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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (18/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Domingo 18 de agosto de 2024 El Peruano / efectiva implementación del Sistema en cada autoridad que se incorpore al mismo; Que, el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, organismo público descentralizado, competente, entre otros, de la tramitación de procedimientos administrativos sancionadores vinculados al transporte y tránsito terrestre, mediante el Ofi cio Nº D000065-2023-SAT-JEF solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el acceso al uso del SCE; asimismo, por medio del O fi cio Nº D000253-2024-SAT- JEF valida la propuesta de la resolución directoral que aprueba su solicitud de inclusión al SCE; Que, la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, mediante Memorando Nº 1421-2024- MTC/04.02, remite a la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal la opinión favorable y viabilidad por parte de dicha O fi cina, con relación a la solicitud de inclusión del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima al SCE, así como, la opinión favorable de la O fi cina General de Tecnología de la Información, recaída en el Memorando Nº 0695-2024-MTC/23, al amparo de los Informes Nº 0145-2024-MTC/23.01 y Nº 0377-2024- MTC/23.02, respecto a la referida solicitud; de acuerdo con el subnumeral VII.2.1 de la Directiva; Que, mediante Informe Nº 0753-2024-MTC/18.01, elaborado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, se propone aprobar la Resolución Directoral que dispone la inclusión del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima al SCE, así como las disposiciones correspondientes para la implementación del inicio de operaciones del SCE para dicha entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Inclusión del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre Apruébese la inclusión del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE), conforme a lo dispuesto en el literal d) del numeral 3.1 del artículo 3 del Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2020-MTC; y en el numeral VII.2. de la “Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 1067-2020-MTC/01.02. Artículo 2.- Aprobar el inicio de operaciones del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, para el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima Apruébese el inicio de operaciones del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cual comienza al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 3.- A fi liación de los administrados que van a iniciar procedimientos administrativos y/o solicitar servicios prestados en exclusividad ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima Los administrados previamente a iniciar un procedimiento administrativo y/o solicitar servicios prestados en exclusividad ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, deben a fi liarse al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE), conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2020-MTC, y al subnumeral VI.5 de la Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobada por Resolución Ministerial Nº 1067-2020-MTC/01.02. Artículo 4.- A fi liación de los administrados con procedimientos administrativos en trámite y/o servicios prestados en exclusividad ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima Los administrados con procedimientos administrativos en trámite y/o servicios prestados en exclusividad ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, deben a fi liarse al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el inicio de operaciones del mencionado Sistema. Este plazo no suspende el cómputo de los plazos del procedimiento administrativo. En tanto la casilla electrónica no haya sido otorgada, la autoridad competente de la referida entidad, noti fi ca sus actos, actuaciones o comunicaciones conforme al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, y una vez otorgada la casilla electrónica, las noti fi caciones en los procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad en el ámbito de su competencia, se realiza únicamente mediante el Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 5.- A fi liación de los administrados supervisados, fi scalizados o con procedimientos administrativos sancionadores en trámite ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima A partir del inicio de operaciones establecido en el artículo 2 de la presente Resolución Directoral, los administrados, independientemente del título habilitante que posean o no, comprendidos en actividades de supervisión y de fi scalización y procedimientos administrativos sancionadores bajo el ámbito de competencia del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, deben a fi liarse obligatoriamente al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme lo establecido en el subnumeral VI.1.8 de la Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobada por Resolución Ministerial Nº 1067-2020-MTC/01.02. En tanto la casilla electrónica no haya sido otorgada, la autoridad competente de la mencionada entidad, noti fi ca sus actos, actuaciones o comunicaciones conforme al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, y una vez otorgada la casilla electrónica al administrado, las noti fi caciones se realizarán únicamente mediante el Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 6.- Proceso de a fi liación a solicitud de parte en la modalidad presencial y virtual ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima El otorgamiento de la casilla electrónica, bajo la modalidad presencial, ante el Servicio de Administración