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20 NORMAS LEGALES Sábado 31 de agosto de 2024 El Peruano / MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTO Radiodifusión sonora FM Esperanza Ucayali Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección de Servicios de Radiodifusión para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (https://www.gob.pe/ mtc), así como en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL ANGEL VIACAVA DEXTRE Director General de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 2320309-1 Modifican la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 089-2023-MTC/24, que delega facultades en diversos funcionarios del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 137-2024-MTC/24 Lima, 19 de agosto de 2024VISTOS: el Informe N° 494-2024-MTC/24.05 de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; los Informes N° 0970-2023-MTC/24.11 y N° 765-2024-MTC/24.11 de la Dirección de Adquisición de Predios y Asuntos Socio Ambientales, los Memorandos N° 10704-2023- MTC/24.07 y N° 2779-2024-MTC/24.07 de la O fi cina de Administración; el Memorando N° 0229-2024-MTC/24.09 y el Informe N° 0154-2024-MTC/24.09 de la Dirección de Ingeniería y Operaciones; y, los Informes N° 501-2024- MTC/24.06 y N° 510-2024-MTC/24.06 de la O fi cina de Asesoría Legal; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 089-2023-MTC/24 de fecha 14 de abril de 2023, el Director Ejecutivo del PRONATEL delega diversas facultades en los/las Directores/as de las unidades de organización del PRONATEL; Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 233-2023-MTC/24 de fecha 21 de setiembre de 2023, se modi fi ca el artículo 5 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 089-2023-MTC/24, incluyendo el literal b) en el extremo de ampliar las facultades de la Dirección de Supervisión de Proyectos del PRONATEL; Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 239-2023-MTC/24 de fecha 27 de septiembre de 2023, se delega en la Dirección de Adquisición de Predios y Asuntos Socio Ambientales (DAPA) la elaboración, aprobación y suscripción de documentos para garantizar la disponibilidad física de los predios y/o terrenos para la ejecución de los proyectos de redes de infraestructura de telecomunicaciones; Que, el artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en adelante TUO de la LPAG, señala que “La competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y en la Ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de aquéllas se derivan”. Agrega que, “Toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentran comprendidas dentro de su competencia”; Que, el numeral 76.1 del artículo 76 del TUO de la LPAG al referirse al cambio de competencia establece que, el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del TUO de la LPAG dispone que, las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, y agrega que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. De otro lado, el numeral 78.2 precisa que son indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales y las atribuciones a su vez recibidas en delegación y del mismo modo, el artículo 81 de la citada norma establece que “todo cambio de competencia debe ser temporal, motivado, y estar su contenido referido a una serie de actos o procedimientos señalados en el acto que lo origina”; Que, el artículo 7 del Manual de Operaciones del PRONATEL establece que la Dirección Ejecutiva es el máximo órgano de decisión del PRONATEL y como tal es responsable de su dirección y administración general; asimismo, el literal n) del artículo 8 del mismo Manual precisa como una de sus funciones la de aprobar los documentos de gestión del PRONATEL, documentos normativos y sus modi fi catorias, en el ámbito de su competencia y de la normatividad vigente; Que, los artículos 11, 15, 19 y 23 del citado Manual establecen que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto es la unidad funcional de asesoramiento, responsable de la conducción de los procesos vinculados con los sistemas de planeamiento, presupuesto público, endeudamiento, programación multianual y gestión de inversiones y modernización de la gestión pública del PRONATEL; que la O fi cina de Administración es la unidad funcional de apoyo, responsable de gestionar, conducir y ejecutar, entre otros, los sistemas administrativos de abastecimiento y de recursos humanos; que la Dirección de Ingeniería y Operaciones es la unidad funcional de línea responsable de la ejecución de las inversiones, actividades dentro de la fase de funcionamiento del servicio de telecomunicaciones en el ámbito de competencia del PRONATEL; y que la Dirección de Adquisición de Predios y Asuntos Socio Ambientales es la unidad funcional de línea responsable de la adquisición, expropiación y transferencia interestatal, liberación de interferencias y saneamiento físico legal de los predios y bienes inmuebles requeridos para las Redes de los Proyectos Regionales de Telecomunicaciones y los artículos 12, 16, 20 y 24 del citado Manual precisan las funciones de las referidas Unidades de Organización; Que, la Dirección de Adquisición de Predios y Asuntos Socio Ambientales mediante los Informes N° 0970-2023-MTC/24.11 y N° 765-2024-MTC/24.11 solicita y sustenta que se incluyan en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 089-2023-MTC/24 (5) cinco facultades, considerando como una de ellas la facultad que se otorga mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 239-2023-MTC/24; Que, mediante Memorandos N° 10704-2023- MTC/24.07 y N° 2779-2024-MTC/24.07, la O fi cina de Administración propone y sustenta la inclusión de dos (2) facultades; Que, con Memorando N° 0229-2024-MTC/24.09 e Informe N° 0154-2024-MTC/24.09, la Dirección de Ingeniería y Operaciones propone y sustenta la inclusión de dos (2) facultades y la modi fi cación de una (1) facultad; Que, mediante Memorandos N° 382-2024-MTC/24.06, N° 264-2024-MTC/24.08, N° 308-2024-MTC/24.12, N° 1401-2024-MTC/24.10, la O fi cina de Asesoría Legal, la Dirección de Estudios, la Dirección de Fiscalización y Sanción y la Dirección de Supervisión de Proyectos, respectivamente, expresaron no tener propuestas de modi fi cación a la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 089-2023-MTC/24, modi fi cada con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 233-2024-MTC/24; Que, con Informe N° 494-2024-MTC/24.05, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto solicita y sustenta la inclusión de una (1) facultad y la modi fi cación de cinco (5) de sus facultades y a su vez brinda opinión favorable respecto a la modi fi cación de la Resolución de