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6 NORMAS LEGALES Domingo 18 de agosto de 2024 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y con la visación del Director General de la O fi cina de Administración y de la Directora General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1 .- DAR POR CONCLUÍDA la designación de la señora Karla Zenobia Pérez Barreto en el cargo de Directora General de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir del 19 de agosto de 2024, a la señora Jessica Teresa Trivelli García en el cargo de Directora General de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Sanidad Agraria. Artículo 3.- ENCARGAR a la O fi cina de Administración, a través de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, realizar las acciones que correspondan a la designación dispuesta en el artículo precedente. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VILMA AURORA GUTARRA GARCIA Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria Jefatura Nacional 2316421-1 EDUCACIÓN Modifican el Anexo de la R.M. N° 069-2024-MINEDU RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 416-2024- MINEDU Lima,16 de agosto de 2024 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° DISER2024-INT-0535174; y, CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, con cargo a su presupuesto institucional, a fi nanciar el pago de pasajes y viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deben ser autorizados mediante resolución del titular del pliego que establezca los eventos a realizarse durante el 2024, así como la condición y cantidad de participantes por cada evento; Que, asimismo, el tercer párrafo de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, establece que los viáticos que se otorguen en el marco de lo antes establecido se sujetan a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios mediante Decreto Supremo N° 007-2013-EF; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 255-2024-MINEDU, N° 330-2024-MINEDU y N° 411-2024-MINEDU, se aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2024, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos, serán fi nanciados con cargo a los recursos del Pliego 010: M. de Educación; Que, mediante los Informes N° 00323-2024-MINEDU/ VMGP-DIGEIBIRA-DISER y N° 00328-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DISER, la Dirección de Servicios Educativos en el ámbito Rural (DISER), con la conformidad de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), sustenta la necesidad de modi fi car el anexo de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 255-2024-MINEDU, N° 330-2024-MINEDU y N° 441-2024-MINEDU, en torno a la sede, los meses aproximados de realización y cantidad de los participantes de las “Reuniones de asistencia técnica para la implementación de estrategias y actividades pedagógicas en las residencias estudiantiles, en el ámbito de la Amazonía del Perú” a cargo de la DISER, las mismas que requieren el fi nanciamiento de pasajes y viáticos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953; Que, a través del Informe N° 01580-2024-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, con la conformidad de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, emite opinión técnica favorable respecto de lo sustentado y solicitado por la DISER indicando que las “Reuniones de asistencia técnica para la implementación de estrategias y actividades pedagógicas en las residencias estudiantiles, en el ámbito de la Amazonía del Perú”, a ser organizadas y ejecutadas durante el 2024, se encuentran alineadas con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y su aprobación e implementación se fi nanciarán con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación del Año Fiscal 2024, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el Anexo de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 255-2024-MINEDU, N° 330-2024-MINEDU y N° 411-2024-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2024, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán fi nanciados con recursos del Pliego 010: M. de Educación, conforme al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- El fi nanciamiento de los viáticos que se otorguen a los participantes de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación autorizados en virtud del artículo precedente, se sujeta a los montos para el otorgamiento de viáticos por viajes a nivel nacional en comisión de servicios, aprobados mediante Decreto Supremo N° 007-2013-EF. La rendición de cuentas por los montos recibidos por concepto de los viáticos se efectúa de manera oportuna, veraz y trasparente y se sujeta a la normativa vigente en el Ministerio de Educación, en lo que resulte aplicable, siendo la misma de responsabilidad del personal del Ministerio encargado de organizar los eventos y actividades de forma solidaria con el Director o Jefe que autoriza la solicitud de los viáticos correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el