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4 NORMAS LEGALES Domingo 18 de agosto de 2024 El Peruano / Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2315699-1 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a EE. UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00858-2024-DE Lima, 17 de agosto del 2024VISTOS: El O fi cio Nº 6036/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio Nº 02233-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01376-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con O fi cio Nº 0428/MAAG/NAVSEC-ENT el Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América (GRUCAM) comunica a la Marina de Guerra del Perú sobre el Programa de Cursos de Capacitación para el 2024, entre los que se encuentra considerado el curso de O fi cial de Estado Mayor Marítimo Internacional (IMSOC, por sus siglas en inglés), a realizarse en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Newport, Estado de Rhode Island, Estados Unidos de América, del 21 de agosto al 16 de noviembre de 2024; Que, mediante O fi cio Nº 5984/52 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú hace de conocimiento al Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Miliar de los Estados Unidos de América que, luego de la evaluación efectuada por la Dirección General de Educación de la Marina, se ha designado al Teniente Primero José Reynaldo SALDARRIAGA CEDANO para que participe en el citado curso; Que, a través del Informe Legal Nº 051-2024/OAL- DGE la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del mencionado personal naval, para participar en el curso de O fi cial de Estado Mayor Marítimo Internacional (IMSOC), en el lugar y fecha programada; Que, la Exposición de Motivos anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por cuanto el citado curso examina el arte y la ciencia, ambas asociadas a las operaciones militares combinadas del Proceso de Planeamiento Naval de la Marina de los Estados Unidos (NPP) y el entendimiento de otros niveles, lo cual permitirá al personal designado, desempeñarse dentro de un nivel marítimo operacional y reforzar la cooperación e interoperabilidad entre los Estados Unidos de América y socios internacionales. Asimismo, los conocimientos y experiencias adquiridas contribuirán a elevar el nivel profesional de la Marina de Guerra del Perú; Que, conforme a lo indicado en el acotado documento, el Gobierno de los Estados Unidos de América cubrirá los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, costo del curso, alojamiento, alimentación, seguro médico y T.U.U.A., a excepción del transporte interno, de acuerdo al O fi cio Nº 0428/MAAG/NAVSEC-ENT del Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América; por lo que de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con fi nanciamiento parcial, corresponde se le otorgue el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero para cubrir el gasto de transporte interno del personal autorizado; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 145-2024, suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y el Director General de Educación de dicha Institución Armada, los gastos por concepto del veinte por ciento (20%) de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 164-2024 el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en misión de estudios; asimismo, con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000156 emitida por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la actividad programada, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público; Que, con O fi cio Nº 6036/52 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en el curso de Ofi cial de Estado Mayor Marítimo Internacional (IMSOC), a realizarse en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Newport, Estado de Rhode Island, Estados Unidos de América, del 21 de agosto al 16 de noviembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 20 de agosto y su retorno el 17 de noviembre de 2024; asimismo, a través de correo institucional se remite información relacionada al presente viaje al exterior; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio Nº 02233-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 025-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal Nº 01376-2024-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de