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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (01/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Domingo 1 de diciembre de 2024 El Peruano / Unidas, conteniendo las medidas legislativas, judiciales, administrativas y de otra índole, adoptadas para dar efecto a las disposiciones de la misma; Que, el Perú presentó su informe inicial ante el citado Comité, el 14 de agosto de 2013, el cual fue examinado en las sesiones del 14 y 15 de abril de 2015, a partir de lo cual, el 23 de abril de 2015 se aprobaron las observaciones fi nales sobre el informe inicial del Perú; Que, el Perú presentó el segundo informe periódico del Estado peruano en cumplimiento del artículo 73° de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, el 28 junio de 2024, el mismo que fue elaborado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el concurso de las distintas entidades involucradas; Que, la O fi cina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), en su calidad de secretaría del Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, ha informado que la consideración del segundo informe periódico del Perú ante el Comité tendrá lugar en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 4 al 5 de diciembre 2024, en el marco del Trigésimo Noveno Período de Sesiones del citado Comité; Que, en ese sentido, se estima importante la participación, en el referido evento, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Delgado Guerrero, Asesor Especializado de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a fi n de presentar la posición, los avances y las buenas prácticas de nuestro país, en la promoción y protección de los derechos humanos de los trabajadores migrantes y de sus familiares; Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático se realizará del 2 al 6 de diciembre de 2024 a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135- 2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Delgado Guerrero, Asesor Especializado de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 2 al 6 de diciembre 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (73) 0236258: “Suscripción de instrumentos orientados a la protección de los peruanos en el exterior”; y, Código POI AOI00004500047: “Impulsar la suscripción de esquemas en materia migratoria”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Juan Carlos Delgado Guerrero1,894.95 540.00 2 + 2 2,160.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se han adicionado dos (2) días de viáticos por concepto de gasto de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2349689-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Autorizan viaje de Director General de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo a Italia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 192-2024-TR Lima, 29 de noviembre de 2024VISTOS: la Carta de fecha 23 de octubre de 2024 de la Alianza 8.7; los Memorándums Nº 001804-2024-MTPE/2 y Nº 001884-2024-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; las Hojas de Elevación Nº 000855-2024-MTPE/2/15 y Nº 000871-2024-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo; el Informe Nº 000168-2024-MTPE/2/15.1 de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales; las Hojas de Elevación Nº 000371-2024-MTPE/4/10, Nº 000372-2024-MTPE/4/10 y Nº 000379-2024-MTPE/4/10 de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Memorándum Nº 002156-2024-MTPE/4/11 de la O fi cina General de Administración; y la Hoja de Elevación Nº 000634-2024-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Alianza 8.7 es una asociación mundial que adopta medidas inmediatas y e fi caces para erradicar el trabajo forzoso, la esclavitud moderna, trata de personas y trabajo infantil, de conformidad con el Objetivo 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas; esta asociación proporciona una plataforma para que los socios compartan información, prácticas prometedoras, lecciones aprendidas y demuestren sus avances en dicha materia. Los socios incluyen gobiernos, organizaciones internacionales y regionales, de trabajadores, patronales y empresariales, de la sociedad civil, instituciones académicas y otras partes interesadas y redes de interés; Que, mediante la carta de vistos, la Presidenta de la Alianza 8.7, invita al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a participar en el Taller Anual de Países Pioneros de la Alianza 8.7, que se celebrará en el Centro Internacional de Formación de la Organización Internacional del Trabajo, del 3 al 5 de diciembre de 2024, en la ciudad de Turín, República Italiana; Que, la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, con Hoja de Elevación Nº 000371- 2024-MTPE/4/10, hace suyo y remite el Informe Nº 000032-2024-MTPE/4/10-LTH, en el cual se concluye que resulta de interés sectorial la autorización de viaje del señor ANGEL ANTONIO GONZALEZ RAMIREZ,