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13 NORMAS LEGALES Lunes 2 de diciembre de 2024 El Peruano / Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva y a las Unidades de Gestión de Concursos, Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.SIXTO ENRIQUE SÁNCHEZ CALDERÓN Presidente 2349699-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Modifican el Manual de Clasificador de Cargos del INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000171-2024-GEG/ INDECOPI San Borja, 28 de noviembre de 2024VISTOS: El Informe N° 000921-2024-ORH/INDECOPI y el Memorándum N° 002397-2024-ORH/INDECOPI de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 000226- 2024-OPM/INDECOPI de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 000711-2024-OAJ/INDECOPI de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se establece que el mismo es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, creado con el fi n de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil; Que, conforme al artículo 2 de dicho Decreto Legislativo, el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil; y, comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PRE se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo con el que se aprueba la “Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuyo objetivo es establecer y precisar las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, de acuerdo con el literal c) del subnumeral 5.1 del numeral 5 de la mencionada Directiva, el Manual de Clasi fi cador de Cargos es el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; precisando a través ítem 6.1.1 de su subnumeral 6.1, que la referida propuesta de manual debe contener los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o el Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, no siendo obligatorio el uso de todas las clasi fi caciones dispuestas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; Que, asimismo, el ítem 6.1.10 del subnumeral 6.1 de la mencionada Directiva dispone que las modi fi caciones que se den en el Manual de Clasi fi cador de Cargos, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de dicho documento de gestión, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la misma; Que, en adición a ello, con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PRE se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la “Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño de per fi les de puestos y elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos”, cuyo objetivo es establecer los criterios técnicos y procedimientos necesarios para el diseño, la validación y aprobación de per fi les de puestos y/o cargos, entre otro, de las entidades públicas; Que, por su parte, del literal j) del Artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040- 2014-PCM, en concordancia con el literal h) del subnumeral 5.1 del numeral 5 de la precitada Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, se desprende que se entiende como Titular de la entidad a la máxima autoridad administrativa; por lo que, estando al artículo 59 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo N° 1033, en concordancia con el artículo 12 del Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI, la máxima autoridad administrativa del INDECOPI recae en la Gerencia General; Que, a través de las Resoluciones N° 000098-2024- GEG/INDECOPI y N° 000153-2024-GEG/INDECOPI, publicadas en el Diario O fi cial “El Peruano” el 07 de junio y el 25 de octubre de 2024, respectivamente, se modi fi ca el Manual de Clasi fi cador de Cargos del INDECOPI aprobado por el artículo 2 de la Resolución N° 000143-2022-GEG/INDECOPI; Que, en dicho marco y mediante el Informe N° 000921-2024-ORH/INDECOPI y el Memorándum N° 002397-2024-ORH/INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos sustenta y propone la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la entidad, señalando que el mismo no altera la estructura, clasi fi cación y situación de cargos, entre otros, respecto al CAP-P vigente de la institución; precisa también, que contiene la inclusión de seis (6) fi chas de cargos estructurales, las cuales cumplen con los criterios transversales de coherencia, pertinencia y consistencia señalados en el artículo 8 de la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH y que la misma cumple con las disposiciones de la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH antes señalada; Que, con el Informe N° 000226-2024-OPM/ INDECOPI, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización concluye que no encuentra observaciones a la propuesta de Manual Clasi fi cador de Cargos sustentada por la O fi cina de Recursos Humanos, en tanto no implica la creación de nuevos órganos o unidades orgánicas adicionales a la estructura orgánica vigente de la entidad; Que, mediante el Informe N° 000711-2024-OAJ/ INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que