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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (31/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Sábado 31 de agosto de 2024 El Peruano / Único de Procedimientos Administrativos - TUPA por parte de las entidades públicas a cargo de su atención; Que, el artículo 21 del Reglamento del Sistema de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, establece que la función normativa del ente rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública comprende la facultad de emitir resoluciones de Secretaría de Gestión Pública a través de las cuales se aprueban, entre otros, lineamientos que contienen orientaciones generales sobre algún ámbito del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, que sirven de consulta u orientación a las entidades públicas que se encuentran bajo su ámbito de aplicación; Que, en ese sentido, resulta necesario contar con lineamientos que establezcan los criterios para el desarrollo e implementación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados en las Entidades de la Administración Pública, que contribuyan a la optimización, simpli fi cación y mejora de los trámites a favor del ciudadano y persona en general; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Apruébense los Lineamientos Nº 001-2024-PCM/ SGP, Lineamientos que establecen los criterios para el desarrollo e implementación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados en las Entidades de la Administración Pública, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) el mismo día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERALDINE ELIA DENISE MOUCHARD INFANTES Secretaria de Gestión PúblicaSecretaría de Gestión Pública 2320356-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ para participar en evento a realizarse en Marruecos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 240-2024- MINCETUR Lima, 27 de agosto de 2024VISTO, el O fi cio N° 000459-2024-PROMPERÚ/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en la ciudad de Marrakech, Reino de Marruecos, del 9 al 12 de septiembre de 2024, se llevará a cabo la Feria Internacional de Turismo “Pure Life Experiences 2024”, feria dirigida a profesionales de la industria turística internacional, especializada en viajes y servicios de lujo; Que, la participación de PROMPERÚ en esta feria, tiene por fi nalidad posicionar el Perú como destino de lujo mediante la difusión de las novedades sobre el destino, los atractivos, infraestructura turística de lujo disponible y servicio de alto nivel; asimismo, se busca obtener información sobre las nuevas tendencias del turismo de lujo, la percepción de nuestro destino en dicho segmento y las acciones de la competencia; Que, es de interés institucional la participación de la señora Cynthia Guadalupe Herrera Montemayor, profesional de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo, en la Feria Internacional de Turismo “Pure Life Experiences 2024”, para que en representación de PROMPERÚ realice acciones de promoción del turismo; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/ PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Cynthia Guadalupe Herrera Montemayor, profesional de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo, a la ciudad de Marrakech, Reino de Marruecos, del 7 al 14 de septiembre de 2024, para que en representación de PROMPERÚ participe en la Feria Internacional de Turismo “Pure Life Experiences 2024”, que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona GeográficaViáticos x día US$Total Viáticos US$ Cynthia Guadalupe Herrera Montemayor631,60 África 480,00 x 5 2 400,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Cynthia Guadalupe Herrera Montemayor, presenta a la Titular de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento a la que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.