Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (31/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 31 de agosto de 2024 El Peruano / encargará de realizar las acciones de coordinación de su Sector, como parte de las actividades de conmemoración del Bicentenario de la Independencia Nacional. Dicha designación se formaliza mediante la respectiva Resolución Ministerial; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0282-2023- RE, de 5 de abril de 2023, se designó al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Guido Octavio Toro Cornejo, como Director General para Asuntos Culturales, a partir del 1 de mayo de 2023; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0304- 2023-RE, de 18 de abril de 2023, se designó al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Guido Octavio Toro Cornejo, Director General para Asuntos Culturales, como Coordinador Titular del Ministerio de Relaciones Exteriores ante el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, a partir del 1 de mayo de 2023; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0518-2024- RE, de 3 de julio de 2024, se dio término a la designación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Guido Octavio Toro Cornejo, como Director General para Asuntos Culturales, el 14 de julio de 2024; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0524- 2024-RE, de 3 de julio de 2024, se designó al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Raúl Martín Yépez Verdeguer como Director General para Asuntos Culturales, a partir del 15 de julio de 2024; Que, en consecuencia, resulta necesario actualizar la designación del coordinador titular del Ministerio de Relaciones Exteriores ante el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú; Que, en virtud a lo dispuesto en el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el régimen de e fi cacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni se afecte a terceros; y, De conformidad con el Decreto Supremo N° 004-2018- MC, que crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, adscrito al Ministerio de Cultura; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2021-RE, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar término a la designación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Guido Octavio Toro Cornejo, como Coordinador Titular del Ministerio de Relaciones Exteriores ante el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, con efi cacia anticipada, el 14 de julio de 2024. Artículo 2.- Designar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Raúl Martín Yépez Verdeguer, Director General para Asuntos Culturales, como Coordinador Titular del Ministerio de Relaciones Exteriores ante el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, con e fi cacia anticipada, el 15 de julio de 2024. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2319992-1Autorizan viaje de Directora General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos y de Especialista en Medio Ambiente a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0660-2024-RE Lima, 29 de agosto de 2024VISTOS:El Memorándum N° DSL008182024 de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 23 de agosto de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 3509 del Despacho Viceministerial, de 26 de agosto de 2024; el Memorándum N° OPP026982024 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 27 de agosto de 2024, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP026752024 de la Ofi cina de Administración de Personal, de 28 de agosto de 2024; CONSIDERANDO:Que, el Perú se adhirió al Tratado Antártico el 10 de abril de 1981 y, en 1989, fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés cientí fi co en la Antártida a través de las expediciones cientí fi cas ANTAR I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Cientí fi ca Antártica “Machu Picchu” (ECAMP); Que, el Perú es miembro pleno de la Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos (RAPAL), organismo perteneciente al Sistema del Tratado Antártico, encargado de propiciar la cooperación y el apoyo mutuo en aspectos cientí fi cos, técnicos, logísticos y ambientales de los países latinoamericanos con actividades antárticas, a fi n de aunar y coordinar esfuerzos, optimizando el empleo de los recursos, en concordancia con los principios y objetivos establecidos en el Sistema del Tratado Antártico, así como el intercambio de puntos de vista y, según sea apropiado, colaboración a nivel educativo, socio-cultural y comunicacional de relevancia en el área antártica; Que, corresponde al Perú, en su condición de Parte Consultiva del Tratado Antártico, participar en las reuniones internacionales de las organizaciones vinculadas a la temática antártica; Que, mediante el Decreto Supremo 075-2024-PCM se ha dispuesto la inclusión en el Eje 10 de los Lineamientos de la Política General de Gobierno denominado: “Conducción de una política exterior reforzada al servicio de los intereses permanentes del Perú”, el numeral 10.3 referido a “Cautelar y promover los intereses y derechos del Perú en la región antártica, fortaleciendo la participación y el cumplimiento de los compromisos del Estado peruano en el marco del Sistema del Tratado Antártico, orientados a asegurar la paz y la cooperación en dicho continente”; Que, la Trigésima Quinta Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos “XXXV RAPAL” en la que el Perú entregará la Presidencia de la RAPAL a la República Federativa del Brasil, se celebrará en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 3 al 5 de setiembre de 2024; Que, por lo expuesto, se estima importante la participación, en el referido evento, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República María Elvira Velásquez Rivas Plata, Directora General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; y, de la señora Karla Pamela Córdova Morales, Contratada Administrativo de Servicios, Especialista en medio ambiente de la Dirección de Asuntos Antárticos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; Que, por cuestiones de itinerario, las citadas comisionadas viajarán a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 3 al 6 de setiembre de 2024; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el