito que abarca dicha medida cautelar es el mismo al que se autorizó y aprobó un informe por resultados de un Proyecto de Rescate Arqueológico y luego emitido un Certi fi cado de Inexistencia de Restos Arqueológicos – CIRAS; Que, mediante informe N° 000241-2024-DCE-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 15 de mayo de 2024 la Dirección de Certi fi caciones señala que el CIRAS N° 42-2023-DCE/MC de fecha 23 de febrero de 2023 fue emitido en virtud de la Resolución Directoral N° 000045-2023-DCIA/MC de fecha 03 de febrero de 2023, que aprobó el informe fi nal del “Proyecto de Rescate Arqueológico para la Construcción del Centro de Salud del Pueblo Joven Peralvillo”, ejecutado en el Sitio Arqueológico Cerro Trinidad – Sector B, con Plano n.° PP-068-MC_DGPADSFL-2014 WGS84 en proceso de aprobación; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 077-2018-VMPCIC-MC de fecha 05 de julio del 2018, se aprobó la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC denominada “Lineamientos técnicos y criterios generales para la determinación de la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación”; al respecto, en su literal a) numeral 6.5 precisa: una vez emitido el informe técnico a través del cual se determine que determinado bien inmueble prehispánico cuenta con una valoración cultural positiva y se encuentra en estado de vulnerabilidad, el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales o la autoridad delegada emitirá el acto resolutivo determinando la protección provisional del bien inmueble prehispánico que se presume integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, conforme a lo dispuesto en el numeral 99.5 del artículo 99 del Reglamento, así como las medidas preventivas necesarias para la protección y conservación del bien, de conformidad con lo señalado en los numerales 99.6 del artículo 99 y 103.1 del artículo 103 del precitado Reglamento; Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 000331-2023-VMPCIC-MC de fecha 24 de diciembre de 2023 y publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 31 de diciembre de 2023, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales delegó a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, por el ejercicio fi scal 2024, la facultad de determinar la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Resolución Directoral N° 000101-2023-DGPA-VMPCIC/MC de fecha 09 de junio del 2023 se determinó la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Cerro Trinidad - Sector B, ubicado en el distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, de acuerdo al Plano Perimétrico con código PP-068-MC_DGPA-DSFL-2014 WGS84. Las especi fi caciones de la determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 003-2023-JRSC/DCS/DGDP/VMPCIC/MC suscrito el 30 de mayo del 2023 por el Licenciado Jorge Reiser Sanchez Castillo arqueólogo de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, así como en los Informes N° 000592-2023-DSFL/MC, N° 000117-2023-DSFL-MDR/ MC, y N° 000116-2023-DGPA-ARD/MC, y en el plano perimétrico con código PP-068-MC_DGPA-DSFL-2014 WGS84. Que, no obstante, de conformidad a lo advertido y recomendado por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, mediante Informe N° 000289-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-VCV/MC de fecha 10 de julio del 2024 suscrito por el asesor legal, concluye lo siguiente: “II) Análisis (…)Empero, por sentido común, considerando lo que meridianamente expresan los Informes N° 000259-2024-DCE-DGPA-VMPCIC/MC y N° 000241-2024-DCE-DGPA-V MPCIC/MC, si el ámbito que abarca dicha medida cautelar es el mismo al que se autorizó y aprobó un informe por resultados de un Proyecto de Rescate Arqueológico y luego emitido un Certi fi cado de Inexistencia de Restos Arqueológicos - CIRAS, no habría lugar a que la medida cautelar permanezca vigente, por lo que apelando a las regla de la lógica correspondería que se emita una resolución directoral que la deje sin efecto. (…)” Que, en ese orden de ideas, el área de protección provisional aprobado mediante Resolución Directoral N° 000101-2023-DGPA-VMPCIC/MC de fecha 09 de junio del 2023, fue materia de evaluación arqueológica y rescate arqueológico, en virtud “Proyecto de Rescate Arqueológico para la Construcción del Centro de Salud del Pueblo Joven Peralvillo” con informe fi nal aprobado por Resolución Directoral N° 000045-2023-DCIA/MC y como consecuencia de ello, se emitió el CIRAS N° 42-2023-DCE/MC de fecha 23 de febrero de 2023; Que, en ese sentido, el objeto de la protección provisional aprobada mediante Resolución Directoral N° 000101-2023-DGPA-VMPCIC/MC de fecha 09 de junio del 2023 perdió todos sus efectos jurídicos de protección, puesto que no se contaba con dicha información actualizada por parte de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal al momento de elevar la propuesta en el plano perimétrico con código PP-068-MC_DGPA-DSFL-2014 WGS84, al no haberse actualizado la información del área rescatada y del CIRA