TEXTO PAGINA: 4
4 NORMAS LEGALES Lunes 2 de diciembre de 2024 El Peruano / De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; las Resoluciones de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2021-PCM/SIP y N° 003-2023-PCM/SIP; la Resolución Ministerial N° 104-2023-MIDIS que constituye la Red de Integridad del Sector Desarrollo e Inclusión Social; la Resolución Ministerial N° D000169-2023-MIDIS que aprueba los Lineamientos estratégicos en materia administrativa del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, la Resolución Ministerial N° 143-2024-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. SE RESUELVE:Artículo 1.- Observatorio de Integridad del Sector MIDIS 1.1 Aprobar la herramienta denominada “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”, destinada a gestionar, organizar y difundir información relacionada al proceso de implementación del Modelo de Integridad en la Sede Central MIDIS y los Programas Nacionales, así como los acuerdos de la Red de Integridad y los resultados de la evaluación del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción, publicados periódicamente por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. 1.2 El “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” es administrado por la O fi cina de Integridad Institucional. Para tal efecto cuenta con el apoyo y realiza las coordinaciones que sean necesarias con la O fi cina General de Comunicación Estratégica y la O fi cina General de Tecnologías de la Información. 1.3 La información contenida en el “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” puede ser integrada a los observatorios de integridad u otros similares de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme a las recomendaciones que formule la O fi cina de Integridad Institucional. 1.4 La O fi cina de Integridad Institucional queda habilitada a gestionar y proponer la actualización y/o modi fi cación del contenido del “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”, así como cualquier documento normativo para su mejor operatividad y funcionamiento en coordinación con la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el mismo que será aprobado por la máxima autoridad administrativa del MIDIS. 1.5 El “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” se encuentra alojado en el Portal Web del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social con la fi nalidad de permitir su libre, gratuito y fácil acceso. Artículo 2.- Ámbito de aplicación y apoyo2.1 La presente Resolución Ministerial es de aplicación al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que comprende tanto a las unidades de organización de la Sede Central así como a sus Programas Nacionales adscritos. 2.2 Las unidades de organización y Programas Nacionales deben remitir periódicamente a la O fi cina de Integridad Institucional la información y brindar el apoyo que aquella les solicite en el ámbito de sus funciones. Artículo 3.- Financiamiento La implementación del “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” se efectúa con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), así como de los Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”.Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2349215-1 Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Organismo de Focalización e Información Social RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° D00003-2024- OFIS-PE San Isidro, 29 de noviembre de 2024VISTOS:El Informe N° D000181-2024-MIDIS-OGRH, emitido por la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Informe N° D000249- 2024-MIDIS-OM, emitido por la O fi cina de Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Informe N° D000467-2024-MIDIS-OGPPM, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Informe N° D000539-2024-MIDIS-OGAJ, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que, para postular a un empleo público se debe reunir los requisitos y/o atributos propios de la plaza vacante; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la cual tiene por fi nalidad que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, el literal c) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la citada Directiva de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, conforme a lo expuesto en el numeral 6.1.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos al (la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 002-2024-OFIS-PE se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Focalización e Información Social; Que, bajo dicho marco normativo, mediante Informe N° D000181-2024-MIDIS-OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social propone y sustenta la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Organismo de Focalización e Información Social, precisando que dicho instrumento tiene como objetivo describir de manera ordenada todos los cargos estructurales de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y