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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (16/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Viernes 16 de agosto de 2024 El Peruano / el MINEM se compromete a destinar los recursos presupuestales necesarios para la contratación de personal profesional y especializado para que desarrollen las competencias en las materias de energía y de minería, en el año fi scal 2024, por un monto de hasta S/ 200 000,00 (Doscientos mil y 00/100 soles); Que, asimismo, el literal b) del numeral 6.1 de la Cláusula Sexta del referido convenio, señala que, la Segunda Transferencia se efectuará en el segundo semestre del 2024, por el monto de hasta S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 soles), previa presentación del Informe de Avances y Logros correspondiente al primer y segundo trimestre del 2024, con la conformidad del mismo por parte de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, la O fi cina de Presupuesto, mediante el Informe Nº 003-2024-MINEM-OGPP-OPRE, emitió opinión favorable para efectuar las transferencias fi nancieras a favor de los GORE hasta por la suma de S/ 5 200 000,00 (Cinco millones doscientos mil y 00/100 Soles); Que, a través del Informe Nº 249-2024-MINEM/ OGPP-ODICR, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que el GORE Callao cumplió con presentar los Informes de Avances y Logros que corresponden al primer y segundo trimestre del Convenio 2024, dando la conformidad de los mismos a través de los Informes Nº 197-2024-MINEM/OGPP- ODICR y 247-2024-MINEM/OGPP-ODICR, a fi n que se realice la transferencia a favor del mencionado GORE, cumpliéndose así con lo establecido en la Cláusula Sexta del citado Convenio; Que, asimismo, cabe indicar que la O fi cina de Presupuesto ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2024-00031-001, con cargo a la Meta Nº 0050 y SIAF Nº 0000000027, por el monto de hasta S/ 5 200 000,00 (Cinco millones doscientos mil y 00/100 soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe Nº 238-2024/MINEM-OGA-OFIN, concluye que el MINEM dispone de los recursos fi nancieros hasta el monto de S/ 100,000.00 (Cien mil con 00/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, y cuenta con los documentos sustentatorios requeridos que permiten realizar la segunda transferencia fi nanciera a favor del GORE Callao, en el marco de la Ley Nº 31953, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, mediante Informe Nº 786-2024-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos a favor del citado GORE; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley Nº 31953, resulta necesario autorizar la segunda transferencia de recursos del MINEM, hasta por la suma de S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 soles), a favor del GORE Callao; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2017, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la segunda transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados por la suma de S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional del Callao, para ser destinada exclusivamente a su Dirección Regional de Energía y Minas o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de sus funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes : (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 100 000,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: (En Soles) SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS Pliego 464 : Gobierno Regional del Callao 100 000,00Unidad Ejecutora : Nº 001 Gobierno Regional Callao Unidad Ejecutora SIAF : Nº 1028 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público – CUTRUC : Nº 20505703554 Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional del Callao, correspondiente al Año Fiscal 2024. Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas 2315774-1 Aprueban incorporación de dos procedimientos administrativos a la relación de procedimientos administrativos y servicios prestados a exclusividad a cargo de las Direcciones Regionales o del órgano que haga sus veces para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas, aprobado con R.M. Nº 330-2020-MINEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 322-2024- MINEM/DM Lima, 15 de agosto de 2024 VISTO, el Informe Nº 206-2024-MINEM-OGPP/ ODCIR elaborado por la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 766-2024-MINEM-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1246 se aprueban diversas medidas de simpli fi cación administrativa orientadas, entre otras cosas, a la prohibición de exigencias de información y de documentos a los administrados, y a la facilitación del cumplimiento de obligaciones en los procedimientos administrativos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 330-2020-MINEM/DM se aprobó la relación de procedimientos y servicios prestados en exclusividad a cargo de las Direcciones Regionales o del órgano que haga sus veces para ejercer las funciones transferidas del Sector Energía y Minas; Que, mediante el Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, se aprobaron los